De los Extranjeros

AutorPérez Chavez, José - Fol Olguin, Raymundo
Páginas45-45

Page 45

45 CPEUM–DE LOS EXTRANJEROS 33.-

Los mexicanos serán preferidos a los extranjeros en igualdad de circunstancias, para toda clase de concesiones y para todos los empleos, cargos o comisiones de gobierno en que no sea indispensable la calidad de ciudadano.

CPEUM–DE LOS EXTRANJEROS
CAPITULO III

De los Extranjeros

Derechos y restricciones de los extranjeros
33.- Son personas extranjeras las que no posean las calidades deter-minadas en el artículo 30 constitucional y gozarán de los derechos humanos y garantías que reconoce esta Constitución.

El Ejecutivo de la Unión, previa audiencia, podrá expulsar del territorio nacional a personas extranjeras con fundamento en la ley, la cual regulará el procedimiento administrativo, así como el lugar y tiempo que dure la detención.

Los extranjeros no podrán de ninguna manera inmiscuirse en los asuntos políticos del país.

CPEUM–CIUDADANOS MEXICANOS

CAPITULO IV

De los Ciudadanos Mexicanos

Ciudadanos de la República
34.- Son ciudadanos de la República los varones y mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos, reúnan, además, los siguientes requisitos:
I. Haber cumplido 18 años, y
II. Tener un modo honesto de vivir.

Prerrogativas de los ciudadanos
35.- Son prerrogativas del ciudadano:
I. Votar en las elecciones populares;
II. Poder ser votado para todos los cargos de elección popular, y nombrado para cualquier otro empleo o comisión, teniendo las calidades queestablezcalaley;
III. Asociarse individual y libremente para tomar parte en forma...

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