Disposiciones generales

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ENRIQUE PEÑA NIETO, Gobernador Constitucional del Estado
Libre y Soberano de México, a sus habitantes sabed:
Que la Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguien-
te:
DECRETO NUMERO 266
La H. “LVI” Legislatura del Estado de México
DECRETA:
CODIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES PARA
EL ESTADO DE MEXICO
TITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO I
PRINCIPIOS, DERECHOS Y GARANTIAS
Finalidad del proceso
ARTICULO 1. El proceso penal tiene por objeto el conocimiento
de los hechos, establecer la verdad histórica, garantizar la justicia en
la aplicación del derecho y resolver el conflicto surgido como conse-
cuencia del delito, para contribuir a restaurar la armonía social entre
sus protagonistas, en un marco de respeto irrestricto a los derechos
fundamentales de las personas.
Se entenderá por derechos fundamentales a los reconocidos en
las Constituciones Federal y Local, en los tratados internacionales
celebrados y en las leyes que de aquéllas emanen.
Tipo de proceso
ARTICULO 2. A fin de garantizar el respeto a los principios pro-
cesales contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, en los tratados Internacionales celebrados y en este Có-
digo, el proceso penal será de tipo acusatorio, adversarial y oral:
a) Acusatorio en tanto quien sostenga la acusación tendrá la car-
ga de determinar el hecho típico, y probar los hechos que acrediten la
responsabilidad penal de las personas, sin que los tribunales puedan
CODIGO PROC. PENALES EDOMEX/PRINCIPIOS... 1-2

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