De las delegaciones y subdelegaciones federales

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ARTÍCULO 49

La Secretaría para el debido cumplimiento de sus servicios y trámites en todo el territorio nacional, podrá contar con delegaciones y subdelegaciones federales, las cuales tendrán la circunscripción territorial que fije el Secretario mediante Acuerdo que se publique en el Diario Oficial de la Federación.

ARTÍCULO 50

El Secretario nombrará para cada delegación a un Delegado Federal quien será la autoridad de mayor jerarquía dentro de su circunscripción y tendrá la representación de la Secretaría para ejercer las atribuciones previstas en el presente Reglamento. El Delegado Federal coordinará y supervisará la operación y funcionamiento de las subdelegaciones federales. Los delegados y subdelegados federales serán responsables de las áreas que tienen a su cargo.

La organización, funcionamiento y circunscripción de las delegaciones y subdelegaciones federales será en términos del Acuerdo que expida el Secretario.

ARTÍCULO 51

Las atribuciones de los delegados federales y subdelegados federales dentro del ámbito de su circunscripción territorial, en coordinación con las unidades administrativas que corresponda, son las siguientes:

I. Representar a la Secretaría ante las autoridades estatales y municipales, organizaciones, cámaras y asociaciones, consejos, comisiones y comités, en materia de promoción y fomento, así como dar seguimiento a los compromisos contraídos;

II. Promover y suscribir acuerdos y convenios en materia de promoción y fomento de la actividad económica en las entidades federativas con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, los gobiernos estatales, y municipales, instituciones educativas, entidades de fomento y organismos empresariales, así como aplicar las políticas y programas sectoriales dentro de su circunscripción;

III. Recibir y dictaminar los asuntos y trámites en materia de comercio exterior e interior, industria, minas, normas e inversión extranjera, competencia de la Secretaría y expedir las resoluciones correspondientes. Cuando los trámites y asuntos deban resolverse por las unidades administrativas competentes de la Secretaría, se remitirán a éstas para los efectos conducentes;

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IV. Coordinar, promover y evaluar, con las autoridades federales, estatales, municipales, organizaciones, cámaras y asociaciones, de la circunscripción que les correspondan, la ejecución de los programas del sector;

V....

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