Definición de derecho financiero

AutorJaime Romo García
Cargo del AutorMagistrado
Páginas36-36
EDICIONES FISCALES ISEF
36
12. DEFINICION DE DERECHO FINANCIERO
El Derecho financiero es un conjunto de normas jurídicas de
carácter bilateral y coercible, que regula la actividad financiera del
Estado y de las demás entidades públicas, respecto de la adminis-
tración que las mismas hacen de los recursos que se les asignan
para el cumplimiento de sus fines.
Sentadas así las cosas, cuando hablamos de un conjunto de
normas jurídicas, nos estamos refiriendo a reglas que encausan la
conducta de los contribuyentes, ubicándolos en el terreno de dere-
chos y obligaciones.
Por otra parte, cuando referimos que esas normas jurídicas son
de carácter bilateral, estamos denotando que la relación de que
se trata involucra a dos partes, las cuales son, a saber: la Hacienda
Pública Federal o Estatal y los contribuyentes; y
Cuando señalamos que esas normas jurídicas de carácter bilate-
ral son coercibles, lo que estamos denotando es que, las mismas
son de ineludible cumplimiento, razón por la que de no cumplir de
manera voluntaria los contribuyentes con sus obligaciones (fisca-
les), la hacienda pública ejercerá presión sobre ellos a modo de
que cumplan.
Ahora bien, como ya se precisó en párrafos precedentes, ubi-
cándonos en el ámbito federal, lo que implica de manera definitiva
dejar de lado la materia local y tomando en consideración que entre
otros actos o resoluciones que recaerán sobre nuestra esfera de
administrados está la liquidación de impuestos, o determinación de
créditos fiscales, resulta provechoso conocer cómo es que el Códi-
go Fiscal de la Federación define a los créditos fiscales, encontrán-
donos con que en el artículo 4o. de dicho ordenamiento legal, en la
parte que interesa se establece lo siguiente:
“ARTICULO 4. Son créditos fiscales los que tenga derecho
a percibir el Estado o sus organismos descentralizados que
provengan de contribuciones, de aprovechamientos, o de
sus accesorios, incluyendo los que deriven de responsa-
bilidades que el Estado tenga derecho a exigir de sus ser-
vidores públicos o de los particulares, así como aquellos
a los que las leyes les den ese carácter y el Estado tenga
derecho a percibir por cuenta ajena.
.............................................................................................”
13. DEFINICION DE CREDITO FISCAL
Por cuestión práctica y para una cómoda retención, un crédito
fiscal, lo vamos a conceptuar como toda obligación fiscal deter-
minada en cantidad líquida.

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