Decreto del Ejecutivo del Estado por el que se reforma el diverso por el que se crea la Procuraduría para la Defensa del Colono y el que modifica el diverso por el que se crea la Procuraduría para la Defesa del Colono

Página 2 23 de mayo de 2016
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
DOCTOR EN DERECHO ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
MÉXICO, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 77, FRACCIONES II, XXVIII, XXIX, XXXVIII
Y XLVIII DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO Y CON FUNDAMENTO EN LO
MÉXICO, 1, 2, 3, 5 Y 12 DE LA LEY PARA LA COORDINACIÓN Y CONTROL DE ORGANISMOS AUXILIARES DEL ESTADO DE
MÉXICO, Y
CONSIDERANDO
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2011-2017 prevé como uno de sus pilares construir un Gobierno del Estado de México, que
se caracterice como un gobierno solidario y cercano a la gente, tutelando el bienestar y la seguridad, así como proporcionar una mejor
calidad de vida a los mexiquenses, a fin de que se permita un desarrollo integral de cada individuo.
Que la modernización de la Administración Pública implica la evaluación permanente de sus procedimientos y estrategias, a fin de
consolidar los que contribuyen al cumplimiento de los objetivos institucionales y replantear los que resultan insuficientes, aprovechando las
oportunidades de mejora, mediante la actualización del marco jurídico, fomentando el desarrollo y la estabilidad institucional.
Que el desempeño de las instancias públicas deben basarse en las mejores prácticas administrativas emanadas de la constante revisión de
las estructuras organizacionales y sistemas de trabajo, del diseño e instrumentación de proyectos de innovación y de la gestión de calidad,
en aras de continuar fomentando la coordinación gubernamental, atendiendo de modo eficaz las necesidades de la sociedad, modernizando
las estructuras de organización de las instancias de gobierno, a fin de dotarlas de mayor capacidad de respuesta en el desarrollo de los
planes y programas de gobierno, en el ánimo de atender las demandas y necesidades de la sociedad mexiquense y responder
oportunamente a los cambios sociales y económicos de una de las entidades con mayor crecimiento del país.
Que el 17 de diciembre de 2012 se publicó en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno” el Decreto del Ejecutivo del Estado por el que se
crea la Procuraduría para la Defensa del Colono, para coadyuvar en la atención de sus necesidades de desarrollo, así como favorecer la
solución de conflictos surgidos en los asentamientos humanos, como un organismo público descentralizado del Gobierno del Estado de
México, con personalidad jurídica, patrimonio propio, sectorizado a la Secretaría de Desarrollo Metropolitano.
Que el 31 de enero de 2013 se publicó en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno” el Decreto del Ejecutivo del Estado por el que se
modifica el diverso por el que se crea la Procuraduría para la Defensa del Colono, con la finalidad de replantear su objeto de tal manera que
su fin sea principalmente hacer efectiva la participación de los colonos en las políticas públicas para el beneficio de su entorno comunitario.
Que el 17 de diciembre de 2014 a través del Decreto número 360 se publicaron en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno” reformas a la
Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México y al Código Administrativo del Estado de México, con el objeto entre otros
de crear la Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano.
Que el 17 de diciembre de 2014 a través del Decreto número 361 se publicó en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno” la Ley que crea la
Comisión Estatal de Seguridad Ciudadana del Estado de México, con el objeto de planear, programar, dirigir, controlar y evaluar las
funciones en materia de seguridad pública, tránsito, administración de la seguridad penitenciaria, prevención y readaptación social que
competen al Gobierno del Estado.
Que el 27 de julio de 2015 a través del Decreto número 481 se publicaron en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno” reformas al Código
Administrativo del Estado de México, a la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, a la Ley de Fomento Económico para el
Estado de México, a la Ley para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana del Estado de México y
a la Ley del Cambio Climático del Estado de México, con el objeto de crear la Secretaría de Infraestructura.
Que el 20 de noviembre de 2015 se publicó en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno” el Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se
adscribe sectorialmente a la Secretaría General de Gobierno al organismo público descentralizado denominado Procuraduría para la
Defensa del Colono.
Que el 27 de noviembre de 2015 se publicó en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno” la Fe de Erratas del Acuerdo del Ejecutivo del
Estado, publicado en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno” de 20 de noviembre de 2015, sección cuarta, en la cual se establece que se
adscribe sectorialmente el organismo público descentralizado denominado Procuraduría del Colono a la Secretaría General de Gobierno.
Que derivado de lo anterior, resulta necesario que se modifique la integración del Consejo Directivo, con la finalidad de que coadyuve en el
cumplimiento del objeto de la Procuraduría.
Que se señala entre otras atribuciones de la Procuraduría, la de establecer mecanismos de solución pacífica de conflictos, tales como la
mediación y conciliación, entre las diversas organizaciones, agrupaciones o asociaciones de colonos, asimismo que el Procurador tendrá la
facultad de nombrar mediadores conciliadores de acuerdo a la Ley de Mediación, Conciliación y Promoción de la Paz Social para el Estado
de México y su reglamento.
Que de igual forma se puntualiza, que los mediadores conciliadores deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento de la
Ley de Mediación, Conciliación y Promoción de la Paz Social para el Estado de México y estar certificados por el Centro Estat al de
Mediación, Conciliación y de Justicia Restaurativa del Poder Judicial del Estado.

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