Convocatoria para los concesionarios del servicio de transporte público y especializado en el estado de Querétaro, para realizar el refrendo anual, así como la revisión física y mecánica para el Ejercicio Fiscal 2021.

Pág. 44310 PERIÓDICO OFICIAL 24 de septiembre de 2021
INSTITUTO QUERETANO DEL TRANSPORTE
Lic. Alejandro López Franco, Director General del Instituto Queretano del Transporte, con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 1, 12 fracción II, 22 fracción I, X, XXXIV y XXXV, 27 sexies fracción VIII, 30, 31, 32, 33, 34 fracción VI,
35, 36, 37, 38, 39, 122 segundo párrafo, 124, 125, 126, 175, 179 y 192 fracciones XIV y XXII de la Ley de Movilidad
para el Transporte del Estado de Querétaro, artículo 33 segundo párrafo en relación al Transitorio Cuarto del
Reglamento Interior del Instituto Queretano del Transporte; y considerando los siguientes:
ANTECEDENTES
1. Que la prestación del servicio de transporte corresponde originariamente al poder Ejecutivo del Estado, quien
lo podrá prestar de manera directa o a través de concesiones o permisos otorgados a personas físicas o
morales constituidas con sujeción a las leyes del país, misma concesión que estará sujeta a su refrendo anual
en los periodos y condiciones que el Instituto Queretano del Transporte determine para tal efecto.
2. Que es atribución del Instituto Queretano del Transporte vigilar que los servicios de transporte público y
especializado se presten con apego a la Ley de Movilidad para el Trasporte del Estado de Querétaro y demás
disposiciones legales y administrativas aplicables.
3. Que el refrendo de concesiones de transporte público y especializado es la revalidación anual que otorga el
Instituto previa petición del titular del derecho para que se continúe prestando el servicio de transporte
autorizado, una vez aprobada la revisión física y mecánica de la unidad, así como el cumplimiento de los
requisitos y condiciones que para tal efecto dispongan las normas reglamentarias que de la Ley se deriven.
4. Que con el objeto de simplificar los trámites y servicios ofrecidos por el Instituto Queretano del Transporte,
además de implementar acciones de mejora que redunden en beneficio del concesionario y del medio
ambiente, fue publicado en el ejemplar número 38 del Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro
“La Sombra de Arteaga”, de fecha 11 de mayo de 2018, la “Ley que reforma, adiciona y deroga diversas
disposiciones de la Ley de Movilidad para el Transporte del Estado de Querétaro”, la cual prevé la incorporación
del Refrendo Digital previa determinación del Instituto Queretano del Transporte; sin que esto exima del
cumplimiento total de los requisitos que garanticen la acreditación de la capacidad legal, técnica, administrativa
y financiera.
el servicio público y especializado de transporte, se requiere que la concesión otorgada por el Poder Ejecutivo
del Estado, a través del Instituto Queretano del Transporte, se refrende de manera anual, en los términos y
condiciones que determine el propio Instituto.
6. Que el Plan Estatal de Desarrollo Querétaro 2016-2021, en su eje denominado “Querétaro con buen gobierno”,
tiene como objetivo sectorial garantizar un sistema de transporte público y especializado sustentable, eficiente,
seguro, accesible y de calidad en el Estado de Querétaro, que opere de manera integrada en sus zonas
metropolitanas, dentro de su estrategia para el impulso de la administración eficaz y transparente de recursos
financieros en el transporte del Estado.
Que, en mérito a lo expuesto, el Instituto Queretano del Transporte expide la:
CONVOCATORIA PARA LOS CONCESIONARIOS DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO Y
ESPECIALIZADO EN EL ESTADO DE QUERÉTARO, PARA REALIZAR EL REFRENDO ANUAL, ASÍ COMO LA
REVISIÓN FÍSICA Y MECÁNICA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021
El periodo para llevar a cabo la revisión física y mecánica y el refrendo anual 2021, de las concesiones para el servicio
de transporte público y especializado en el Estado de Querétaro, será del 11 de octubre al 17 de diciembre del año
2021, conforme al calendario y especificaciones establecidas en la presente.
BASES:
Los concesionarios del transporte público y especializado en el Estado de Querétaro que realicen la Revisión Física y
Mecánica de su unidad vehicular, así como el refrendo correspondiente deberán atender al siguiente:

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