Convenio Específico en materia de transferencia de recursos para fortalecer la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como la Red Nacional de Laboratorios, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Chihuahua

Fecha de disposición26 Junio 2012
Fecha de publicación26 Junio 2012
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa,Derecho Fiscal
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO Específico en materia de transferencia de recursos para fortalecer la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como la Red Nacional de Laboratorios, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Chihuahua. CONVENIO ESPECIFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PARA FORTALECER LA EJECUCION Y DESARROLLO DEL PROGRAMA Y PROYECTOS DE PROTECCION CONTRA RIESGOS SANITARIOS, ASI COMO LA RED NACIONAL DE LABORATORIOS; QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA "LA SECRETARIA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LIC. MIKEL ANDONI ARRIOLA PEÑALOSA, TITULAR DE LA COMISION FEDERAL PARA LA PROTECCION CONTRA RIESGOS SANITARIOS, ASISTIDO POR EL LIC. ERWIN ROENIGER SERVIN, SECRETARIO GENERAL Y, POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIHUAHUA, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL LIC. CRISTIAN RODALLEGAS HINOJOSA, EN SU CARACTER DE SECRETARIO DE HACIENDA, EL DR. SERGIO PIÑA MARSHALL, EN SU CARACTER DE SECRETARIO SALUD, EL DR. ANGEL VILLASEÑOR BENAVIDES, EN SU CARACTER DE DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD DE CHIHUAHUA Y CON LA ASISTENCIA DEL COMISIONADO ESTATAL PARA LA PROTECCION CONTRA RIESGOS SANITARIOS DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, LIC. JESUS MOISES YAÑEZ JURADO, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES
  1. Con fecha 23 de febrero de 2011, "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARIA" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a "LA ENTIDAD" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud. II. Que de conformidad con lo establecido en la Cláusula Segunda de "EL ACUERDO MARCO", los Convenios Específicos serían suscritos atendiendo al ámbito de competencia que cada uno de ellos determine por "LA ENTIDAD", el Secretario de Hacienda, el Secretario de Salud, el Titular de Servicios de Salud de Chihuahua, asistido por el Comisionado Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Chihuahua; y por "LA SECRETARIA", el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, asistido por el Secretario General. DECLARACIONES

  2. De "LA SECRETARIA": 1. Que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios es un Organo Desconcentrado de la Secretaría de Salud, con autonomía técnica, administrativa y operativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17 bis y 17 bis 1 de la Ley General de Salud, 1, 2, 3 y 10 del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, cuyo objeto es el ejercicio de las atribuciones en materia de regulación, control y fomento sanitarios conforme a la Ley General de Salud. 2. Que su representante, en su carácter de Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio Específico, según se desprende de lo previsto en los artículos 17 bis y 17 bis 1, de la Ley General de Salud; 1, 2 inciso C, fracción X, 3, 6, 36 y 38 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 10, fracciones XVI y XVII del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, y acredita su cargo mediante nombramiento de fecha 1 de marzo de 2011, expedido por el Lic. Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, mismo que en copia fotostática simple se adjunta al presente instrumento, para formar parte integrante de su contexto. 3. Que dentro de las funciones del Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, se encuentran las de representar al órgano de que se trate, con facultades para celebrar los actos jurídicos, convenios que requieran para el ejercicio de las atribuciones del órgano respectivo, participar, en el ámbito de su competencia, en los mecanismos de coordinación y concertación que se establezcan con las autoridades federales, estatales y municipales, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud. 4. Que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios tiene conferidas, entre otras facultades, la de efectuar la evaluación de riesgos a la salud en las materias de su competencia; instrumentar la política nacional de protección contra riesgos sanitarios en materia de medicamentos, insumos para la salud y sustancias tóxicas o peligrosas para la salud; ejercer el control y la vigilancia sanitaria de los productos señalados, de las actividades relacionadas con éstos y de los establecimientos destinados al proceso de dichos productos; evaluar, expedir o revocar las autorizaciones de los productos citados y de los actos de autoridad que para la regulación, en el control y fomento sanitario se establecen o deriven de la Ley General de Salud, así como imponer sanciones y aplicar medidas de seguridad, en las materias de su competencia, de conformidad con lo previsto por el artículo 17 bis de la Ley General de Salud y 3, fracciones I, VII y X del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. 5. Que el Secretario General, participa en la suscripción del presente Convenio Específico en términos del artículo 19, fracción XV, del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. 6. Que cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento. 7. Que para efectos del presente Convenio Específico señala como domicilio el ubicado en Monterrey número 33, colonia Roma, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06700, en México, Distrito Federal. II. Declara "LA ENTIDAD": 1. Que el Secretario de Hacienda, asiste a la suscripción del presente Convenio Específico, de conformidad con los artículos 1, 2, 3, 11, 24 y 26 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a "EL ACUERDO MARCO". 2. Que el Secretario de Salud, asiste a la suscripción del presente Convenio Específico, de conformidad con el artículo 2, 3, 11, 24 y 27 Bis de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, 4 fraccion II, 9 y 12 fracciones VII y VIII de la Ley Estatal de Salud de conformidad con los artículos transitorios tercero, sexto y séptimo del DECRETO No. 786-09 I P.O., por medio del cual se reforma la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado, a fin de crear la Secretaría de Salud; se reforman y derogan diversos artículos de la Ley Estatal de Salud; se reforma el artículo 6, fracciones, II, III, IV, V y VI de la Ley del Instituto Chihuahuense de Salud, se reforman las fracciones VIII y X del artículo 4 de la Ley Orgánica del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud de Chihuahua; se reforma el artículo 5, fracción IV de la Ley de Pensiones Civiles del Estado de Chihuahua; se reforman diversos artículos de la Ley para la Prevención de las Adicciones, Tratamiento, Disminución de Daño y Reinserción Social de Personas con Adicción en el Estado de Chihuahua; se reforman los artículos 3, 6 y 7, primer párrafo de la Ley que crea el Premio de Prevención a las Adicciones en el Estado de Chihuahua; se reforma el artículo 20, derogándose los incisos b), c), d) y f) de la fracción I, así como el inciso b) de la fracción II y se adiciona un artículo 20 Bis a la Ley de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Estado de Chihuahua; se reforman diversos artículos de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de Chihuahua, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a "EL ACUERDO MARCO". 3. Que el Director General de Servicios de Salud de Chihuahua, participa en la suscripción del presente Convenio Específico, de conformidad con los artículos 3, fracción I y 37 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua; 1, 4, y 12, fracción XV de la Ley Orgánica del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud de Chihuahua, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a "EL ACUERDO MARCO". 4. Que el Comisionado Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Chihuahua, participa en la suscripción del presente instrumento, de conformidad con el artículo 6, fracción XIV del Acuerdo No. 106 del C. Gobernador Constitucional del Estado, del cual se crea la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado (COESPRIS-CHIH), y acredita su cargo mediante nombramiento de fecha 15 de abril de 2011, expedido por el Gobernador Constitucional del Estado, Lic. César Horacio Duarte Jáquez, mismo que en copia fotostática simple se adjunta al presente instrumento, para formar parte integrante de su contexto. 5. Que dentro de las funciones del Organo Desconcentrado denominado Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Chihuahua (COESPRIS-CHIH), se encuentran las de ejercer el control, vigilancia y fomento sanitario de los productos, actividades, establecimientos y servicios, conducir el Sistema Estatal de Protección contra Riesgos Sanitarios, identificar, analizar, evaluar, regular, controlar, fomentar y difundir las condiciones y requisitos para la prevención y manejo de riesgos sanitarios, planear, organizar, dirigir y controlar los recursos humanos, materiales y financieros asignados a la COESPRIS-CHIH, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Acuerdo No. 106 del C. Gobernador...

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