NOM-160-SCFI-2003: Prácticas Comerciales-Elementos Normativos para la Comercialización de Vehículos Nuevos.

DependenciaSecretaría de Economía
ClaveNOM-160-SCFI-2003
Tipo de normaDefinitiva
Rama de la Actividad EconómicaComercio Al por Menor de Vehículos de Motor, Refacciones, Combustibles y Lubricantes
ProductoVehículos automotores

NORMA Oficial Mexicana NOM-160-SCFI-2003, Prácticas comerciales-Elementos normativos para la comercialización de vehículos nuevos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en los artículos 34 fracciones XIII y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 39 fracción V, 40 fracciones III y XVIII, 47 fracción IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y 19 fracciones I y XV del Reglamento Interior de esta Secretaría, y

CONSIDERANDO

Que es responsabilidad del Gobierno Federal procurar las medidas que sean necesarias para garantizar que los productos que se comercialicen en territorio nacional contengan los requisitos necesarios con el fin de garantizar los aspectos de seguridad e información comercial para lograr una efectiva protección del consumidor;

Que con fecha 6 de diciembre de 2002, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio, aprobó la publicación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-160-SCFI-2002, Prácticas comerciales-Elementos normativos para la comercialización de vehículos nuevos, lo cual se realizó en el Diario Oficial de la Federación el 9 de abril de 2003, con objeto de que los interesados presentaran sus comentarios;

Que durante el plazo de 60 días naturales, contados a partir de la fecha de publicación de dicho Proyecto de Norma Oficial Mexicana, la Manifestación de Impacto Regulatorio a que se refiere el artículo 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización estuvo a disposición del público en general para su consulta; y que dentro del mismo plazo, los interesados presentaron comentarios sobre el contenido del citado Proyecto de Norma Oficial Mexicana, mismos que fueron analizados por el grupo de trabajo, realizándose las modificaciones conducentes al Proyecto de NOM;

Que con fecha 9 de septiembre de 2003, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio, aprobó por unanimidad la norma referida;

Que la Ley Federal sobre Metrología y Normalización establece que las normas oficiales mexicanas se constituyen como el instrumento idóneo para la protección de los intereses del consumidor, se expide la siguiente: Norma Oficial Mexicana NOM-160-SCFI-2003, Prácticas comerciales-Elementos normativos para la comercialización de vehículos nuevos.

México, D.F., a 23 de septiembre de 2003.- El Director General de Normas, Miguel Aguilar Romo.- Rúbrica.

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-160-SCFI-2003, PRACTICAS COMERCIALES-ELEMENTOS NORMATIVOS PARA LA COMERCIALIZACION DE VEHICULOS NUEVOS

PREFACIO

En la elaboración de la presente Norma Oficial Mexicana, participaron las siguientes empresas e instituciones:

ASOCIACION MEXICANA DE DISTRIBUIDORES DE AUTOMOTORES, A.C.

ASOCIACION MEXICANA DE LA INDUSTRIA AUTOMOTRIZ, A.C.

ASOCIACION NACIONAL DE COMERCIANTES DE AUTOMOVILES Y CAMIONES NUEVOS Y USADOS, A.C.

ASOCIACION NACIONAL DE PRODUCTORES DE AUTOBUSES, CAMIONES Y TRACTOCAMIONES, A.C.

CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE LA TRANSFORMACION

COMISION FEDERAL DE COMPETENCIA

INDUSTRIA NACIONAL DE AUTOPARTES, A.C.

PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDOR

Subprocuraduría de Servicios al Consumidor

Subprocuraduría de Verificación y Vigilancia

Subprocuraduría Jurídica

PROCURADURIA FEDERAL DE PROTECCION AL AMBIENTE

SECRETARIA DE ECONOMIA

Dirección General de Comercio Interior y Economía Digital

Dirección General de Evaluación y Seguimiento de Negociaciones

Dirección General de Industrias Pesadas y de Alta Tecnología

Dirección General de Normas

Dirección General de Política Comercial

Dirección General del Registro Nacional de Vehículos

UNION DE CONCESIONARIOS DE AUTOMOVILES NUEVOS, A.C.

INDICE

  1. Objetivo y campo...

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