Codigo de Etica de la Operadora de Fideicomisos del Estado de Aguascalientes, S.a. de C.v.

CÓDIGO DE ÉTICA DE LA OPERADORA DE FIDEICOMISOS DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, S.A. DE C.V.

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado al Número 45 en la Primera Sección del Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, el lunes 11 de noviembre de 2019.

EL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL DE LA OPERADORA DE FIDEICOMISOS DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, S.A. DE C.V., en ejercicio que nos confieren los artículos 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; 13 fracción I de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes; 5° párrafo segundo de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción; 3°, 5° fracción I, 15 primer párrafo y 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes; 3° y 5° de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes; 2° párrafo segundo fracción III, 5°, 44 fracción III, 45, 45 A, 45 B de la Ley para el Control de las Entidades Paraestatales del Estado de Aguascalientes; 5° fracción III, 11, 12, 13 fracciones VII y XI, 14 fracción XIX y 15 fracción XVI del Reglamento Interior de la Operadora de Fideicomisos del Estado de Aguascalientes, S.A. de C.V.; y, Décimo Tercero del "Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para la Emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas", tiene a bien expedir el ACUERDO mediante el cual se emite el "CÓDIGO DE ÉTICA DE LA OPERADORA DE FIDEICOMISOS DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, S.A. DE C.V.", al tenor de los siguientes:

CONSIDERANDOS

  1. Que en el ejercicio de las atribuciones y facultades de los Integrantes del Órgano Interno de Control de la Operadora de Fideicomisos del Estado de Aguascalientes, S.A. de C.V., así como los trámites y resolución de los asuntos de su competencia, corresponden originalmente al Órgano Interno de Control.

  2. Que el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas establece que "Los Servidores Públicos deberán observar el código de ética que al efecto sea emitido por las Secretarías o los Órganos internos de control, conforme a los lineamientos que emita el Sistema Nacional Anticorrupción, para que en su actuación impere una conducta digna que responda a las necesidades de la sociedad y que oriente su desempeño.".

  3. Que la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes establece en su artículo 13 fracción I lo siguiente:

    "Artículo 13.- Para prevenir la comisión de faltas administrativas y hechos de corrupción, la Secretaría y los órganos internos de control de los entes públicos, deberán implementar acciones para orientar el desempeño de los servidores públicos en sus empleos, cargos, comisiones o funciones, en coordinación con el Sistema Estatal Anticorrupción.

    En la implementación de las acciones referidas, deberán observar lo siguiente:

  4. Elaborar su Código de Ética conforme a los lineamientos que emita el Sistema Nacional Anticorrupción, el cual deberá hacerse del conocimiento de los servidores públicos;

  5. a la IV. ..."

    Por lo cual, con la finalidad de dar cumplimiento a las disposiciones establecidas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes, el 18 de febrero de 2019 se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, el Código de Ética de la Operadora de Fideicomisos del Estado de Aguascalientes, S.A. de C.V.

  6. Que el 12 de octubre de 2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para la Emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas", el cual es un instrumento que tiene como objeto establecer los elementos a considerar para la emisión del propio Código de Ética, sentando las bases de principios rectores que regirán las políticas transversales, integrales, sistemáticas, continuas y evaluables que, en materia de integridad y ética pública, emitan los entes públicos.

  7. Que el Órgano Interno de Control de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción de Aguascalientes, emitió mediante Acuerdo el Código de Ética de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción de Aguascalientes, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, el 13 de mayo de 2019, mismo que ha servido de base para emitir el presente Código de Ética.

  8. Que en fecha 16 de octubre de 2018, mediante oficio número SGG/510/2018, el C.P. Martín Orozco Sandoval, Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, nombró a la Lic. Ana Sofía León Lara Romo como Titular de la Unidad Investigadora del Órgano Interno de Control de la Operadora de Fideicomisos del Estado de Aguascalientes, S.A. de C.V.; así mismo, mediante el oficio número SGG/511/2018, el C.P. Martín Orozco Sandoval, Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, nombró a la Lic. Natividad Montes de Oca Acosta como Titular de la Unidad Substanciadora y Resolutora del Órgano Interno de control de la Operadora de Fideicomisos del Estado de Aguascalientes; y, el 16 de julio de 2019, mediante el oficio número SGG/161/2019, el C.P. Martín Orozco Sandoval, Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, nombró a la L.A.E. Ma. Elena Díaz Reza como Titular de la Autoridad Auditora del Órgano Interno de Control de la Operadora de Fideicomisos del Estado de Aguascalientes, S.A. de C.V., por lo que cuentan con las facultades para expedir el presente Código de Ética.

  9. Que el Código de Ética se expide en apego a lo establecido en la fracción I del artículo 13 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes, y conforme a los Lineamientos ya mencionados con anterioridad, con la finalidad de que los servidores públicos de esta entidad paraestatal orienten el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones, en base a los principios, valores y reglas de integridad establecidos en el mismo, y que permitan promover acciones que fortalezcan la transparencia, la rendición de cuentas, la legalidad y el combate a la corrupción; delimitando las conductas de los servidores públicos en situaciones específicas, previo diagnóstico que al efecto realicen, conforme a los lineamientos generales y al debido proceso.

  10. Que esta Operadora de Fideicomisos para el Estado de Aguascalientes, S.A. de C.V., con base en el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022 está comprometida en implementar acciones y políticas que permitan su propio desarrollo integral, con base a los principios de equidad de género, sustentabilidad, transparencia y combate a la corrupción, teniendo como objeto una administración pública cercana, eficiente, honesta, transparente y de calidad, es por ello que las Autoridades Auditora, Investigadora y Substanciadora y Resolutora del Órgano Interno de Control tienen a bien expedir el siguiente:

    ACUERDO

    ÚNICO.- Se emite el CÓDIGO DE ÉTICA DE LA OPERADORA DE FIDEICOMISOS DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, S.A. DE C.V., para quedar en los siguientes términos:

    CÓDIGO DE ÉTICA DE LA OPERADORA DE FIDEICOMISOS DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, S.A. DE C.V.

CAPÍTULO I
Disposiciones Generales Artículos 1 a 26
Artículo 1° Naturaleza jurídica del Código

El presente Código es el instrumento normativo a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, emitido por el Órgano Interno del Control de la Operadora de Fideicomisos del Estado de Aguascalientes, S.A. de C.V., conforme a los lineamientos establecidos por el Sistema Nacional Anticorrupción, cuya inobservancia es sancionable en términos de la Ley General en cita y de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes.

Artículo 2° Ámbito de aplicación

El presente Código es de aplicación obligatoria para todos los servidores públicos adscritos a la Operadora de Fideicomisos del Estado de Aguascalientes, S.A. de C.V., en el desempeño de su empleo, cargo o comisión.

El lenguaje empleado en el presente Acuerdo no busca generar ninguna distinción ni marcar diferencias entre hombres y mujeres, por lo que las referencias o alusiones en la redacción hechas hacia un género representan a ambos sexos, sin discriminación alguna.

Artículo 3° Objeto del ordenamiento

El objeto del presente Código es:

  1. Constituir un elemento de la política de integridad de la Operadora de Fideicomisos para el Estado de Aguascalientes, S.A. de C.V., para fortalecer la prestación de servicios públicos de manera ética e íntegra;

  2. Precisar los principios y valores fundamentales para el adecuado ejercicio de la función pública;

  3. Incidir en el comportamiento y desempeño de los Servidores Públicos, para formar una ética e identidad profesional compartida, y un sentido de orgullo de pertenencia al servicio público;

  4. Promover el conocimiento y aplicación de las directrices que establece el artículo 7 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas;

  5. Establecer mecanismos de capacitación de los Servidores Públicos, en el razonamiento sobre los principios y valores que deberán prevalecer en la toma de decisiones y en el correcto ejercicio de la función pública en situaciones concretas; y

  6. Establecer mecanismos de difusión para promover el conocimiento y aplicación de este Código, y facilitar su eficacia en la prevención de la corrupción.

Artículo 4° Glosario

Para esos efectos del presente Acuerdo, se entenderá por:

  1. Código de Ética: El Código de Ética de la Operadora de Fideicomisos del Estado de Aguascalientes, S.A. de C.V.

  2. Comité de Ética: El Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés de la Operadora de Fideicomisos del Estado de Aguascalientes, .S.A. de C.V.

  3. OIC: Al Órgano Interno de Control de la Operadora de Fideicomisos del Estado de Aguascalientes, S.A. de C.V.

  4. ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR