Codigo de Conducta para las y los Servidores Publicos del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparacion de DaÑo a las Victimas y Ofendidos, Tlaxcala

CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL FONDO DE AYUDA, ASISTENCIA Y REPARACIÓN DE DAÑO A LAS VÍCTIMAS Y OFENDIDOS

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en la Séptima Sección Número 49 del Periódico Oficial del Estado de Tlaxcala, el miércoles 2 de diciembre de 2020.

CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL FONDO DE AYUDA, ASISTENCIA Y REPARACIÓN DE DAÑO A LAS VÍCTIMAS Y OFENDIDOS

Í n d i c e.

Página.

I Exposición de motivos.4

II Principios rectores.4

III Código de conducta.5

IV Sanciones administrativas.14

V Bibliografía.14

VI Anexo único.

Carta compromiso.15

Licenciado Leonardo Adrián Luna Ramírez, Director General del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación de Daño a las Víctimas y Ofendidos, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 20 y 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala; 6, 7 y 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; 5 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Tlaxcala; 18 fracción VI de los Lineamientos Generales de Control Interno y sus Normas de Aplicación para la Administración Pública Estatal, tengo a bien expedir el Código de Conducta para las y los Servidores Públicos del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación de Daño a la Víctimas y Ofendidos, conforme a la siguiente:

  1. Exposición de motivos.

El presente Código de Conducta, expresa el compromiso que tiene el personal del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación de Daño a las Víctimas y Ofendidos, de promover un ambiente de trabajo basado en la integridad personal y profesional, así como fortalecer los valores contenidos en este instrumento, permitiendo a la Institución mantener la confianza de las personas víctimas del delito.

En este sentido, se busca fortalecer en las y los servidores públicos adscritos a esta Institución, las disposiciones normativas existentes, en concordancia con los preceptos establecidos por la Política Institucional de Integridad que contempla la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y Ofendidos.

Por ello, quienes trabajamos en el Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación de Daño a las Víctimas y Ofendidos, fortaleceremos un mecanismo institucional para garantizar la protección de las personas que son víctimas del delito, fomentando la confiabilidad e instaurando esquemas de seguridad y así disminuir los riesgos en la integridad física de las víctimas.

En este contexto, con la finalidad de colaborar a la consolidación de una cultura gubernamental de legalidad, transparencia y rendición de cuentas, las y los servidores públicos estamos comprometidos a adoptar de manera convencida y plena las disposiciones contenidas en el presente Código de Conducta, mismas que constituyen un mínimo necesario para una actuación ética e íntegra.

TRANSITORIO

ÚNICO. El presente Código entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno de Estado.

Dado en la Ciudad de Tlaxcala de Xicohténcatl, a los veintisiete días del mes de octubre de dos mil veinte.

LICENCIADO LEONARDO ADRIÁN LUNA RAMÍREZ.

DIRECTOR GENERAL DEL FONDO DE AYUDA, ASISTENCIA Y REPARACIÓN DE DAÑO A LAS VÍCTIMAS Y OFENDIDOS.

Rúbrica y sello

  1. Principios rectores.

    La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, la Ley General de Responsabilidades Administrativas, así como la Ley de Atención y Protección a las Víctimas y Ofendidos del Delito para el Estado de Tlaxcala, establecen los principios que deben cumplir las y los servidores públicos adscritos a esta Institución en el desempeño de los empleos, cargos y comisiones, siendo los siguientes:

    Austeridad.

    Debemos entender por austeridad como la reducción del recurso público a través de la deducción del costo de los servicios y beneficios públicos otorgados a la población, logrando de esa manera la disminución del gasto público.

    Racionalidad.

    Es la capacidad que tiene todo el personal para pensar, evaluar, analizar, e implementar acciones para resolver los problemas que se presenten dentro de la Institución de acuerdo a la actividad que desempeñan y así dar un servicio de calidad a la ciudadanía.

    Eficiencia.

    Es el logro de las metas y objetivos establecidos en el Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación de Daño a las Víctimas y Ofendidos, mismos que son realizados por las y los servidores públicos optimizando el uso y la asignación de los recursos públicos.

    Eficacia.

    Todo el personal que labora en la Institución, actúa con el compromiso de brindar un servicio orientado al logro de resultados, teniendo presente mejorar el desempeño en las funciones asignadas con la finalidad de alcanzar las metas Institucionales.

    Honestidad.

    En la Institución, las y los trabajadores deberán actuar teniendo en cuenta siempre que los fines públicos excluyen cualquier comportamiento en demérito del interés colectivo.

    Legalidad.

    Las y los servidores públicos deberán actuar de conformidad con lo establecido en las leyes y con las disposiciones administrativas que de ellas emanen, estando obligados a respetarlas para que nuestros actos guarden armonía.

    Honradez.

    En la Institución el personal se conducirá en todo momento con la máxima rectitud, sin pretender, ni obtener provecho alguno o ventaja por sí o por interpósita persona, derivado de nuestro empleo, cargo o comisión. De igual forma, ningún servidor público deberá aceptar compensaciones o prestaciones de cualquier persona u organización, ya que estamos conscientes que ello compromete nuestras funciones.

    Lealtad.

    Las y los servidores públicos que laboran corresponderán a la confianza que el Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación de Daño a las Víctimas y Ofendidos, le confiere, además de su vocación de servicio a la sociedad, desempeñando las atribuciones y actividades de tal modo que con dicha actitud refuercen y protejan el conjunto de valores que la lealtad Institucional representa.

    Imparcialidad.

    Las y los servidores públicos deberán actuar y tomarán decisiones con objetividad sin conceder preferencias o privilegios indebidos a persona alguna, y sin permitirnos influir por prejuicios o intereses que lleven a tratar de beneficiar a unas de las partes.

  2. Código de Conducta.

    Los valores que todo el personal adscrito al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación de Daño a las Víctimas y Ofendidos, deberán observar en el desempeño de su empleo, cargo o comisión son los siguientes:

    1. Respeto a los derechos humanos.

      Compromiso.

      Las y los servidores públicos, en el ámbito de sus atribuciones y con la finalidad de respetar, garantizar, promover y proteger los derechos humanos, actuarán conforme a lo dispuesto en el artículo 20 apartado C de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano es parte, así como lo establecido en los artículos 7 de la Ley General de Atención a Víctimas y 9 de la Ley de Atención y Protección a Víctimas y Ofendidos del Delito para el Estado de Tlaxcala.

      Acciones:

      - Deberán...

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