Codigo de Conducta del Centro de Conciliacion Laboral del Estado de Aguascalientes

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL CENTRO DE CONCILIACIÓN LABORAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en la Primera Sección del Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, el lunes 26 de septiembre de 2022.

CENTRO DE CONCILIACIÓN LABORAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES

Los INTEGRANTES DE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL CENTRO DE CONCILIACIÓN LABORAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, en ejercicio de las facultades que nos confieren los artículos 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; DÉCIMO PRIMERO del "Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para la emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas", emitido por el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción y publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha 12 de octubre de 2018; 5º y 6º de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes; 5º de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Aguascalientes; 3°, 5º, fracción I, 15 y 16, fracciones I y III, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes; 2º, párrafo segundo, fracción I; 5º, 8º, 10, 40, 41, fracción VIII, y 45 de la Ley para el Control de las Entidades Paraestatales del Estado de Aguascalientes; 2º, 11, fracción I, inciso a); 13, fracciones IV y XVI, 30 y 31 de la Ley del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Aguascalientes; y 1º, 6º, fracción I, inciso a); 9º, fracción VI, 30 y 31 del Reglamento Interior del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Aguascalientes; han tenido a bien expedir el ACUERDO por el que se emite el "CÓDIGO DE CONDUCTA DEL CENTRO DE CONCILIACIÓN LABORAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES", al tenor de la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Centro de Conciliación Laboral del Estado de Aguascalientes, acorde a las disposiciones emitidas por la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción, y con el interés que el Estado tiene en promover acciones que fortalezcan la transparencia, la rendición de cuentas, la legalidad y el combate a la corrupción, emite el Código de Conducta del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Aguascalientes como un instrumento que permita de manera sencilla y clara, orientar la actuación de los servidores públicos con apego a los principios, valores y reglas de integridad previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado de Aguascalientes, Ley General de Responsabilidades Administrativas, Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes y el Código de Ética del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Aguascalientes.

ANTECEDENTES

  1. El 18 de julio de 2016, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

  2. El 13 de septiembre de 2018, el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, aprobó el "Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para la emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas" (en adelante Lineamientos).

  3. El 12 de octubre de 2018, los Lineamientos fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación.

  4. El 08 de marzo de 2019, el Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción de Aguascalientes, aprobó el acuerdo que contiene el "Código de Ética Tipo", como instrumento orientador para los entes públicos del Estado de Aguascalientes, en relación al cumplimiento de los Lineamientos.

  5. El lunes 04 de julio de 2022, fue publicado en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, el Código de Ética del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Aguascalientes, emitido por los integrantes del Órgano Interno de Control del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Aguascalientes; ordenamiento que inició su vigencia al día siguiente y que se ajustó a los Lineamientos, tomando como referencia el "Código de Ética Tipo".

  6. La misión, visión y los objetivos derivados de la Ley del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Aguascalientes, se encuentran publicados en la página de internet https://www.aguascalientes.gob.mx/segob/cclea, mismos que fueron considerados como referencia para la construcción del presente Código de Conducta del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Aguascalientes.

    CONSIDERANDOS

  7. COMPETENCIA.

    Que el ejercicio de las atribuciones y facultades del Órgano Interno de Control del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Aguascalientes, así como el trámite y resolución de los asuntos de su competencia, corresponden originalmente a los Titulares de la (sic) Unidades del Órgano Interno de Control de dicho Centro, siendo el caso para la aprobación de esta normatividad, de conformidad con lo dispuesto en el punto DÉCIMO PRIMERO del "Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para la emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas", en relación con el artículo 45 B de la Ley para el Control de las Entidades Paraestatales del Estado de Aguascalientes, y los artículos y 13 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes.

    Asimismo, la Junta de Gobierno del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Aguascalientes, es competente para conocer y emitir el presente acuerdo, de conformidad con los artículos , párrafo segundo, fracción I; , , 10, 40, 41, fracción VIII, y 45 de la Ley para el Control de las Entidades Paraestatales del Estado de Aguascalientes.

  8. OBJETO.

    El objeto del presente acuerdo es expedir el Código de Conducta del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Aguascalientes, como un instrumento construido de manera sencilla y clara, que permita a los servidores públicos de dicho Centro, orientar su actuación con apego a los principios, valores y reglas de integridad...

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