Circular 15/2015 dirigida a las instituciones de crédito, sociedades financieras de objeto múltiple reguladas y no reguladas, sociedades financieras populares, sociedades financieras comunitarias, sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, uniones de crédito, entidades financieras que actúen como fiduciarias en fideicomisos que otorguen crédito al público, así como sociedades que de manera habitual otorguen créditos, relativa a la prórroga de la entrada en vigor de la Circular 9/2015 (Costo Anual Total (CAT))

Fecha de disposición26 Octubre 2015
Fecha de publicación26 Octubre 2015
EmisorBANCO DE MEXICO
SecciónTERCERA. Organismos Autonomos

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A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO, SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO MÚLTIPLE REGULADAS Y NO REGULADAS, SOCIEDADES FINANCIERAS POPULARES, SOCIEDADES FINANCIERAS COMUNITARIAS, SOCIEDADES COOPERATIVAS DE AHORRO Y PRÉSTAMO, UNIONES DE CRÉDITO, ENTIDADES FINANCIERAS QUE ACTÚEN COMO FIDUCIARIAS EN FIDEICOMISOS QUE OTORGUEN CRÉDITO AL PÚBLICO, ASÍ COMO SOCIEDADES QUE DE MANERA HABITUAL OTORGUEN CRÉDITOS:
ASUNTO:
PRÓRROGA DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA CIRCULAR 9/2015 (COSTO ANUAL TOTAL (CAT))

El Banco de México, con fundamento en los artículos 28, párrafos sexto y séptimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 24, 26 y 36, párrafo primero, de la Ley del Banco de México, 8, 21 y 22, de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, 4, párrafo primero, 8, párrafos cuarto y séptimo, 10, párrafo primero, 17, fracción I, y 14 Bis 1, párrafo primero, en relación con el 25 Bis 1, fracción IV, y el 25 Bis 2, fracción II, del Reglamento Interior del Banco de México, que le otorgan la atribución de expedir disposiciones a través de la Dirección de Disposiciones de Banca Central y de la Dirección General de Asuntos del Sistema Financiero, respectivamente, así como Segundo, fracciones I y X, del Acuerdo de Adscripción de las Unidades Administrativas del Banco de México, tomando en cuenta lo dispuesto en los artículos 5 y 6, de la Ley de Transparencia y de Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado, así como 6 del Reglamento de la Ley Federal de Protección al Consumidor, que hace referencia al Costo Anual Total (CAT), y considerando la conveniencia de otorgar un plazo que, bajo las circunstancias prevalecientes en la actualidad, permita a las entidades financieras a que se refiere la Circular 21/2009, emitida por el propio Banco, dar cumplimiento pleno a las disposiciones de dicha Circular, en términos de las reformas objeto de la Circular 9/2015, ha resuelto que la entrada en vigor de la Circular 9/2015 (Modificaciones a la Circular 21/2009 (Costo Anual Total (CAT)), publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de abril de 2015, ocurra el 2 de febrero de 2016. Lo...

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