Aviso por el cual se da a conocer el siguiente protocolo de intervención reeducativa para la prevención de la violencia de género y la atención a hombres que ejercen violencia contra mujeres y niñas
54 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 22 de Junio de 2017
SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Lic. Gustavo Gamaliel Martínez Pacheco, Director General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 1º, 2o, 54 fracción I, 71 fracción IV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 2 del Decreto de 2 de julio de 1997, por el que se crea el Organismo Descentralizado de la Administración Pública del Distrito Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio que se denominará Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal; y 15 fracciones VII, X y XVIII del Estatuto Orgánico del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal, tiene a bien emitir el siguiente:
Aviso por el cual se da a conocer el siguiente protocolo de intervención reeducativa para la prevención de la violencia de género y la atención a hombres que ejercen violencia contra mujeres y niñas.
El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México, a través de la Procuraduría de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México busca coadyuvar a la erradicación de la violencia de género a partir de acciones preventivas y de tratamiento reeducativo a hombres que ejercen violencia en el ámbito familiar en la Ciudad de México, con fundamento en los Artículos 24 y 42 Fracción II de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal.
CONTENIDO
MARCO NORMATIVO
TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES
TÍTULO II: DE LA PREVENCIÓN
CAPÍTULO I.- DE LAS ACCIONES DE PREVENCIÓN
TÍTULO III: DE LA ATENCIÓN
CAPÍTULO I.- DE LA RECEPCIÓN Y REGISTRO DEL DERECHOHABIENTE
CAPÍTULO II.- DE LA INTERVENCIÓN SOCIAL
CAPÍTULO III.- DE LA INTERVENCIÓN PSICOTERAPÉUTICA
CAPÍTULO IV.- DE LA EVALUACIÓN
CAPÍTULO V.- DEL CIERRE DE EXPEDIENTES
TÍTULO IV: DEL ARCHIVO DOCUMENTAL
TÍTULO V: DEL SISTEMA INFORMÁTICO DEL SERVICIO
BIBLIOGRAFÍA
ANEXOS
MARCO NORMATIVO
ÁMBITO INTERNACIONAL
Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Declaración Sobre la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer
Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW).
Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (Belém Do Pará).
Convención Internacional Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial.
Declaración y Programa de Acción de Viena.
Declaración y Programa de Acción de Beijing.
Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niñas, que Complementa la Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional (PALERMO).
Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
Declaración de los Derechos del Niño
Convención Sobre los Derechos del Niño.
ÁMBITO FEDERAL
Constitución Política de Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917.
Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio del 2003.
Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de febrero del 2007.
Ley General para la Igualdad de Mujeres y Hombres, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de agosto del 2006.
Ley de Asistencia Social, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de septiembre del 2004.
Ley General de Niñas, Niños y Adolescentes, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de diciembre del 2014.
ÁMBITO LOCAL
Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 6 de mayo del 2016.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 3 de octubre del 2008.
Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 29 de enero del 2008.
Ley de Asistencia y Prevención de la Violencia Familiar en el Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 8 de julio de 1996.
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Ley de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres en el Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México el 15 de mayo del 2007.
Ley para la Protección, Atención y Asistencia a la Víctimas de los Delitos en materia de Trata de Personas del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 13 de marzo del 2014.
Código Penal para el Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 16 de julio del 2002.
Ley para la Atención Integral del Consumo de Sustancias Psicoactivas del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 29 de diciembre del 2010.
Ley de los Derecho de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México e 12 de noviembre del 2015.
Estatuto Orgánico del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 1º de noviembre del 2016.
TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. El objeto del presente protocolo es establecer los procedimientos y las acciones que deberá realizar el personal del Servicio de Atención para el Crecimiento y Desarrollo Personal desde la No violencia, la Igualdad y el Buentrato, responsable de brindar atención reeducativa para la prevención de la violencia de género y la atención a hombres que ejercen violencia contra las mujeres y niñas.
ARTÍCULO 2. La observancia de este protocolo corresponde a las personas con perfil de Trabajo Social y Psicología de la Jefatura de Unidad Departamental de Atención en Entornos Violentos competente adscrita a la Procuraduría de Protección.
ARTÍCULO 3. La actuación del personal deberá realizarse de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad, progresividad, no discriminación e igualdad en la atención independientemente de su sexo, edad, nacionalidad, raza, discapacidad, creencias y/o cualquier otra causa análoga.
ARTÍCULO 4. Para los efectos de este protocolo, se entenderá por:
ACTITUD DE LA PERSONA ENTREVISTADA: Resultado de la observación que se realiza sobre el lenguaje corporal, expresión facial, contenido y forma discursiva del derechohabiente, que proporciona indicios sobre su estado mental y disposición frente a la entrevista realizada por el personal de psicología y trabajo social en la atención a hombres que ejercen violencia contra las mujeres y las niñas. (DIF-CDMX, 2016)
ADICCIÓN: Estado psicofísico causado por la interacción de un organismo vivo con un fármaco, alcohol, tabaco u otra droga, caracterizado por modificación del comportamiento y otras reacciones que comprenden siempre un impulso irreprimible por tomar dicha sustancia en forma continua o periódica a fin de experimentar sus efectos psíquicos y a veces para evitar el malestar producido por la privación. (Artículo 3º, Ley para la Atención Integral del Consumo de Sustancias Psicoactivas del Distrito Federal)
ÁREA DE ATENCIÓN CIUDADANA: Unidad diseñada para atender en forma directa y continua a la ciudadanía que demanda información, trámites, servicios y asesorías, a través de distintos canales de comunicación (presencial, telefónica o digital); adscrita a la Procuraduría de Protección (DIF-CDMX, 2016)
ATENCIÓN PSICOTERAPÉUTICA: Conjunto de estrategias dirigidas a facilitar la comprensión, análisis y modificación de patrones y pautas de interacción, en los hombres que ejercen violencia, resignificando así su identidad masculina teniendo como finalidad el reconocimiento y la erradicación de la violencia contra las mujeres y niñas. Además del desarrollo de habilidades introspectivas que permitan la consolidación de este cambio. (DIF-CDMX, 2016)
BUENTRATO: La puesta en práctica de actitudes y comportamientos que construyen relaciones de equidad, armonía, justicia, respeto a los derechos humanos y a la dignidad de sí misma/mismo y de las y los demás (Cervantes, 2006).
CICLO VITAL DE LA FAMILIA: Secuencia de estadíos que atraviesa la familia desde su establecimiento hasta su disolución. Este ciclo está constituido por etapas de complejidad creciente a las que siguen otras de simplificación familiar, variando además las características sociales y económicas. (De la Revilla, 2003)
CINE 2013 DEBATE: Actividad de carácter didáctico con fines de reflexión y análisis en torno a la violencia contra las mujeres y niñas; consiste en la proyección de un largo o cortometraje sobre un tema específico, permitiendo el intercambio de ideas de las y los asistentes. (DIF-CDMX, 2016)
CONFERENCIA: Técnica con fines educativos, mediante la cual se expone de forma verbal un tema a un grupo de personas, se puede utilizar material visual y/o didáctico de apoyo para la presentación de la información completa y detallada. (DIF-CDMX, 2016)
DERECHOHABIENTE: Hombre que ejerce violencia contra mujeres y niñas, que recibe atención reeducativa en el Servicio. (DIF-CDMX, 2016)
DIAGNÓSTICO SOCIAL: Resultado del análisis e interpretación de la información obtenida en la investigación social, a fin de detectar problemas y necesidades, proponiendo acciones lógicas que planteen alternativas de solución para el desarrollo integral de las familias. (DIF-CDMX, 2016)
DINÁMICA FAMILIAR: Tejido de relaciones y vínculos atravesados por la colaboración, intercambio de poder y conflicto que se genera entre los miembros de la familia, al interior de ésta, de acuerdo...
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