Acuerdo que prorroga la vigencia y efectos de las aprobaciones y de las revalidaciones, para obtener el permiso para operar como unidad de verificación, en materia de emisiones contaminantes, y de condiciones físico-mecánicas y de seguridad de los vehículos de autotransporte que transitan en los caminos y puentes de jurisdicción federal, así como de los permisos para los servicios de transporte o de arrastre de remolques y semirremolques en los cruces fronterizos.

Número de expediente10/0028/290620
Fecha de registro29 Junio 2020
EmisorSCT - Secretaría de Comunicaciones y Transportes

SALOMÓN ELNECAVÉ KORISH, Director General de Autotransporte Federal, con fundamento en los artículos 1, 2 fracción I y 36, fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 5 y 12 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en uso de las atribuciones que me confieren los artículos 10 fracciones V y XXIV, 22 fracciones II, III, IV, XI, XIII, XV, XLIV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y:


CONSIDERANDO


Que con fecha 20 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el “ACUERDO por el que se hace del conocimiento público, los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos sustanciados en las unidades administrativas de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes con motivo de la contingencia coronavirus (COVID-19)”, en cuyo Artículo Quinto, se suspendieron en la Dirección General de Autotransporte Federal y en los Centros SCT ubicados en las entidades federativas del país, los trámites relativos a la expedición y renovación de licencia federal de conductor, así como los trámites de expedición de permisos de Autotransporte Federal, Transporte Privado y sus Servicios Auxiliares, entre ellos, el permiso para los servicios de transporte o de arrastre de remolques y semirremolques en los cruces fronterizos.


Que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes tiene a su cargo los Programas de Verificación en materia de Emisión de Contaminantes y de Condiciones Físico-Mecánicas de los vehículos de autotransporte que circulan en caminos y puentes de jurisdicción federal, a través de Unidades de Verificación Acreditadas por la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C., y aprobadas por esta Secretaría.


Que en la “CONVOCATORIA para obtener acreditación y aprobación de unidades de verificación de emisiones contaminantes que generan los vehículos de autotransporte en donde se aplicarán las normas oficiales mexicanas en materia de emisiones contaminantes emitidas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales NOM-041-SEMARNAT-1999, NOM-045-SEMARNAT-1996, NOM-047-SEMARNAT-1999 y NOM-077-SEMARNAT-1995”, de 11 de septiembre de 2006, se establece que la validez de la Aprobación quedará sujeta a la vigencia de la Acreditación que emita la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C., misma que será de cuatro años, sujeta a revalidación.


Que igualmente, en la “CONVOCATORIA para obtener acreditación y aprobación de unidades de verificación tipo A, tipo B y tipo C, de las condiciones físico-mecánicas y seguridad de los vehículos de autotransporte que transitan en los caminos y puentes de jurisdicción federal”, de fecha 27 de febrero de 2004, se establece que la validez de la Aprobación queda sujeta a la vigencia de la Acreditación emitida por la Entidad Mexicana de Acreditación, con una vigencia de cuatro años, sujeta a revalidación.


Que con fecha 06 de abril de 2020, la Dirección General de Autotransporte Federal publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se prorroga por un plazo de tres meses la vigencia y efectos de los permisos para los servicios de transporte o de arrastre de remolques y semirremolques en los cruces fronterizos, así como de...

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