Acuerdo por el que se modifica el Anexo No. 1 al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, que celebran la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Estado de Quintana Roo y el Municipio de Puerto Morelos, de la propia entidad federativa.

Fecha de publicación02 Noviembre 2021
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
ACUERDO por el que se modifica el Anexo No
ACUERDO por el que se modifica el Anexo No. 1 al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, que celebran la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Estado de Quintana Roo y el Municipio de Puerto Morelos, de la propia entidad federativa.
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL ANEXO No. 1 AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA EN MATERIA FISCAL FEDERAL QUE CELEBRAN EL GOBIERNO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE QUINTANA ROO Y EL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUERTO MORELOS, DE LA PROPIA ENTIDAD FEDERATIVA, DESIGNADOS COMO LA SECRETARÍA, LA ENTIDAD Y EL MUNICIPIO, RESPECTIVAMENTE.
El Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la que en lo sucesivo se le denominará la "Secretaría", el Gobierno del Estado de Quintana Roo, al que en lo sucesivo se le denominará la "entidad" y el Ayuntamiento del Municipio de Puerto Morelos, al que en lo sucesivo se le denominará el "municipio", convienen en modificar el Anexo No. 1 al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal que tienen celebrado, y
CONSIDERANDO
Que el 17 de agosto de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado por el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría y el Estado de Quintana Roo", mismo que fue modificado mediante Acuerdo publicado en dicho órgano de difusión oficial el 27 de abril de 2020.
Que el 12 de mayo de 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Anexo No. 1 al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal que celebran el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Gobierno del Estado de Quintana Roo y el Ayuntamiento del Municipio de Puerto Morelos, de la propia entidad federativa, designados como la Secretaría, la entidad y el municipio, respectivamente".
Que el 9 de diciembre de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos", a través del cual se modificó el último párrafo del artículo 232-C de la Ley Federal de Derechos, para incrementar del 25% al 30% el porcentaje de los ingresos recaudados por el derecho de uso, goce o aprovechamiento, de las playas, la zona federal marítimo terrestre y los terrenos ganados al mar o cualquier otro depósito de aguas marítimas, que previo a la conformación de los fondos para la vigilancia, administración, mantenimiento, preservación y limpieza de la zona federal marítimo terrestre, debe destinarse única y exclusivamente a la recuperación, conservación y mantenimiento de las playas ubicadas en la zona XI referida en el artículo 232-D de la misma Ley, así como para ampliar el destino de los mismos, a la atención integral de los efectos negativos provocados por fenómenos naturales que alteren la citada zona.
Que con el reciente arribo de cantidades masivas de sargazo al Caribe Mexicano, se enfrenta una grave afectación ambiental y ecológica en el mar, costas y playas, así como los consecuentes riesgos para la salud de las personas que ahí habitan y de manera muy importante, el daño al sector turístico, entre otros.
Que en la búsqueda de soluciones para hacer frente a dicho fenómeno natural que afecta negativamente a la entidad, han participado tanto los diversos sectores de la ciudadanía, como todos los ámbitos de gobierno.
Que el Gobierno Federal, a través de diferentes dependencias federales, se encuentra trabajando coordinadamente con los gobiernos estatales y municipales en una estrategia integral para combatir y resarcir los daños causados por la problemática existente.
Que se deben instrumentar acciones que permitan la contención, mitigación y destino final del sargazo y de cualquier otro fenómeno natural que afecten a dichas zonas, tendentes a la limpieza, preservación o, en su caso, restauración de las playas y ecosistema costero, en pro del medio ambiente y de las economías de la entidad y del municipio.
Que en la Sección III del Anexo No. 1 al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal se propone establecer el destino específico de los derechos objeto del mismo y al efecto precisar lo que debe entenderse por cada uno de los conceptos de: vigilancia, administración, mantenimiento preservación y limpieza de la zona federal marítimo terrestre.
Que en ese sentido, para mayor certeza jurídica, es conveniente precisar que dentro de los citados conceptos a los cuales pueden aplicarse los recursos derivados del Anexo No. 1, se encuentran los relativos a la contención del arribo masivo del sargazo o cualquier otro elemento derivado de fenómenos naturales que afecten a las costas y playas, a su remoción y retiro a destino final, así como a la restauración del ecosistema costero.
Que por lo expuesto, se hace necesario modificar el "Anexo No. 1 al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal que celebran el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Gobierno del Estado de Quintana Roo y el Ayuntamiento del Municipio de Puerto Morelos, de la propia entidad federativa, designados como la Secretaría, la entidad y el municipio, respectivamente", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de mayo de 2017 y en vigor a partir del 13 de mayo de 2017.
En virtud de lo anterior, con fundamento en los artículos 25, 42, fracciones I y II, 43, 115 y 116, fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 31, fracciones XI y XXXII de la Ley Orgánica dela Administración Pública Federal; 211-B, 232-C, 232-D, 233, 234 y 235 de la Ley Federal de Derechos; 13, 14 y 15 de la Ley de Coordinación Fiscal; 4o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; 1, 2, 5, 7, 10, 49, 51, 78, 90, fracción XX, 91, fracciones I y II, 92, 116, 126, 127, 128, fracción XI, 133, 134 y 145 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 1, 2, 3, 4, 14, 16, 19, fracciones I y III, 21, 27, 30, fracción VII, 31, fracción VII y 33, fracciones I, XVI, XXXIII y XXXVI de la LeyOrgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo; 1, 2 y 85 de la Ley de Hacienda delEstado de Quintana Roo; 1 y 4 de la Ley de Ingresos del Estado de Quintana Roo, para el ejercicio fiscal 2021; 1 y 39 de la Ley de Coordinación Fiscal del Estado de Quintana Roo; 5, 27, fracciones I y II, 28, fracción III y 29, fracción III del Código Fiscal del Estado de Quintana Roo; 1 y 3 de la Ley de Hacienda de losMunicipios del Estado de Quintana Roo; 2, 3, 89, 90, fracciones I, XIV, XXVII y XXX, 123 y 125, fracciones I, III, XVIII y XIX de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo; 5, fracciones I y II del Código FiscalMunicipal del Estado de Quintana Roo; 4, 23, fracciones III, IV y LXI del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Puerto Morelos del Estado de Quintana Roo; 1 y 2 de la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Morelos del Estado de Quintana Roo para el ejercicio fiscal 2021, las partes:
ACUERDAN
ÚNICO. Se reforman las cláusulas tercera, cuarto párrafo; cuarta, tercer párrafo; séptima, primer párrafo; octava; novena; décima, segundo párrafo; decimasegunda, fracciones I, inciso c) y IV, incisos a) y g), y decimacuarta, fracciones I y II, y el título de la Sección II; se adicionan las cláusulas tercera, con un quinto, sexto, séptimo y octavo párrafos; décima, con un tercer párrafo; decimasegunda, fracciones I, inciso d), con un segundo párrafo, pasando el actual segundo párrafo a ser tercer párrafo y III, con un segundo y tercer párrafos, y la Sección III denominada "Definiciones", con una vigesimaprimera y vigesimasegunda cláusulas, y se deroga la cláusula séptima, segundo párrafo del "Anexo No. 1 al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal que celebran el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Gobierno del Estado de Quintana Roo y el Ayuntamiento del Municipio de Puerto Morelos, de la propia entidad federativa, designados como la Secretaría, la entidad y el municipio, respectivamente", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de mayo de 2017, para quedar de la siguiente manera:
"TERCERA. - ...
...
...
Independientemente de que la administración de los ingresos a que se refiere este Anexo corresponda a la entidad o al municipio, de manera previa a la constitución del fondo establecido en la Sección II de este Anexo, cuando menos el 30% de los ingresos recaudados por el derecho que corresponda cubrir en términos del artículo 232-C de la Ley Federal de Derechos, incluyendo los gastos de ejecución, la indemnización por cheques recibidos por las autoridades fiscales en los supuestos a que se refiere el artículo 21 del CódigoFiscal...

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