CONVENIOS DE CONCERTACI�N, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA SECRETAR�A DE DESARROLLO SOCIAL, POR OTRA PARTE EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE NAYARIT; POR OTRA PARTE LOS HH. AYUNTAMIENTOS DE ACAPONETA, BAH�A DE BANDERAS, HUAJICORI Y SANTA MAR�A DEL ORO, Y LA ORGANIZACI�N DE MIGRANTES CON EL OBJETO DE CONJUNTAR ACCIONES Y RECURSOS PARA FORTALECER LA OPERACI�N DEL PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES A TRAV�S DE LA EJECUCI�N DE VARIOS PROYECTOS.

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CONVENIO DE CONCERTACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL EJECUTIVO

FEDERAL A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL, REPRESENTADA

POR SU DELEGADO ESTATAL, EL C. JOSÉ ANTONIO ZEPEDA LÓPEZ, POR OTRA EL

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NAYARIT, REPRESENTADO

POR LOS SECRETARIOS DE FINANZAS, C.P. GERARDO GANGOITI RUIZ; PLANEACIÓN

Y COORDINADOR GENERAL DEL COPLADENAY, LIC. PABLO MONTOYA DE LA ROSA

Y DE LA CONTRALORÍA GENERAL, LIC. LAURA ALEJANDRA MONROY BERECOCHEA;

POR

OTRA

PARTE

EL

H.

AYUNTAMIENTO

DE

ACAPONETA,

NAYARIT,

REPRESENTADO POR LOS C.C. C.P. EFRAÍN ARELLANO NÚÑEZ, PRESIDENTE

MUNICIPAL; LIC. OCTAVIO ASTORGA MENDOZA, SECRETARIO; Y PROFR. JUAN

DIEGO HERRERA GAMBOA, SÍNDICO DEL MISMO; Y LA ORGANIZACIÓN DE

MIGRANTES REPRESENTADA POR LA C. ROSA MARÍA GUERRERO DE DÍAZ; A

QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ “LA SEDESOL”, “EL GOBIERNO

DEL ESTADO”, “EL MUNICIPIO” Y “LOS MIGRANTES”, RESPECTIVAMENTE; CON EL

OBJETO DE FORTALECER LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES A

TRAVÉS DEL PROYECTO, ADOQUINADO DE CALLE MEXICO ENTRE HIDALGO Y

MATAMOROS EN ACAPONETA, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES,

DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

ANTECEDENTES

Artículo 27

establece que los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20 Desarrollo.

Social, se destinarán exclusivamente a la población en pobreza y marginación de acuerdo a los criterios oficiales dados a conocer por la Secretaría de Desarrollo Social, mediante acciones que promuevan la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; programas asistenciales; el desarrollo regional; la infraestructura social básica y el fomento del sector social de la economía.

Administrativo 20 “Desarrollo Social” en las Microrregiones y demás Regiones tiene por objeto distribuir y ejercer los recursos de los Programas de Ramo Administrativo 20 “Desarrollo Social” en las Microrregiones y demás Regiones de la entidad, atendiendo las condiciones de marginación y pobreza de las mismas; así como se comprometen, La Secretaría de Desarrollo

Social y el Gobierno del Estado, a adoptar un esquema de aportación complementaria para los programas del Ramo Administrativo 20 “Desarrollo Social”, conforme al presupuesto autorizado a cada orden de gobierno. el Programa 3 X 1 para Migrantes, cuyo objetivo general es Apoyar las iniciativas de migrantes radicados en el extranjero, para concretar proyectos mediante la concurrencia de recursos de la

Federación, estados, municipios y de los migrantes señalados, promoviendo la equidad y enfoque de género en los beneficios del programa.

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Miércoles 1 de Agosto de 2007 Periódico Oficial 3 de Hacienda y Crédito Público, en el apartado de requisitos y procedimientos de selección, se establece que los proyectos a presentar deberán contar con la participación financiera de los clubes u organizaciones de migrantes en beneficio de sus comunidades de origen. radicados en el extranjero, han decidido conjuntar esfuerzos en el marco del Programa 3x1 para Migrantes para concretar proyectos que conlleven a mejorar la calidad de vida de los habitantes de una región en particular elegida por los propios migrantes.

DECLARACIONES

  1. Que es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con el artículo 26 de la

    Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

  2. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la misma Ley, tiene entre sus atribuciones formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo de la pobreza, en particular la de asentamientos humanos, desarrollo urbano y vivienda; coordinar las acciones que incidan en el combate a la pobreza fomentando un mejor nivel de vida en lo que el Ejecutivo Federal, convenga con los gobiernos estatales y municipales, buscando en todo momento propiciar la simplificación de los procedimientos y el establecimiento de medidas de seguimiento y control; así como evaluar la aplicación de las transferencias de fondos a favor de los estados y municipios, y de los sectores social y privado que se deriven de las acciones e inversiones convenidas.

  3. Que el C. Delegado en el estado tiene facultades suficientes para suscribir el presente

    Convenio de conformidad con lo dispuesto por los artículos 2, 36 fracción VII y 44 fracción IX del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social.

  4. Que las Secretarías de Finanzas, Planeación y Contraloría General, son Dependencias de la Administración Pública Centralizada, de conformidad con lo estipulado por el artículo y 31 fracciones II, III y VI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de

    Nayarit.

  5. Que los titulares de las Secretarías que se mencionan en el párrafo anterior, están facultados para suscribir el presente Convenio, conforme a lo establecido por los artículos 18, 26, 30 fracción X, 33, 34 y 37 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del

    Estado de Nayarit.

  6. Que para los efectos del presente Convenio, señala como domicilio el de Palacio de

    Gobierno ubicado en Avenida México entre las calles Javier Mina y Mariano Abasolo

    Zona Centro, Código Postal 63000 de la Ciudad de Tepic, Nayarit.

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    A.

    Que el Municipio de Acaponeta, es libre y base de la división territorial y de la organización política del Estado, investido de personalidad jurídica y patrimonio propio y forma parte del Estado de Nayarit, conforme a lo establecido por los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2º y 3º de la

    Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit; 2º, 3º y 5º de la Ley

    Municipal para el Estado de Nayarit.

    B.

    Que el Presidente Municipal del H. Ayuntamiento Constitucional de Acaponeta; el Síndico y el Secretario, están facultados para la celebración del presente Convenio con fundamento en los artículos 64 fracción VI y IX, 73 fracción II, 114 fracciones III y XVI de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit.

    C.

    Que señala como domicilio para todos los efectos de éste instrumento el de la

    Presidencia Municipal de Acaponeta, Nayarit.

    UNICA. Que es su voluntad fortalecer y participar en la operación del Programa 3x1 para

    Migrantes, mediante la realización del proyecto objeto de este convenio.

    En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 25, 26, 105, 115, y 116 de la

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 y 32 de la Ley Orgánica de la

    Administración Pública Federal; 33, 34, 37, 38, 39 y 44 de la Ley de Planeación; 4 y 19 de la

    Ley de Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 2, 3, 4, 6, 7 y 43 de la Ley

    General de Desarrollo Social; 25 y 27, del Decreto del Presupuesto de Egresos de la

    Federación para el Ejercicio Fiscal 2007; las Reglas de Operación del Programa 3x1 para

    Migrantes publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de Febrero de 2007; 1, 2, 36 fracción VII y 44 fracción IX del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social; 72, 73 y 76 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit; 1°, 4°, 18, 26, 30 fracción X, 31 fracciones II, III y VI, 33, 34 y 37 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del

    Estado de Nayarit; 1, 2, 3, 4, 12, 13 y 14 de la Ley de Planeación del Estado de Nayarit; 2°, 3°, 5°, 64 fracciones VI y IX, 73 fracción II, 114 frac ciones III y XVI de la Ley Municipal para el

    Estado de Nayarit; y las Cláusulas aplicables del Convenio para el Desarrollo Social y

    Humano del Estado de Nayarit; las partes celebran el presente Convenio de Concertación, al tenor de las siguientes:

    CL Á U S U L A S

    PRIMERA.- “LA SEDESOL”, “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, “EL MUNICIPIO” y “LOS

    MIGRANTES”, convienen en conjuntar acciones y recursos para fortalecer la operación del

    Programa 3x1 para Migrantes, a través de la participación en la ejecución del proyecto

    ADOQUINADO DE CALLE MEXICO ENTRE HIDALGO Y MATAMOROS EN ACAPONETA, dicho proyecto, es emanado de la priorización, asignación, validación y dictaminación por las partes firmantes dentro del Comité de Validación y Atención a Migrantes (COVAM), que tiene por objeto apoyar las iniciativas de migrantes para concretar proyectos mediante la concurrencia de recursos de la Federación, del Estado, del municipio y de los propios migrantes, promoviendo la equidad y enfoque de género en los beneficios del programa.

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    Miércoles 1 de Agosto de 2007 Periódico Oficial 5

    SEGUNDA.- La población objetivo del Programa del presente convenio la constituyen las personas que habitan en localidades en condiciones de pobreza o marginación de acuerdo a los criterios que determine “LA SEDESOL”, que requieran del mejoramiento de la infraestructura social básica y desarrollo de proyectos productivos, y que sean seleccionadas por los migrantes.

    TERCERA.- Las partes acuerdan que la instancia ejecutora de este proyecto, obra o acción será “EL MUNICIPIO”, en lo sucesivo “EL EJECUTOR”, quién será el responsable de ejecutar los recursos asignados a la obra, acción o proyecto en el marco del Programa 3X1 para Migrantes, con estricto apego a las Reglas de Operación y demás disposiciones jurídicas y administrativas que rigen el ejercicio del gasto público.

    CUARTA.- Los proyectos a financiarse deberán presentar las siguientes características:

    A)

    Responder a iniciativas de clubes u organizaciones de migrantes radicados en el extranjero.

    B)

    Contar con participación financiera de los clubes u organizaciones de migrantes, de la

    Federación y, en su caso, de la entidad federativa, y de los municipios correspondientes.

  7. Contribuir a resolver carencias en materia de infraestructura básica, de servicios o generar fuentes de ocupación e ingreso para la población.

    QUINTA.- De conformidad con lo establecido en el Presupuesto de Egresos de la Federación y en las Reglas de Operación del Programa objeto de este convenio, los migrantes u organizaciones representativas, deberán participar con voz y voto en...

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