Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo del 29 de Diciembre de 2014 (6ª Sección)

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PERIODICO OFICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACÁN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Fundado en 1867
TOMO CLIX Morelia, Mich., Lunes 29 de Diciembre de 2014 NUM. 8
Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 SEXTA SECCIÓN Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
Responsable de la Publicación
Secretaría de Gobierno
D I R E C T O R I O
Gobernador del Estado
de Michoacán de Ocampo
Dr. Salvador Jara Guerrero
Secretario de Gobierno
Mtro. Jaime Darío Oseguera Méndez
Director del Periódico Oficial
Lic. María Salud Sesento García
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 150 ejemplares 30 páginas
Precio por ejemplar:
$ 18.00 del día
$ 24.00 atrasado
Para consulta en Internet:
www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficial
www.congresomich.gob.mx
Correo electrónico
periodicooficial@michoacan.gob.mx
Directora: Lic. Marìa Salud Sesento García
C O N T E N I D O
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SALVADOR JARA GUERRERO, Gobernador del Estado Libre y Soberano de
Michoacán de Ocampo, a todos sus habitantes hace saber:
El H. Congreso del Estado, se ha servido dirigirme el siguiente:
DECRETO
EL CONGRESO DE MICHOACÁN DE OCAMPO DECRETA:
NÚMERO 413
ARTÍCULO ÚNICO. Se expide la Ley de Ingresos del Municipio de Jiménez
Michoacán, para el Ejercicio Fiscal del Año 2015, para quedar como sigue:
LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE JIMÉNEZ, MICHOACÁN,
PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2015.
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
Y DE LOS INGRESOS DEL MUNICIPIO
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1°. Las disposiciones de la presente Ley son de orden público y
observancia obligatoria en el Municipio de Jiménez, tienen por objeto establecer
los conceptos de ingresos que obtendrá la Hacienda Pública del Municipio de
Jiménez, Michoacán, así como sus organismos descentralizados, durante el
Ejercicio Fiscal del Año 2015.
ARTÍCULO 2°. Para los efectos de la presente Ley se entiende por:
I. H. Ayuntamiento: El Ayuntamiento Constitucional de Jiménez, Michoacán
de Ocampo;
PERIÓDICO OFICIAL
PÁGINA 2
Lunes 29 de Diciembre de 2014. 6a. Secc.
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II. Código Fiscal: El Código Fiscal Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo;
III. Ley: La presente Ley de Ingresos del Municipio de Jiménez, Michoacán, para el Ejercicio Fiscal del Año 2015;
V. Ley Orgánica: La Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo;
VI. Municipio: El Municipio de Jiménez, Michoacán de Ocampo;
VII. Salario Mínimo: El salario mínimo general vigente en el Estado de Michoacán;
VIII. Presidente: El Presidente Municipal de Jiménez;
IX. Tesorería: La Tesorería Municipal del Ayuntamiento de Jiménez; y,
X. Tesorero: El Tesorero Municipal del Ayuntamiento de Jiménez.
ARTÍCULO 3°. Las autoridades fiscales y administrativas municipales que no apliquen las tasas y cuotas señaladas en la
presente Ley, serán responsables para con el fisco por las diferencias que hubieren dejado de cobrar o cobren en exceso, las
que se harán efectivas en su contra, o bien, de sus fiadores.
Asimismo, dichas autoridades serán responsables de las cantidades dejadas de recaudar, salvo en los casos en que se
demuestre que tienen en trámite las diligencias ejecutivas de cobro.
ARTÍCULO 4°. Las liquidaciones de contribuciones que contengan fracciones de la unidad monetaria nacional, no obstante
que se determinen hasta centavos, se ajustarán a pesos aumentando o disminuyendo las décimas a la unidad más próxima,
según éstas excedan o no de $ 0.50.
Asimismo, para efectos de pago, las liquidaciones de aquellas contribuciones cuyo cobro regula esta Ley, mediante cuotas
establecidas en días de salario mínimo general vigente en el Estado de Michoacán, se redondearán a la unidad monetaria más
próxima.
CAPÍTULO II
DE LOS INGRESOS DEL MUNICIPIO
ARTÍCULO 5º. La Hacienda Pública del Municipio de Jiménez, Michoacán, así como sus organismos descentralizados,
conforme a lo establecido en la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Michoacán, percibirá durante el Ejercicio Fiscal del
año 2015, la cantidad de $ 41’626,593.00(Cuarenta y un millones seiscientos veintiséis mil quinientos noventa y tres pesos
00/100 M.N.), por los ingresos que se obtendrán por los conceptos y en las cantidades estimadas y expresadas en pesos,
que a continuación se señalan:
C R I CONCEPTOS DE INGRESOS PARCIAL SUMA TOTAL
R
T
CL
CO
1
IMPUESTOS.
1’298,377
1
1
Impuestos Sobre los Ingresos.
1
1
0
1
Impuesto sobre espectáculos
públicos.
1
2
Impuestos Sobre el Patrimonio.
1’212,877
1
2
0
1
Impuesto predial. 1’212,877
1
2
0
1
0
1 Impuesto Predial Urbano.
1
2
0
1
0
2 Impuesto Predial Rústico.
1
2
0
1
0
3 Impuesto Predial Ejidal y
Comunal

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