Decreto No. 14 por El que Se Aprueba la Ley de Ingresos del Municipio de Comala, para El Ejercicio Fiscal 2013

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  1. DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO

DECRETO No. 14

POR EL QUE SE APRUEBA LA LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE COMALA, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2013.

LIC. MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente:

D E C R E T O

EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN III Y

39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, Y

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO.-

El H. Ayuntamiento de Comala con oficio PM-134/2012, del 15 de noviembre de 2012, remitió a esta Soberanía su iniciativa de Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2013. Aprobada en la sesión Ordinaria del 13 de noviembre de 2012, por el H. Cabildo Municipal. En cumplimiento a las disposiciones de los artículos 37, fracción IV y 94 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima; correlativo con el artículo 115, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

SEGUNDO.-

Mediante oficio 0156/012, del 21 de noviembre de 2012, los CC. Diputados Secretarios de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, turnaron a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos, para efectos de su análisis, estudio y dictamen correspondiente, la Iniciativa que contiene la Ley de Ingresos del Municipio de Comala para el Ejercicio Fiscal de 2013, en términos de lo establecido en el artículo 54, fracción II, del Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Colima.

TERCERO.- La iniciativa, materia de este dictamen, en la exposición de motivos que la sustenta, en lo conducente al tema en estudio, señala lo siguiente: "Los municipios se han visto afectados por la situación económica en que se encuentra nuestro país y el escenario de incertidumbre mundial, es por ello, que para el próximo año 2013 la recaudación a cargo de los mismos será conservadora, tanto en sus ingresos propios como los que recibe por participaciones y aportaciones del gobierno federal.

En tal virtud, la presente iniciativa se ha elaborado considerando un bajo crecimiento en los ingresos y una distribución significativa de los mismos.

En la estimación de los montos de ingresos a que se refiere este documento, se utilizaron los siguientes criterios:

En materia de ingresos propios, establecidos en la Ley de Hacienda del Municipio de Comala, se determinó aplicar una tasa de crecimiento del 4.4% que equivale al aumento que se estima del salario mínimo general del Estado de Colima para el 2013, toda vez que las tasas, cuotas y tarifas señaladas en el ordenamiento citado, se contemplan en unidades de salario y a la efectividad en la recaudación.

En lo referente a los ingresos por participaciones que el municipio recibirá de la Federación, se consideraron las estimaciones proporcionadas por el Instituto Técnico Hacendario del Estado de Colima y que espera recibir el Municipio de Comala por el ejercicio 2013, ya que los Fondos establecidos en Ley de la materia se calculan sobre la recaudación estimada y no la real.

En cuanto a las aportaciones del Ramo 33, se consideró la estimación proporcionada por el mismo Instituto." CUARTO.- La Ley de Ingresos del Municipio de Comala, para el Ejercicio Fiscal 2013, tiene por objeto establecer los recursos financieros que ingresarán, en ese año, a la hacienda pública municipal, por los conceptos de impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos, participaciones, aportaciones, recursos transferidos, recursos convenidos e ingresos extraordinarios. La Ley de Coordinación Fiscal, Ley de Hacienda Municipal y el Código Fiscal Municipal, regulan estos ingresos y determinan los elementos constitutivos de las contribuciones, objeto, sujeto, base, cuota, tarifa, fecha y lugar de pago, las exenciones, descuentos, así como los medios coercitivos de la autoridad municipal y los medios de defensa de los contribuyentes.

De ser aprobado el dictamen que contiene la presente Ley de Ingresos entrará en vigor a partir del 1° de enero y hasta el 31 de diciembre del año 2013; prorrogándose su vigencia, sólo en los casos previstos en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima y en la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima.

QUINTO.-

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 31 dispone: «Son obligaciones de los mexicanos... IV Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes»; obligación correlativa para los habitantes de la Entidad en lo previsto en el artículo 9º de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima.

De tal forma que con los recursos que ingresen al Municipio de Comala, la autoridad municipal, en ejercicio de los principios: de libre administración hacendaria, integridad de recursos y fuentes de ingresos reservadas al Municipio, podrá proporcionar los servicios públicos y cubrir las necesidades más apremiantes de los habitantes de esa entidad.

SEXTO.-

La Comisión dictaminadora analizó la Iniciativa de Ley de Ingresos del Municipio de Comala, para el Ejercicio Fiscal 2013, consideró los razonamientos expuestos por el Ayuntamiento en la exposición de motivos que soporta la iniciativa, verificó los conceptos y cálculos de las cantidades a recibir y su correlación con los conceptos, cuotas y tarifas previstas en su Ley de Hacienda Municipal.

Las expectativas de crecimiento conllevaron a elaborar con prudencia las estimaciones de ingresos, fuente y base para la formulación del presupuesto de egresos municipal del próximo año; por consiguiente las estimaciones de ingresos propios se proyectan similares a los ingresos obtenidos en el presente año.

Como no se modifican las cuotas y tarifas contenidas en la Ley de Hacienda...

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