En vigor, las nuevas disposiciones del Reglamento de los Trabajadores de la Construcción

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A partir del 21 de agosto de 2008 entraron en vigor las modificaciones realizadas al Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado (RTC), mismas que fueron publicadas mediante el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del RTC en el DOF del 4 de marzo de 2008. A continuación, se señalan algunos de los cambios efectuados al RTC:

  1. Con la reforma del artículo 5o., fracción III, se establece que las personas físicas o morales que cuenten con elementos propios y que celebren contratos con empresas contratistas a precio alzado o conforme al sistema de precios unitarios, para la ejecución de parte o partes de la obra contratada por ellas, serán patrones obligados a cumplir con las disposiciones de la LSS y del RTC.

  2. Conforme a la reforma del artículo 12, el patrón deberá entregar a través de dispositivo magnético la documentación siguiente: presupuesto de obra, análisis de precios unitarios, explosión de insumos, estimaciones preliminares de los componentes de mano de obra y en su caso, el contrato y los planos arquitectónicos de la obra, así como las autorizaciones, licencias o permisos de construcción expedidos por las autoridades competentes. En el caso de construcción de viviendas unifamiliares, ampliaciones y remodelaciones menores de cualquier tipo de obra, deberá entregarse licencia o permiso de construcción, planos arquitectónicos y en su caso, el presupuesto de la misma.

  3. Asimismo, se adicionaron los artículos 12-A y 12-B. En el primero se establecen las reglas aplicables para que el IMSS pueda verificar y en su caso resolver sobre el incumplimiento de las obligaciones del patrón previstas en la LSS y en el...

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