Presentación vía electrónica del dictamen sobre el cumplimiento de obligaciones que el Infonavit impone a los patrones

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Las empresas en su calidad de patrones no tiene el deber de dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), ya que sólo quienes -en términos del Código Fiscal de la Federación- estén obligados a dictaminar sus estados financieros por contador público autorizado, deberán presentar ante este instituto copia con firma autógrafa del informe sobre la situación fiscal del contribuyente, incluyendo los anexos referentes a las contribuciones por conceptos de aportaciones patronales.

De ahí que atendiendo lo dispuesto en el artículo 29, fracción VIII, segundo párrafo, de la Ley del Infonavit cualquier patrón puede optar por dictaminar por contador público autorizado el cumplimiento de sus obligaciones ante dicho instituto, en los términos que al efecto prevé el Reglamento de inscripción, pago de aportaciones y entero de descuentos al Infonavit (Ripaedi).

En este sentido, el aviso para dictaminarse de manera voluntaria para efectos del Infonavit se presenta ante dicho instituto dentro de los cuatro meses siguientes al término del ejercicio fiscal por dictaminar; en caso de que el aviso se refiera a ejercicios anteriores, puede presentarse en cualquier fecha. De esta forma, el contador rendirá los resultados en un plazo máximo de seis meses, contados a partir de la fecha que se haya presentado el aviso, según los artículos 54 y 60 del Ripaedi.

Sin embargo, a fin de promover la dictaminación ante el Infonavit entre el sector patronal y agilizar la revisión del mismo, a partir de este año tanto la solicitud de autorización para dictaminar como la presentación del aviso y el propio dictamen, se pueden realizar vía electrónica a través del Sistema para el cumplimiento de obligaciones patronales (SICOP) que el instituto habilitó en su portal de Internet www.infonavit.gob.mx.

Como se comentó en la edición pasada, el Infonavit dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 21 de julio pasado, el Instructivo para la dictaminación de las obligaciones que la Ley del Infonavit y sus reglamentos, imponen a los patrones y demás sujetos obligados, así como para su integración y presentación vía electrónica mediante los documentos digitalizados.

Tal documento contiene tanto el procedimiento de registro de los contadores públicos para obtener la autorización para dictaminar el cumplimiento de...

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