Tesis Aislada, Noveno Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Junio de 1995 (Tesis num. I.9o.T.7 L de Noveno Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-06-1995 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.9o.T.7 L
Fecha de publicación01 Junio 1995
Fecha01 Junio 1995
Número de registro205068
MateriaDerecho Procesal,Laboral

La fase procesal oportuna para justificar el impedimento de una persona para comparecer al desahogo de una prueba a su cargo, como es el de absolver posiciones, es el día y hora que se haya señalado para su recepción o antes si las circunstancias lo exigen, debiendo para ello cumplir los requisitos a que se refiere el artículo 785, de la ley laboral; de ahí que si la comprobación de ese obstáculo se acredita con posterioridad a la celebración de la audiencia, es correcta la desatención del elemento probatorio por parte de la Junta.


NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER...

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