Tesis Aislada, , 1 de Junio de 2004 (Tesis num. X.1o.63 L de Primer Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, 01-06-2004 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónX.1o.63 L
Fecha de publicación01 Junio 2004
Fecha01 Junio 2004
Número de registro181370
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal,Laboral

La interpretación conjunta de los artículos 1o., 2o., 3o., 5o. y 104 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Tabasco permite sostener que como el conflicto en el que un agente de la policía, considerado como servidor público de confianza, cuya actividad consista en velar por la seguridad pública en el Gobierno Estatal o en el Municipal, reclame el despido injustificado y demás haberes en contra de la Secretaría de Seguridad Pública estatal, es un acto de naturaleza laboral, su conocimiento corresponde al Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Estado de Tabasco, toda vez que ese acto no constituye una sanción administrativa y no se aplica disposición alguna de la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Tabasco.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO CIRCUITO.

Competencia 4/2003. Suscitada entre el Tribunal de lo Contencioso Administrativo y el Tribunal de Conciliación y Arbitraje, ambos del Estado de Tabasco. 27 de noviembre de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: R.S. de los Santos. Secretario: S.A.M.V..


Nota: Por ejecutoria del 30 de noviembre de 2011, la Segunda Sala declaró improcedente la...

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