CONVENIO DE CONCERTACI�N QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, POR OTRA PARTE EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE NAYARIT, POR OTRA PARTE LOS H. AYUNTAMIENTOS DE TEPIC Y LA YESCA; Y LA ORGANIZACI�N DE MIGRANTES CON EL OBJETO DE FORTALECER LA OPERACI�N DEL PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES A TRAV�S DE LOS PROYECTOS: CONSTRUCCI�N DE BA�OS VESTIDORES EN CLUB DEPORTIVO BELLAVISTA EN LA LOCALIDAD DE BELLAVISTA, CONSTRUCCI�N LIENZO CHARRO (2DA. ETAPA) EN LA LOCALIDAD DE PUENTE DE CAMOTL�N.

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CONVENIO DE CONCERTACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL

EJECUTIVO FEDERAL A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO

SOCIAL, REPRESENTADA POR SU DELEGADO ESTATAL, EL C. JOSÉ

ANTONIO ZEPEDA LÓPEZ, POR OTRA EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO

LIBRE Y SOBERANO DE NAYARIT, REPRESENTADO POR LOS SECRETARIOS

DE

FINANZAS,

C.P.

GERARDO

GANGOITI

RUIZ;

PLANEACIÓN

Y

COORDINADOR GENERAL DEL COPLADENAY, LIC. PABLO MONTOYA DE LA

ROSA Y DE LA CONTRALORÍA GENERAL, LIC. LAURA ALEJANDRA MONROY

BERECOCHEA; POR OTRA PARTE EL H. AYUNTAMIENTO DE TEPIC, NAYARIT;

REPRESENTADO POR LOS C.C. C.P. MANUEL HUMBERTO COTA JIMÉNEZ,

PRESIDENTE

MUNICIPAL;

PROFR.

RUBÉN

ALVARADO

CENDEJAS,

SECRETARIO; Y JOSÉ OTHÓN QUIROGA AGUIRRE, SÍNDICO DEL MISMO; Y LA

ORGANIZACIÓN DE MIGRANTES REPRESENTADA POR EL C. OSCAR

GONZÁLEZ RODRÍGUEZ; A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ

MIGRANTES”, RESPECTIVAMENTE; CON EL OBJETO DE FORTALECER LA

OPERACIÓN DEL PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES A TRAVÉS DEL

PROYECTO, CONSTRUCCIÓN DE BAÑOS VESTIDORES EN CLUB DEPORTIVO

BELLAVISTA EN LA LOCALIDAD DE BELLAVISTA, AL TENOR DE LOS

SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

ANTECEDENTES año 2007, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2006, en su Artículo 27 establece que los programas de subsidios del Ramo Administrativo marginación de acuerdo a los criterios oficiales dados a conocer por la Secretaría de

Desarrollo Social, mediante acciones que promuevan la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; programas asistenciales; el desarrollo regional; la infraestructura social básica y el fomento del sector social de la economía.

Administrativo 20 “Desarrollo Social” en las Microrregiones y demás Regiones tiene por objeto distribuir y ejercer los recursos de los Programas de Ramo Administrativo 20 las condiciones de marginación y pobreza de las mismas; así como se comprometen, La

Secretaría de Desarrollo Social y el Gobierno del Estado, a adoptar un esquema de aportación complementaria para los programas del Ramo Administrativo 20 “Desarrollo

Social”, conforme al presupuesto autorizado a cada orden de gobierno.

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Sábado 13 de Octubre de 2007 Periódico Oficial 3 instrumentado el Programa 3 X 1 para Migrantes, cuyo objetivo general es Apoyar las iniciativas de migrantes radicados en el extranjero, para concretar proyectos mediante la concurrencia de recursos de la Federación, estados, municipios y de los migrantes señalados, promoviendo la equidad y enfoque de género en los beneficios del programa.

Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el apartado de requisitos y procedimientos de selección, se establece que los proyectos a presentar deberán contar con la participación financiera de los clubes u organizaciones de migrantes en beneficio de sus comunidades de origen. migrantes radicados en el extranjero, han decidido conjuntar esfuerzos en el marco del Programa 3x1 para Migrantes para concretar proyectos que conlleven a mejorar la calidad de vida de los habitantes de una región en particular elegida por los propios migrantes.

DECLARACIONES

  1. Que es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con el artículo

  2. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la misma Ley, tiene entre sus atribuciones formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo social para el combate efectivo de la pobreza, en particular la de asentamientos humanos, desarrollo urbano y vivienda; coordinar las acciones que incidan en el combate a la pobreza fomentando un mejor nivel de vida en lo que el Ejecutivo Federal, convenga con los gobiernos estatales y municipales, buscando en todo momento propiciar la simplificación de los procedimientos y el establecimiento de medidas de seguimiento y control; así como evaluar la aplicación de las transferencias de fondos a favor de los estados y municipios, y de los sectores social y privado que se deriven de las acciones e inversiones convenidas.

  3. Que el C. Delegado en el estado tiene facultades suficientes para suscribir el presente Convenio de conformidad con lo dispuesto por los artículos 2, 36 fracción VII y 44 fracción IX del Reglamento Interior de la Secretaría de

    Desarrollo Social.

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  4. Que las Secretarías de Finanzas, Planeación y Contraloría General, son

    Dependencias de la Administración Pública Centralizada, de conformidad con lo estipulado por el artículo 1º y 31 fracciones II, III y VI de la Ley Orgánica del

    Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit.

  5. Que los titulares de las Secretarías que se mencionan en el párrafo anterior, están facultados para suscribir el presente Convenio, conforme a lo establecido por los artículos 18, 26, 30 fracción X, 33, 34 y 37 de la Ley Orgánica del Poder

    Ejecutivo del Estado de Nayarit.

  6. Que para los efectos del presente Convenio, señala como domicilio el de

    Palacio de Gobierno ubicado en Avenida México entre las calles Javier Mina y

    Mariano Abasolo Zona Centro, Código Postal 63000 de la Ciudad de Tepic, Nayarit.

  7. Que el Municipio de Tepic, es libre y base de la división territorial y de la organización política del Estado, investido de personalidad jurídica y patrimonio propio y forma parte del Estado de Nayarit, conforme a lo establecido por los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos

    Mexicanos; 2º y 3º de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de

    Nayarit; 2º, 3º y 5º de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit.

  8. Que el Presidente Municipal del H. Ayuntamiento Constitucional de Tepic; el

    Síndico y el Secretario, están facultados para la celebración del presente

    Convenio con fundamento en los artículos 64 fracción VI y IX, 73 fracción II, 114 fracciones III y XVI de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit.

  9. Que señala como domicilio para todos los efectos de éste instrumento el de la

    Presidencia Municipal de Tepic, Nayarit.

    UNICA. Que es su voluntad fortalecer y participar en la operación del Programa 3x1 para Migrantes, mediante la realización del proyecto objeto de este convenio.

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    Sábado 13 de Octubre de 2007 Periódico Oficial 5

    En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 25, 26, 105, 115, y 116 de la

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, 34, 37, 38, 39 y 44 de la Ley de Planeación; 4 y y 43 de la Ley General de Desarrollo Social; 25 y 27, del Decreto del Presupuesto de

    Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007; las Reglas de Operación del

    Programa 3x1 para Migrantes publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de

    Febrero de 2007; 1, 2, 36 fracción VII y 44 fracción IX del Reglamento Interior de la

    Secretaría de Desarrollo Social; 72, 73 y 76 de la Constitución Política del Estado

    Libre y Soberano de Nayarit; 1°, 4°, 18, 26, 30 fra cción X, 31 fracciones II, III y VI, 33, 34 y 37 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit; 1, 2, 3, 4, 12, 13 y 14 de la Ley de Planeación del Estado de Nayarit; 2°, 3°, 5°, 64 fracciones VI y

    IX, 73 fracción II, 114 fracciones III y XVI de la Ley Municipal para el Estado de

    Nayarit; y las Cláusulas aplicables del Convenio para el Desarrollo Social y Humano del Estado de Nayarit; las partes celebran el presente Convenio de Concertación, al tenor de las siguientes:

    CL Á U S U L A S

    PRIMERA.- “LA SEDESOL”, “EL GOBIERNO DEL ESTADO”, “EL MUNICIPIO” y operación del Programa 3x1 para Migrantes, a través de la participación en la ejecución del proyecto CONSTRUCCIÓN DE BAÑOS VESTIDORES EN CLUB

    DEPORTIVO BELLAVISTA EN LA LOCALIDAD DE BELLAVISTA, dicho proyecto, es emanado de la priorización, asignación, validación y dictaminación por las partes firmantes dentro del Comité de Validación y Atención a Migrantes (COVAM), que tiene por objeto apoyar las iniciativas de migrantes para concretar proyectos mediante la concurrencia de recursos de la Federación, del Estado, del municipio y de los propios migrantes, promoviendo la equidad y enfoque de género en los beneficios del programa.

    SEGUNDA.- La población objetivo del Programa del presente convenio la constituyen las personas que habitan en localidades en condiciones de pobreza o marginación de acuerdo a los criterios que determine “LA SEDESOL”, que requieran del mejoramiento de la infraestructura social básica y desarrollo de proyectos productivos, y que sean seleccionadas por los migrantes.

    TERCERA.- Las partes acuerdan que la instancia ejecutora de este proyecto, obra o acción será “EL MUNICIPIO”, en lo sucesivo “EL EJECUTOR”, quién será el responsable de ejecutar los recursos asignados a la obra, acción o proyecto en el marco del Programa 3X1 para Migrantes, con estricto apego a las Reglas de

    Operación y demás disposiciones jurídicas y administrativas que rigen el ejercicio del gasto público.

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    CUARTA.- Los proyectos a financiarse deberán presentar las siguientes características:

  10. Responder a iniciativas de clubes u organizaciones de migrantes radicados en el extranjero.

  11. Contar con participación financiera de los clubes u organizaciones de migrantes, de la Federación y, en su caso, de la entidad federativa, y de los municipios correspondientes.

  12. Contribuir a resolver carencias en materia de infraestructura básica, de servicios o generar fuentes de ocupación e ingreso para la población.

    QUINTA.- De conformidad con lo establecido en el Presupuesto de Egresos de la

    Federación y en las Reglas de Operación del Programa objeto de este convenio, los migrantes u organizaciones representativas, deberán participar con voz y voto en los ejercicio de los recursos; b) la asignación de las obras o acciones; c) las actas de entrega recepción de obras o acciones.

    SEXTA.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio se prevé una inversión total de $ 394,506.00 (Trescientos noventa y cuatro mil...

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