Transitorios

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Cargo del AutorContador Público, egresado de la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) - Contador Público, egresado de la Escuela Superior de Comercio y Administración del Instituto Politécnico Nacional (IPN)
Páginas936-937

Page 936

■ TRANSITORIOS

Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, en vigor a partir del 21 de enero de 2005 (DOF 20 I 2005)

Entrada en vigor

Primero.- Esta Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Abrogación de Ley publicada el 20 de diciembre de 1996

Segundo.- Se abroga la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 1996, así como sus reformas y adiciones.

Cámaras de industria específica regionales autorizadas con anterioridad

Tercero.- Las cámaras de industria específica regionales constituidas con anterioridad a la vigencia de esta Ley, continuarán operando en los términos en que hayan sido inicialmente autorizadas.

Cámaras de comercio en pequeño autorizadas con anterioridad

Cuarto.- Las cámaras de comercio en pequeño constituidas con anterioridad a la vigencia de esta Ley, continuarán operando en los términos en que hayan sido inicialmente autorizadas.

Plazo para adecuar sus estatutos

Quinto.- Se otorga un plazo de un año a todas las cámaras y sus confederaciones, para adecuar sus estatutos a lo dispuesto en esta Ley.

Operación de cámaras específicas y nacionales autorizadas con anterioridad

Sexto.- Las cámaras específicas nacionales, genéricas nacionales y regionales y las cámaras nacionales de comercio, servicios y turismo constituidas con anterioridad a la vigencia de esta Ley, continuarán operando aun y cuando no cumplan con lo establecido por esta Ley, en lo que se refiere a los requisitos para su constitución.

Vigencia de la autorización a las cámaras para operar el SIEM

Séptimo.- Las cámaras autorizadas por la Secretaría para operar el SIEM mantendrán la vigencia de su autorización previa a la publicación de esta Ley.

Plazo para elaborar y publicar Reglamento de la Ley

Octavo.- La Secretaría, con la participación de las...

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