Disolución y Liquidación de las Cámaras

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Cargo del AutorContador Público, egresado de la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) - Contador Público, egresado de la Escuela Superior de Comercio y Administración del Instituto Politécnico Nacional (IPN)
Páginas933-933

Page 933

ARTÍCULO 35. Causas de disolución de las cámaras

Las cámaras se disolverán:

I. Por acuerdo de la Asamblea General, que deberá ser convocada especialmente para este efecto;

II. Cuando no cuenten con recursos suficientes para su sostenimiento o para el cumplimiento de su objeto en términos de esta Ley; y

III. En caso de que la Secretaría emita resolución que revoque su autorización, por las causas previstas en esta Ley.

ARTÍCULO 36. Encargados de la liquidación de una cámara

La liquidación estará a cargo de al menos un...

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