Tesis num. PC.XI. J/1 A (11a.) de Pleno del Decimoprimer Circuito, 13-05-2022 (Contradicción de Tesis)

Fecha de publicación13 Mayo 2022
MateriaAdministrativa
EmisorPleno del Decimoprimer Circuito
Hechos

Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes llegaron a conclusiones contradictorias al examinar quién tiene legitimación para representar en juicio al Municipio, pues mientras uno consideró que por disposición expresa de la ley, la defensa de los intereses del Municipio únicamente corresponde al síndico municipal, el otro estimó que además del síndico, también el presidente municipal puede acudir en protección de los intereses del Municipio, en virtud de ser el representante del Ayuntamiento y éste a su vez del Municipio.

Criterio jurídico: El Pleno del Decimoprimer Circuito determina que la representación legal del Municipio en juicio corresponde únicamente al síndico municipal, en términos del artículo 51, fracción VIII, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo, abrogada (artículo 67, fracción VIII, de la legislación vigente).

Justificación: La interpretación semántica, sistemática y armónica de los artículos 123, fracción I, de la Constitución Política del Estado de Michoacán de Ocampo, 14, fracción I, 49, primer párrafo, y 51, fracción VIII, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo, abrogada (artículos 17, fracción I, 64, primer párrafo y 67, fracción VIII, de la legislación vigente), permite concluir que la representación legal en los juicios en los que el Municipio sea parte corresponde al síndico municipal, ya que en éste descansa la procuración, defensa y promoción de los intereses municipales, así como su representación legal.

PLENO DEL DECIMOPRIMER CIRCUITO.

Contradicción de tesis 3/2021. Entre las sustentadas por el Primer y el Segundo Tribunales Colegiados, ambos en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Primer Circuito. 23 de noviembre de 2021. Unanimidad de seis votos de los Magistrados H.F.G. de V.R. (presidente), M.C.G., D.H.M., V.J.Q., O.L.R. y F.L.T.. Ponente: H.F.G. de V.R.. Secretario: J.U.S.C..

Criterios contendientes:

El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Primer Circuito, al...

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