Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Marzo de 1996 (Tesis num. P. XLIV/96 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-03-1996 (Tesis Aisladas))
Número de registro | 819538 |
Número de resolución | P. XLIV/96 |
Fecha de publicación | 01 Marzo 1996 |
Fecha | 01 Marzo 1996 |
Materia | Constitucional,Derecho Constitucional |
Localizador | 9a. Epoca; Pleno; S.J.F.; III, Marzo de 1996; Pág. 320; [T.A.]; |
Emisor | Pleno |
Para determinar los planteamientos cuyo conocimiento corresponda a esta Suprema Corte, propuestos mediante la acción de controversia constitucional suscitada entre un Estado y uno de sus Municipios, debe tomarse en consideración que los artículos 105, fracción I, inciso i) de la Constitución General de la República y 10, fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, limitan su competencia a aquellas controversias que versen sobre la constitucionalidad de los actos o disposiciones generales impugnados, desprendiéndose de ahí que se trata de violaciones a disposiciones constitucionales del orden federal. Por lo tanto, carece de competencia para dirimir aquellos planteamientos contra actos a los que sólo se atribuyan violaciones a la Constitución del Estado o a leyes locales, cuyo remedio corresponde establecer al Constituyente Local o a las Legislaturas de los Estados.
Controversia constitucional 3/93.-Ayuntamiento de S.P.G.G..-6 de noviembre de 1995.-Unanimidad de once votos.-Ponente: J.D.R.: J.C.R..
El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el dieciocho de marzo en curso, aprobó, con el número XLIV/1996, la tesis que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis de jurisprudencia.-México, Distrito Federal, a dieciocho de marzo de mil novecientos noventa y seis.
-
Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala
...Pleno. Aislada.-Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, materia(s): constitucional.-Tomo III, marzo de 1996.-Tesis: P. XLIV/96.-Página: 320.-CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL ENTRE UN ESTADO Y UNO DE SUS MUNICIPIOS. A LA SUPREMA CORTE SÓLO COMPETE CONOCER DE LAS QUE SE PLANTEEN C......
-
Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Pleno
...CONSTITUCIONALES DEL ORDEN FEDERAL. Instancia: Pleno. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Época: Novena. Tesis: P. XLIV/96. Tomo: III, marzo de 1996. Página: 320. Ver Ejecutoria. Texto: Para determinar los planteamientos cuyo conocimiento corresponda a esta Suprema Cort......
-
Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Pleno
...constitucional 3/93. Ayuntamiento de S.P.G.G.. 6 de noviembre de 1995. Once votos. Ponente: J.D.R.. S.: J.C.R..'.-Tesis P. XLIV/96 publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo III, marzo de 1996, página 320.-5. La resolución impugnada no viola la auton......
-
Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Pleno
...(se transcribe). ‘Novena Época. Instancia: Pleno. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo: III, marzo de 1996. Tesis: P. XLIV/96. Página: 320. CONTROVERSIAS CONSTITUCIONALES ENTRE UN ESTADO Y UNO DE SUS MUNICIPIOS. A LA SUPREMA CORTE SÓLO COMPETE CONOCER DE LAS QUE SE ......