Síntesis ejecutiva

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Fiscal

¿OLVIDO INCLUIR ALGUNA DE SUS OBLIGACIONES EN SU DECLARACION DE IMPUESTOS? PRESENTE UNA DECLARACION COMPLEMENTARIA POR OBLIGACION NO PRESENTADA

Con frecuencia, los contribuyentes que presentan sus declaraciones de impuestos federales en la página de Internet del SAT olvidan manifestar alguna de las obligaciones que deben incluir en ellas, por lo que tienen dudas acerca del procedimiento a seguir para incorporar esa obligación no presentada.

Al efecto, describimos el procedimiento para presentar una declaración complementaria por obligación no presentada.

* (VEASE "TALLER DE PRACTICAS" EN LA PAGINA A30)

ENAJENACION DE BIENES MUEBLES. TRATAMIENTO FISCAL

En ocasiones, los contribuyentes que realizan la enajenación de un bien mueble tienen dudas con respecto al tratamiento fiscal en el ISR y en el IVA que debe darse a los ingresos obtenidos.

Por ello, comentamos el tratamiento fiscal de la enajenación de bienes muebles, tanto para las personas morales como para las físicas; no se tratará lo relativo a la enajenación de acciones.

(VEASE "TALLER DE PRACTICAS" EN LA PAGINA A17)

INICIATIVA DE REFORMA FISCAL PARA 2016. COMENTARIOS

El pasado 8 de septiembre, el Ejecutivo Federal presentó ante la Cámara de diputados el paquete económico para el ejercicio fiscal de 2016; en la edición 769 de esta revista, destacamos algunos aspectos fiscales relevantes de ese paquete; en esta ocasión, continuamos con el análisis de la iniciativa de reforma fiscal para 2016, particularmente, de la Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, del Código Fiscal de la Federación y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como la iniciativa de la LIF para el ejercicio fiscal de 2016.

* (VEASE "INFORMACION DE TRASCENDENCIA" EN LA PAGINA A41)

MEZCLA DE CAFE EN POLVO: SE GRAVA CON EL IVA A LA TASA DE 0%. TESIS DE TRIBUNAL COLEGIADO

El Primer Tribunal Colegiado en materias Administrativa y de Trabajo del Décimo

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Primer Circuito emitió una tesis aislada en la que establece que los alimentos "preparados para su consumo" son, conforme a la interpretación gramatical y a la aplicación de la semántica jurídica al enunciado normativo, aquellos que están dispuestos o hechos para ser ingeridos sin ninguna intervención por el adquirente; de esta manera, el tribunal señala...

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