Síntesis ejecutiva

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DECLARACION ANUAL 2014 DE PERSONAS MORALES DEL REGIMEN GENERAL. GUIA PARA EL USO, LLENADO Y ENVIO POR INTERNET DEL FORMATO ELECTRONICO

El próximo 31 de marzo vence el plazo para que las personas morales cum-plan con la obligación de presentar la declaración anual del ISR correspondiente al ejercicio fiscal de 2014; al efecto, la declaración anual de 2014 se presentará mediante la nueva plataforma que dio a conocer el SAT a través de su portal de Internet www.sat.gob.mx, la cual se encuentra disponible desde el 2 de enero de 2015.

Además, esta plataforma integra los nuevos formatos para declarar, derivados de los siguientes regímenes fiscales, contenidos en la nueva Ley del ISR:

1. Régimen opcional para grupo de sociedades integradoras.

2. Régimen de coordinados.

3. Régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras.

- (VEASE "TALLER DE PRACTICAS" EN LA PAGINA A31)

REGIMEN DE INCORPORACION FISCAL. REDUCCION EN EL PAGO DEL IVA Y DEL IEPS A PARTIR DE 2015

El 10 de septiembre de 2014, la SHCP dio a conocer en el DOF el Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales a quienes tributen en el régimen de incorporación fiscal, el cual entró en vigor el 1o. de enero de 2015.

Mediante este decreto se dispone que las personas físicas que opten por tributar en el régimen de incorporación fiscal, y que cumplan las obligaciones que se establecen en dicho régimen durante el periodo que permanezcan en el mismo, por las actividades que realicen con el público en general, podrán optar por pagar el IVA y el IEPS que, en su caso, corresponda a las actividades mencionadas, en la forma referida en el decreto, es decir, aplicando porcentajes menores a las tasas señaladas en las leyes de la materia.

Indicamos los beneficios que se establecen en el decreto referido.

- (VEASE "TALLER DE PRACTICAS" EN LA PAGINA A24)

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SERVICIOS DE CONSTRUCCION DE CASAS-HABITACION, SU EXENCION EN EL IVA OPERA SIN NECESIDAD DE QUE EN FORMA CONEXA SE ENAJENEN LOS BIENES. TESIS DEL TFJFA

La Décima Primera Sala Regional Metropolitana del TFJFA emitió una tesis aislada en la que precisa que la exención en el IVA respecto a la prestación de los servicios de construcción de inmuebles destinados a casa-habitación, ampliación de ésta, así como la instalación de casas prefabricadas que sean utilizadas para este fin, siempre que el prestador del servicio otorgue la mano de obra y materiales, opera con absoluta independencia de si quien enajena las...

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