Simulador de declaraciones bimestrales del RIF. Conozca la nueva plataforma del SAT
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Conforme a los artículos 111, párrafo quinto, de la Ley del ISR, 5o.-E de la Ley del IVA, y 5o.-D de la Ley del IEPS, las personas físicas que tributen de acuerdo con la sección II del título IV de la Ley del ISR (Régimen de incorporación fiscal) deberán presentar a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel al que corresponda el pago, declaraciones bimestrales en las que se determinará y pagará el impuesto correspondiente; es decir, la presentación de los pagos se hará de forma bimestral (enero-febrero, marzo-abril, mayo-junio, julio-agosto, septiembre-octubre y noviembre-diciembre) y tendrán el carácter de definitivos.
Al efecto, en el artículo quinto transitorio de la Primera Resolución de modificaciones a la RMF para 2014 (DOF 13/ III/2014) se dio a conocer una prórroga para la presentación del primer pago bimestral de 2014 (enero-febrero), el cual se debería haber presentado en las mismas fechas del segundo bimestre de 2014; es decir, a más tardar en mayo de 2014.
Sin embargo, el pasado 3 de mayo, el SAT publicó en su portal de Internet, www.sat.gob.mx , el anteproyecto de la Segunda Resolución de modificaciones a la RMF para 2014 (aún pendiente de publicarse en el DOF, al cierre de esta edición), mediante el cual en su artículo cuarto transitorio se vuelve a prorrogar la presentación de los pagos bimestrales hasta la misma fecha de presentación del tercer bimestre, es decir, a más tardar en julio de 2014.
Según lo anterior, el mismo día, el SAT, a través del comunicado 068/2014 , informó que daría a conocer en los próximos días un simulador de declaraciones bimestrales, con el cual se permitirá a los contribuyentes probar y familiarizarse con la nueva aplicación que comenzará a utilizarse en julio; asimismo, la información que se requerirá serán los ingresos y gastos del bimestre que se declare.
Por último, esta aplicación fue liberada el pasado 15 de mayo en la página del SAT, y se ubica en la sección "Mis cuentas". Damos a conocer el uso de esta nueva plataforma del SAT.
Las personas físicas del régimen de incorporación fiscal (RIF) deberán presentar a más tardar el próximo 31 de julio, las declaraciones bimestrales de las obligaciones a pagar (ISR, IVA, IEPS) por el periodo que corresponda; al efecto, se deberán presentar los tres primeros bimestres (enero-febrero, marzo-abril y mayo-junio) en la plataforma del SAT.
Con la finalidad de que los contribuyentes se adapten a la nueva plataforma del SAT, se detallará a continuación cada sección del simulador de declaraciones bimestrales.
Para acceder a la aplicación, primero se deberá ingresar a la página de Internet del SAT www.sat.gob.mx , como se...
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