Servicio de declaraciones y pagos. Principales preguntas y respuestas

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· Servicio de declaraciones y pagos. En septiembre de 2012 se incorporan las personas físicas con ingresos superiores a $1’000,000

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Introducción

Según el SAT, el Servicio de declaraciones y pagos es la plataforma por medio de la cual se presentan las declaraciones provisionales y definitivas de impuestos federales, así como el pago de éstos en las instituciones bancarias con el servicio de depósito referenciado, es decir, a través de una línea de captura.

Debido a que todavía existen dudas en los contribuyentes en relación con este servicio, damos respuesta a las principales preguntas relativas a este tema.

Principales preguntas y respuestas

1. ¿Qué impuestos deben presentarse con el Servicio de declaraciones y pagos?

R. Según la regla II.2.8.5.1 de la RMF para 2012, mediante este servicio deben presentarse los pagos provisionales o definitivos del ISR, IETU, IVA o IEPS, así como retenciones.

2. ¿Quienes se encuentran obligados a utilizar el Servicio de declaraciones y pagos?

R. Conforme a la regla II.2.8.5.1 de la RMF para 2012 y la página de Internet del SAT, actualmente, los contribuyentes que se encuentran obligados a utilizar el Servicio de declaraciones y pagos son los siguientes:

a) Los contribuyentes del sector financiero.

b) Las sociedades mercantiles controladoras y controladas.

c) El Poder Legislativo, el Poder Judicial de la Federación y la Administración Pública Centralizada, en términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

d) Los organismos constitucionalmente autónomos.

e) La Comisión Federal de Electricidad, el IMSS y el ISSSTE.

f) Los contribuyentes que sean sujetos del IEPS, excepto quienes tributen conforme al régimen de los pequeños contribuyentes, así como aquellos que deban enterar el IEPS ante las entidades federativas por la aplicación de las cuotas referidas en el artículo 2o.-A, fracción II, de la Ley del IEPS, en términos del anexo 17 de los convenios de colaboración administrativa en materia fiscal federal, los cuales utilizarán el servicio de declaraciones y pagos por las obligaciones de pago diversas a dicho impuesto.

g) Los contribuyentes obligados a dictaminar sus estados financieros por contador público auto-rizado de acuerdo con el artículo 32-A del CFF.

h) Todas las personas morales.

3. ¿Las personas físicas se encuentran obligadas a utilizar el Servicio de declaraciones y pagos?

R. Actualmente, las personas físicas con actividades empresariales que deben dictaminar sus estados financieros, así como las que son sujetas del IEPS, excepto

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en los casos referidos en la pregunta anterior, se encuentran obligadas a utilizar este servicio.

Cabe observar que recientemente el SAT dio a conocer en su página de Internet un aviso conforme al cual señala la incorporación de las personas físicas al Servicio de declaraciones y pagos, como sigue:

[VER PDF ADJUNTO]

4. ¿Cómo se presentan las declaraciones en el Servicio de declaraciones y pagos?

R. De acuerdo con la regla II.2.8.5.1 de la RMF para 2012, las declaraciones se deberán presentar conforme al procedimiento siguiente:

a) Se ingresará al "Servicio de declaraciones y pagos", "Presentación de declaraciones", contenido en la página de Internet del SAT. Para tal efecto, el contribuyente deberá proporcionar su Clave de Identificación Electrónica Confidencial Fortalecida (CIECF) o Firma Electrónica Avanzada (Fiel).

b) Se seleccionará el periodo por declarar y el tipo de declaración, y se podrá optar por llenar los datos solicitados en el programa directamente en línea o hacerlo fuera de línea.

c) Automáticamente, el programa mostrará las obligaciones registradas en el RFC del contribuyente correspondientes al periodo seleccionado, así como el listado completo de obligaciones fiscales.

d) Para...

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