Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SCM-JDC-0566-2018), 2018

Número de expedienteSCM-JDC-0566-2018
Fecha22 Junio 2018
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
Tribunal de OrigenINSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE GUERRERO
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México)

Ciudad de México, veintidós de junio de dos mil dieciocho.

La S.R. Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión pública de esta fecha, resuelve el juicio identificado al rubro en el sentido de confirmar los Acuerdos impugnados, con base en lo siguiente.

G L O S A R I O

Actora

Z.J.C.S.

Actor

I.H.E.

Acuerdo 83

Acuerdo 083/SE/20-04-2018 por el que se aprueba el registro supletorio de planillas y lista de regidores de representación proporcional para ayuntamientos postulados por los partidos políticos, coaliciones y candidaturas comunes, para el Proceso Electoral Ordinario de Diputaciones locales y Ayuntamientos 2017-2018.

Acuerdo de designación

Acuerdo ACU-CEN-XVI/2018 de veintidós de mayo por el cual el Comité Ejecutivo Nacional del Partido de la Revolución Democrática designó la candidatura a la Presidencia Municipal de J.R.E., G., en cumplimiento a la sentencia dictada por esta S.R. en el expediente SCM/JDC-263/2018

Acuerdo de sustitución

Acuerdo 119/SO/24-04-2018, emitido por el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de G. por el cual se aprobó la sustitución de candidaturas de ayuntamientos en esa entidad federativa, postulados por el Partido de la Revolución Democrática, en cumplimiento a la sentencia dictada por esta S.R. en el expediente SCM/JDC-263/2018

Coalición

Coalición parcial “Por G. al Frente” conformada por los Partidos Acción Nacional, de la Revolución Democrática y Movimiento Ciudadano para participar en el proceso electoral 2017-2018 de diputaciones locales y ayuntamientos en esa entidad

Comité Ejecutivo o CEN

Comité Ejecutivo Nacional del Partido de la Revolución Democrática

Consejo General

Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de G.

Constitución

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Convocatoria

Convocatoria para elegir a candidaturas del Partido de la Revolución Democrática a los cargos de elección popular de diputaciones por los principios de mayoría relativa y representación proporcional, presidencias municipales, sindicaturas y regidurías por el principio de representación proporcional, todos del estado de G., para el proceso electoral local 2017-2018

Instituto

Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de G.

Juicio de la Ciudadanía

Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano

Ley Electoral local

Ley Número 483 de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de G.

Ley de Medios

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Ley de Medios local

Ley Número 456 del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral del Estado de G.

Lineamientos

Lineamientos para garantizar el cumplimiento del principio de paridad de género en la postulación de candidaturas en el Proceso Electoral Ordinario de Diputaciones locales y Ayuntamientos 2017-2018, en G.

Parte Actora

Z.J.C.S. e I.H.E.

Partido o PRD

Partido de la Revolución Democrática

Responsables

Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de G. y Comité Ejecutivo Nacional del Partido de la Revolución Democrática

Tribunal local o responsable

Tribunal Electoral del Estado de G.

ANTECEDENTES

De las constancias que integran los expedientes, y de los hechos narrados por la Parte actora en sus demandas, se advierte lo siguiente:

I. Inicio del Proceso Electoral Ordinario de Diputaciones locales y Ayuntamientos 2017-2018. El ocho de septiembre de dos mil diecisiete, el Consejo General emitió la declaratoria de inicio del Proceso Electoral Ordinario de Diputaciones locales y Ayuntamientos 2017-2018.[1]

II. Emisión de los Lineamientos. El dieciséis de noviembre de dos mil diecisiete, el Consejo General emitió los Lineamientos.[2]

III. Recurso de apelación local. Inconformes con diversos artículos de los Lineamientos, en relación con el cumplimiento del mandato constitucional de paridad en cuanto a las diputaciones locales, tanto el PRD como Movimiento Ciudadano, MORENA y el Partido Revolucionario Institucional, los impugnaron ante el Tribunal local.

Luego, mediante resolución dictada en el recurso de apelación local TEE/RAP/014/2017 y acumulados, el Tribunal local confirmó los Lineamientos.

IV. Emisión de la Convocatoria. El dieciséis de enero del año en curso,[3] la Comisión Electoral de CEN emitió la Convocatoria.

V.S. de registro de la Actora y del Actor y otorgamiento del mismo. El veintidós y veinticinco de enero la Actora y el Actor presentaron su solicitud de registro como precandidatos a la Presidencia Municipal del Ayuntamiento de I. y J.R.E., respectivamente, en términos de la Convocatoria, las cuales fueron aprobadas por esa Comisión Electoral el mismo día que las presentaron.[4]

VI. Aprobación de la Coalición. El veinticinco de enero siguiente, el Consejo General declaró la procedencia legal del convenio por el que distintos partidos –entre ellos el PRD– solicitaron el registro de la Coalición,[5] para postular candidaturas a presidencias municipales y sindicaturas, entre ellas las correspondientes a los Ayuntamientos de I. de la Independencia y J.R.E..[6]

VII. Modificación del convenio de la Coalición. El veintiocho de marzo, el Presidente del Comité Ejecutivo Estatal del Partido solicitó al Consejo General modificar los términos del convenio de Coalición, para excluir de la misma las candidaturas pertenecientes a los ayuntamientos de Chilapa de Á., Coyuca de Catalán, L.B. y T., lo que fue resuelto de conformidad el dos de abril posterior, en acatamiento a la resolución dictada por el Tribunal local en el recurso de apelación local TEE/RAP/008/2018.[7]

VIII. Aprobación del Acuerdo 83. El veinte de abril siguiente, el Consejo General aprobó el Acuerdo 83, por virtud del cual otorgó registro a las candidaturas propuestas por los partidos políticos, coaliciones y candidaturas comunes para los ayuntamientos y las diputaciones locales, entre ellas las propuestas por la Coalición, como fue el caso de las relativas a los Ayuntamientos de I. de la Independencia y J.R.E..

IX. Primer Juicio de la Ciudadanía. ...

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