Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SM-JRC-0254-2021), 2021

Fecha16 Septiembre 2021
Número de expedienteSM-JRC-0254-2021
Tipo de procesoJuicio de revisión constitucional electoral
Tribunal de OrigenTRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO
EmisorSala Regional Monterey (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)

JUICIOS DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL

EXPEDIENTES: SM-JRC-254/2021 Y SM-JRC-255/2021 ACUMULADOS

PARTE ACTORA: ELIMINADO: DATO PERSONAL CONFIDENCIAL. Ver fundamento y motivación al final de la sentencia Y PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE QUERETARO

MAGISTRADO PONENTE: Y.D.G.O.

SECRETARIO: MARCOTULIO CÓRDOBA GARCÍA

Monterrey, Nuevo León, a dieciséis de septiembre de dos mil veintiuno.

Sentencia definitiva que confirma la resolución dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Querétaro, en el expediente TEEQ-JN-19/2021 y TEEQ-JN-20/2021 acumulados, al considerarse que: a) Los actores no acreditan haber solicitado la petición del recuento total de la votación, y que este se hubiese negado o declarado improcedente, al no cumplir con los requisitos previstos por la Ley Electoral Local, b) El Instituto Nacional Electoral es la única autoridad facultada para determinar si una candidatura o partido político rebasó el tope de gastos de campaña, siendo la prueba idónea para acreditarlo el dictamen consolidado y su resolución, y si bien pudiesen existir otras pruebas para evidenciar dicho rebase en el caso los actores no aportan ninguna. c) La intervención de influencers no incidió en la elección del ayuntamiento de San Juan del Río ya que dicha actuación no está relacionada con el partido que obtuvo el triunfo en la elección, d) Los recurrentes no identifican a las personas que consideran son inelegibles formulando la hipótesis correspondiente para acreditar su dicho, por lo que el Tribunal no se encontraba obligado hacer un análisis oficioso de la inelegibilidad, y respecto de la única persona que identifica el Partido Revolucionario Institucional en la instancia local, esta no ocupa un cargo que requiriera separarse del mismo como mínimo con noventa días antes de la elección, e) El agravio relacionado con la cadena de custodia no fue expresado por el Partido Revolucionario Institucional en la instancia local, y respecto al domicilio donde se llevó la sesión de cómputo este fue designado por el Consejo Municipal, f) Los actores no acreditan haberse inconformado en la sesión de cómputo respecto de las actas utilizadas de manera irregular, g) No se acredita la causal de nulidad consistente en violación a los principios de equidad, certeza, legalidad e imparcialidad, derivado de la actualización de conductas que afectaron el libre desarrollo del proceso electoral, y h) Respecto a las causales de nulidad de votación recibida en casilla los recurrentes no controvierten directamente las consideraciones de la sentencia.

ÍNDICE

GLOSARIO ………………………………………………………………………………...

2

1. ANTECEDENTES DEL CASO…...……………………………………………………

2

2. COMPETENCIA …………………………………………………………….................

4

3. ACUMULACIÓN ………………………………………………………………………

5

4. PROCEDENCIA……………………………………………………………..................

5

5. ESTUDIO DE FONDO …………………………………………………………………

7

5.1. Materia de la controversia ………………………………………………..….

7

5.2. Decisión ……………………………………………………………..…………

12

5.3. Justificación de la decisión …………………………………………………..

13

6. RESOLUTIVO………………………………………………………………..................

25

GLOSARIO

Ayuntamiento:

San Juan del Río, Querétaro

Consejo Distrital 08:

Consejo Distrital 08 del Instituto Electoral del Estado de Querétaro

Consejo Distrital 09:

Consejo Distrital 09 del Instituto Electoral del Estado de Querétaro

Consejo municipal:

Consejo Municipal de San Juan del Río del Instituto Electoral del Estado de Querétaro

Constitución Federal:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Constitución local:

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro

Instituto local:

Instituto Electoral del Estado de Querétaro

INE:

Instituto Nacional Electoral

Ley de Medios:

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Ley de Medios Local:

Ley de Medios de Impugnación en Materia Electoral del Estado de Querétaro

Ley Electoral Local:

Ley Electoral del Estado de Querétaro

Lineamientos:

Lineamientos del Instituto Electoral del Estado de Querétaro para el desarrollo de la Sesión Especial de Cómputos del proceso electoral local 2020-2021

PAN:

Partido Acción Nacional

PRI:

Partido Revolucionario Institucional

Tribunal local:

Tribunal Electoral del Estado de Querétaro

1. ANTECEDENTES DEL CASO

Las fechas que se citan corresponden a dos mil veintiuno, salvo precisión en contrario.

1.1. Jornada electoral. El seis de junio se llevó a cabo la jornada electoral, para elegir presidente municipal, sindicatura y regidurías por los principios de mayoría relativa y representación proporcional del Ayuntamiento.

1.2. Cómputo municipal. El nueve de junio los consejos distritales 08 y 09, realizaron el cómputo de la elección del Ayuntamiento, declararon la validez de la elección y se entregó la constancia a la planilla del candidato del PAN encabezada por ELIMINADO: DATO PERSONAL CONFIDENCIAL. Ver fundamento y motivación al final de la sentencia los resultados fueron los siguientes:[1]

VOTACIÓN OBTENIDA POR LOS/LAS CANTIDATOS/TAS

Partido, coalición ó candidatura

( con letra )

( con número )

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Cuarenta y cuatro mil quinientos sesenta y uno

44,561

Un letrero de color blanco Descripción generada automáticamente con confianza baja

Catorce mil cuatrocientos treinta y seis

14,436

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Mil ciento ochenta

1,180

Icono Descripción generada automáticamente

Mil seiscientos sesenta y nueve

1,669

http://www.ieeags.org.mx/detalles/imagenes/partidos_politicos/05.PVEM.jpg

Dos mil cuatrocientos trece

2,413

http://www.ieeags.org.mx/detalles/imagenes/partidos_politicos/08.MORENA.jpg

Veintitrés mil ciento noventa y uno

23,191

Imagen que contiene Interfaz de usuario gráfica Descripción generada automáticamente

Seis mil trescientos setenta y cuatro

6,374

Icono Descripción generada automáticamente

Mil cuatrocientos trece

1,413

Imagen que contiene parada, firmar, dibujo Descripción generada automáticamente

Mil trescientos cincuenta y dos

1,352

Interfaz de usuario gráfica, Aplicación Descripción generada automáticamente

Mil novecientos veintitrés

...

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