Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SM-JRC-0234-2021), 2021
Número de expediente | SM-JRC-0234-2021 |
Fecha | 10 Septiembre 2021 |
Tribunal de Origen | TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS |
Tipo de proceso | Juicio de revisión constitucional electoral |
Emisor | Sala Regional Monterey (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL EXPEDIENTE: SM-JRC-234/2021 ACTOR: M. RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS TERCERO INTERESADO: PARTIDO ACCIÓN NACIONAL MAGISTRADA PONENTE: CLAUDIA VALLE AGUILASOCHO SECRETARIA: DINAH ELIZABETH PACHECO ROLDÁN |
Monterrey, Nuevo León, a diez de septiembre de dos mil veintiuno.
ÍNDICE
GLOSARIO
1. ANTECEDENTES DEL CASO
2. COMPETENCIA
3. PROCEDENCIA
4. ESTUDIO DE FONDO
4.1. Materia de la controversia
4.1.1. Resolución impugnada
4.1.2. Planteamiento ante esta S.
4.1.3. Cuestión a resolver
4.1.4. Decisión
4.2. Justificación de la decisión
4.2.1. Marco normativo relacionado con la formulación de agravios
4.2.2. Marco normativo relacionado con el recuento total de la votación en Tamaulipas, por superar los votos nulos la diferencia entre los obtenidos por los primeros lugares ………………………………………………………………………………………..
4.2.3. Determinación de la S.
4.2.3.1. Son ineficaces los agravios que el promovente dirige contra el acto originalmente combatido, así como aquellos por los que se queja de que el Tribunal local dejó de valorar las pruebas que aportó y que debió considerar actualizada la presunción de determinancia de las conductas denunciadas
4.2.3.2. El Tribunal local incorrectamente consideró que la pretensión de recuento total debía analizarse a partir de los resultados del cómputo distrital; no obstante, fue correcto que declarara improcedente su realización porque, al tomar como base los Resultados preliminares de las elecciones en el Distrito, conforme lo previsto por la normativa estatal, se observa que el número de votos nulos no era mayor a la diferencia entre los primeros lugares
5. RESOLUTIVO
Coalición Juntos Haremos Historia en Tamaulipas: |
Coalición Juntos Haremos Historia en Tamaulipas, integrada por M. y el Partido del Trabajo |
Congreso Estatal: |
Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas |
Consejo Distrital: |
21 Consejo Distrital Electoral del Instituto Electoral de Tamaulipas, con cabecera en Tampico |
Constitución General: |
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Cuaderno accesorio: |
Cuaderno accesorio correspondiente al diverso expediente SM-JRC-253/2021 |
Distrito Electoral: |
21 distrito electoral local de Tamaulipas, con cabecera en Tampico |
IETAM: |
Instituto Electoral de Tamaulipas |
Ley de Medios: |
Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral |
Ley de Medios de Tamaulipas: |
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Lineamientos: |
Lineamientos para el desarrollo de la sesión de cómputos distritales y municipales. Proceso electoral 2020-2021, emitidos por el Instituto Electoral de Tamaulipas |
Manual: |
Manual de Cómputos Municipales y Distritales, proceso electoral 2020-2021, emitido por el Instituto Electoral de Tamaulipas |
PAN: |
Partido Acción Nacional |
PREP: |
Programa de resultados electorales preliminares |
PT: |
Partido del Trabajo |
S. Superior |
S. Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación |
Suprema Corte: |
Suprema Corte de Justicia de la Nación |
Tribunal local: |
Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas |
-
ANTECEDENTES DEL CASO
- Jornada electoral. El seis de junio[1] se celebró la jornada electoral para renovar a quienes integran el Congreso Estatal.
- Solicitud de recuento total. El ocho de junio, M. presentó escrito ante el Consejo Distrital[2], por el que solicitó el recuento total de la votación recibida para elegir la diputación de mayoría relativa del 21 distrito electoral local, con cabecera en Tampico, Tamaulipas.
Ello, al considerar que se actualizó el supuesto previsto en el artículo 292, fracción I, de la Ley Electoral, relativo a que el número de votos nulos sea mayor a la diferencia entre los primeros lugares. Petición que apoyó en los resultados difundidos en el PREP[3].
1.3. Cómputo distrital. El nueve y diez de junio, el Consejo Distrital celebró la sesión de cómputo distrital de la elección de la diputación de mayoría relativa citada, realizó recuento parcial de la votación, declaró la validez de la elección y entregó la constancia de mayoría y validez en favor de la fórmula encabezada por E.J.M.M., postulada por el PAN. La Coalición Juntos Haremos Historia en Tamaulipas consiguió el segundo lugar[4].
La votación obtenida fue la siguiente[5]:
Votación final por candidatura |
||
Partidos políticos y coaliciones |
Votación |
|
|
Partido Acción Nacional |
30,788 |
|
Partido... |
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