Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SUP-JE-0052-2020), 22-07-2020

Fecha22 Julio 2020
Número de expedienteSUP-JE-0052-2020
Tipo de procesoJuicio electoral
Tribunal de OrigenCOMISIÓN DE QUJAS Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)

ACUERDO DE SALA

JUICIO ELECTORAL

EXPEDIENTE: SUP-JE-52/2020

RECURRENTE: ELISEO FERNÁNDEZ MONTUFAR

AUTORIDAD RESPONSABLE: COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

MAGISTRADO PONENTE: FELIPE ALFREDO FUENTES BARRERA

SECRETARIOS: SALVADOR ANDRÉS GONZÁLEZ BARCENA Y FRANCISCO M. ZORRILLA MATEOS

Ciudad de México, a veintidós de julio de dos mil veinte[1].

Acuerdo de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación por el que se determina reencauzar a recurso de revisión del procedimiento especial sancionador, por ser la vía idónea y procedente para analizar la impugnación del Acuerdo ACQyD-INE-7/2020, de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral, dictado en el procedimiento especial sancionador UT/SCG/PE/FEH/CG/9/2020 y sus acumulados, por el que, entre otras cuestiones, determinó procedente la adopción de medidas cautelares, así como de tutela preventiva, por la probable promoción personalizada cometida por diversos servidores públicos, derivado de la entrega de bienes y productos a la ciudadanía en el marco de la actual contingencia sanitaria relacionada con la pandemia por COVID-19.

Í N D I C E

G L O S A R I O

A N T E C E D E N T E S

C O N S I D E R A C I O N E S Y F U N D A M E N T O S J U R Í D I C O S

I. Actuación colegiada

II. Reencauzamiento.

III. Conclusión.

R E S U E L V E

G L O S A R I O

Acuerdo o acto impugnado

Acuerdo ACQyD-INE-7/2020, de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral, dictado en el procedimiento especial sancionador UT/SCG/PE/FEH/CG/9/2020 y sus acumulados, por el que, entre otras cuestiones, determinó procedente la adopción de medidas cautelares, así como de tutela preventiva, por la probable promoción personalizada cometida por diversas personas servidoras públicas, derivado de la entrega de bienes y productos a la ciudadanía en el marco de la actual contingencia sanitaria relacionada con la pandemia por COVID-19.

COVID-19

Enfermedad causada por el coronavirus SARS-COV2, declarada como pandemia global por la Organización Mundial de la Salud.

CPEUM

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

CQyD

Comisión de Quejas y Denuncias del INE.

INE

Instituto Nacional Electoral.

Ley de Medios

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Promovente

Eliseo Fernández Montufar

UTCE

Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral.

A N T E C E D E N T E S

1. Cuadernos de antecedentes. Durante abril, mayo y junio, oficinas delegacionales del INE y la UTCE certificaron y documentaron diversas publicaciones, notas y fotografías en páginas de internet y redes sociales en las que aparecen distintas servidoras y servidores públicos repartiendo o entregando bienes o productos a la ciudadanía en el marco de la pandemia por el virus COVID-19.

Por considerar que estos hechos pudieran constituir violaciones a la normativa electoral y, a fin de realizar investigaciones preliminares, se abrieron diversos cuadernos de antecedentes.

2. Inicio de procedimientos especiales sancionadores. Agotadas las investigaciones preliminares y analizados los hechos que dieron lugar a los cuadernos de antecedentes, la autoridad sustanciadora determinó que estaba justificado cerrar los cuadernos de antecedentes e iniciar, de oficio, sendos procedimientos especiales sancionadores, derivado del posible uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada atribuible a personas servidoras públicas de distintos niveles, cargos y procedencia partidista, derivado de la entrega u ofrecimiento de productos y bienes a la ciudadanía durante la pandemia que actualmente atraviesa el país y su posterior difusión a través de sitios de internet y redes sociales lo que, a juicio de la autoridad, pudiera afectar las condiciones de equidad de cara a los próximos procesos electorales federal y locales.

3. Admisión, acumulación y propuesta de medidas cautelares. En su oportunidad, se ordenó la admisión de los procedimientos y su acumulación al UT/SCG/PE/FEH/CG/9/2020, ordenándose remitir la propuesta de medida cautelar respectiva a la CQyD.

4. Acuerdo impugnado. El treinta de junio se emitió el Acuerdo ACQyD-INE-7/2020, de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral, dictado en el procedimiento especial sancionador UT/SCG/PE/FEH/CG/9/2020 y sus acumulados, por el que, entre otras cuestiones, determinó procedente la adopción de medidas cautelares, así como de tutela preventiva, por la probable promoción personalizada cometida por diversos servidores públicos, derivado de la entrega de bienes y productos a la ciudadanía en el marco de la actual contingencia sanitaria relacionada con la pandemia por COVID-19.

5. Juicio Electoral. El diez de julio, el promovente presentó ante la Oficialía de Partes Común del INE, juicio electoral para controvertir el Acuerdo en cita, mismo que, en la misma fecha, fue recibido en la oficialía de partes de la Sala Superior.

6. Turno. El diez de julio, el Magistrado Presidente de esta...

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