Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 08-06-2020 (ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 53/2019)
Sentido del fallo | 08/06/2020 “PRIMERO. Es procedente y parcialmente fundada la presente acción de inconstitucionalidad. SEGUNDO. Se reconoce la validez de las porciones normativas ‘y multa’ de los artículos 224, fracciones I y III, 225, párrafo primero, 226, párrafo primero, 227, párrafos primero y segundo, 229, fracciones I y III, párrafo primero, 232, 233, 235, párrafo primero, y 236, fracciones I, párrafo primero, y II, párrafo primero, del Código Penal de Coahuila de Zaragoza, reformado mediante Decreto 242, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el doce de abril de dos mil diecinueve, en atención a lo dispuesto en el considerando quinto de esta decisión. TERCERO. Se declara la invalidez de los artículos 222, 225, párrafo segundo, y 229, fracción II, del Código Penal de Coahuila de Zaragoza, reformado mediante Decreto 242, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el doce de abril de dos mil diecinueve, de conformidad con lo previsto en el considerando quinto de esta determinación, para los efectos retroactivos precisados en el considerando sexto de este fallo, en la inteligencia de que dichas declaraciones de invalidez surtirán sus efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos de esta sentencia al Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza. CUARTO. Publíquese esta resolución en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Estado de Coahuila de Zaragoza, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.” |
Tipo de Asunto | ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD |
Número de expediente | 53/2019 |
Emisor | PLENO |
Fecha | 08 Junio 2020 |
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