Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 09-03-2016 (AMPARO EN REVISIÓN OPOSICIÓN A LA PUBLICACIÓN DE DATOS PERSONALES 1163/2015)

Sentido del fallo09/03/2016 • SE CONFIRMA LA SENTENCIA RECURRIDA. • LA JUSTICIA DE LA UNIÓN NO AMPARA NI PROTEGE A LA QUEJOSA. • QUEDAN SIN MATERIA LAS REVISIONES ADHESIVAS. • SE RESERVA JURISDICCIÓN AL TRIBUNAL COLEGIADO DEL CONOCIMIENTO.
Fecha09 Marzo 2016
Sentencia en primera instanciaPRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA, ESPECIALIZADO EN COMPETENCIA ECONÓMICA, RADIODIFUSIÓN Y TELECOMUNICACIONES (EXP. ORIGEN: A.R. 63/2015)),JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA ESPECIALIZADO EN COMPETENCIA ECONÓMICA, RADIODIFUSIÓN Y TELECOMUNICACIONES (EXP. ORIGEN: J.A. 36/2013)
Número de expediente1163/2015
Tipo de AsuntoAMPARO EN REVISIÓN OPOSICIÓN A LA PUBLICACIÓN DE DATOS PERSONALES
EmisorSEGUNDA SALA



AMPARO EN REVISIÓN 1163/2015


AMPARO EN REVISIÓN 1163/2015

QUEJOSO: **********


PONENTE: ministro JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS

SECRETARIo: salvador alvarado lópez

COLABORÓ: MARÍA FERNANDA HERNÁNDEZ ANDIÓN



Vo.Bo.

MINISTRO:


Ciudad de México. Acuerdo de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al día


Cotejado:

V I S T O S; y

R E S U L T A N D O:


PRIMERO. Presentación de la demanda de amparo. Por escrito presentado el ocho de noviembre de dos mil trece en la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito y Tribunales Colegiados en Materia Administrativa Especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones y del Centro Auxiliar de la Primera Región, **********, por conducto de su apoderado legal, solicitó el amparo y protección de la Justicia de la Unión en contra de las autoridades y por los actos que a continuación se precisan.



III. AUTORIDADES RESPONSABLES


1. H. Congreso de la Unión.

2. C. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos.

3. C.S. de Gobernación.

4. C.D. del DOF.

5. H.P. de la CFC.

6. H.P. de la CFCE.

7. C.P. de la CFC.

8. C. Secretario Ejecutivo de la CFC.

9. C. Secretario Ejecutivo de la CFCE.

10. C.Director General de Investigaciones de Prácticas Monopólicas Absolutas y Restricciones al Comercio Interestatal de la CFC.

11. C.D. General de Asuntos Jurídicos de la CFC.

12. C.D. General de Asuntos Jurídicos de la CFCE.

13. C.N.J.M.M. de la CFC.

14. C.N.C.L.T. de la CFCE.

15. C.N.I.J.R.F. de la CFC.

16. C.N.M.Á.B.R. de la CFC.


IV. NORMAS GENERALES, ACTOS Y OMISIONES QUE SE RECLAMAN


  1. Del H. Congreso de la Unión se reclama:


  1. La discusión y aprobación de la LFCE en sus artículos 9º, fracción I, 33 y 35, fracción X.

  2. La discusión y aprobación de la Ley de Amparo, reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 17.


2. Del C. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos se reclama:


a. La sanción, promulgación y orden de publicación en el DOF de la LFCE, por contener los artículos , fracción I, 33, 35, fracción X de la La LFCE fue publicada en el DOF del 24 de diciembre de 1992, la cual entró en vigor a los 180 días naturales siguientes a su publicación.


b. La sanción, promulgación y orden de publicación en el DOF de la Ley de Amparo por contener el artículo 17 de la Ley de Amparo fue publicada en el DOF del 2 de abril de 2013, la cual entró en vigor al día siguiente de su publicación.


  1. La emisión del RLFCE, en específico sus artículos 9º y 41. Igualmente, la sanción, promulgación y orden de publicación en el DOF del RLFCE, por contener los artículos 9º y 41. El RLFCE fue publicado en el DOF del 12 de octubre de 2007, el cual entró en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.


d. La emisión del Reglamento Interior de la Comisión Federal de Competencia vigente hasta el 2 de noviembre de 2012 (‘RICFC Anterior’), en específico su artículo 28 fracciones IV y VIII. Igualmente, la sanción, promulgación y orden de publicación en el DOF del RICFC Anterior, por contener el artículo 28 fracciones IV y VIII. El RICFC Anterior fue publicado en el DOF de 28 de agosto de 1998 y reformado mediante publicación en el DOF de 27 de noviembre de 2006.


e. La emisión del Reglamento Interior de la Comisión Federal de Competencia publicado el 2 de noviembre de 2012 en el DOF (‘RICFC Posterior’), en específico su artículo 24 fracciones III y VI. Igualmente, la sanción, promulgación y orden de publicación en el DOF del RICFC Posterior, por contener el artículo 24 fracciones III y VI.


3. D.C.S. de Gobernación se reclama:


a. La orden de publicar el RLFCE en el DOF correspondiente al 12 de octubre de 2007, particularmente por lo que se refiere a los artículos 9º y 41.


b. La orden de publicar el RICFC Anterior en el DOF de 28 de agosto de 1998 y su reforma en el DOF de 27 de noviembre de 2006, particularmente por lo que se refiere al artículo 28 fracciones IV y VIII.


c. La orden de publicar el RICFC Posterior en el DOF correspondiente al 2 de noviembre de 2012, particularmente por lo que se refiere al artículo 24 fracciones III y VI.


d. La orden de publicar el Estatuto Orgánico de la CFCE en el DOF correspondiente al 2 de noviembre de 2012, particularmente por lo que se refiere al artículo 24 fracciones III y VI.


4. D.C.D.d.D.O. de la Federación se reclama:


a. La publicación en el DOF de 17 de diciembre de 2009, del Extracto del Acuerdo de Inicio de 2 de diciembre de 2009, por medio del cual se dio inicio a la investigación número **********, por la posible comisión de prácticas monopólicas absolutas en el mercado de producción, distribución y comercialización de productos de la industria avícola en el territorio nacional (‘Extracto del Acuerdo de Inicio’).


b. La publicación en el DOF de 19 de septiembre de 2013, del Estatuto Orgánico de la CFCE, particularmente por lo que se refiere al artículo 24 fracciones III y VI.


5. D.H.P. de la CFC se reclama:


a. La tramitación de los procedimientos **********, **********, tanto en su etapa de investigación, como de procedimiento seguido en forma de juicio que culminó con la emisión de la Resolución.


b. La aplicación en perjuicio de la ********** de los preceptos legales y reglamentarios cuya inconstitucionalidad se reclama en el presente juicio de amparo.


6. D.H.P. de la CFCE se reclama:


a. La Resolución de 3 de octubre de 2013 (‘la Resolución’ o ‘Acto Reclamado’), emitida en el expediente número **********, antes **********, que se pronuncia respecto de la Contestación al OPR de la **********. Se exhibe copia certificada de la Resolución notificada a la quejosa como ‘Anexo 3’.


b. La emisión del Estatuto Orgánico de la Comisión Federal de la Competencia Económica, de 11 de septiembre de 2013.


c. La tramitación del procedimiento **********, en su etapa de procedimiento seguido en forma de juicio desde el 10 de septiembre de 2013 hasta la emisión de la resolución.


d. La aplicación en perjuicio de la ********** de los preceptos legales y reglamentarios cuya institucionalidad se reclama en el presente juicio de amparo.


7. D.P. de la CFC se reclama:


a. El extemporáneo Oficio de Probable Responsabilidad (‘OPR’) de 14 de septiembre de 2012, dictado en el expediente **********, y dividido en el ahora expediente **********, por los vicios propios de dicho acto y su incompetencia para emitirlo.


b. La aplicación en el OPR, en perjuicio de la **********, de los preceptos legales y reglamentarios cuya inconstitucionalidad se reclama en el presente juicio de amparo.


8. D.S. Ejecutivo de la CFC se reclama:


a. La emisión del acuerdo de inicio de 2 de diciembre de 2009, por medio del cual se da inicio a la investigación número **********, por la posible comisión de prácticas monopólicas absolutas en el mercado de producción, distribución y comercialización de productos de la industria avícola en el territorio nacional (‘Acuerdo de Inicio’).


b. La certificación y consentimiento de la extemporánea separación del expediente ********** en dos expedientes: ********** y **********, ordenada mediante acuerdo de 20 de marzo de 2013, notificado el día 4 de abril siguiente (en lo sucesivo ‘acuerdo de separación’).


  1. El acuerdo de conclusión del periodo de investigación del expediente **********, de 16 de julio de 2012 (en lo sucesivo ‘acuerdo de conclusión’).


  1. El OPR de fecha 14 de septiembre de 2012, dictado por el P. y por el Secretario Ejecutivo de la CFC en el expediente **********, dividido en el ahora expediente **********.


e. La aplicación en el OPR, en perjuicio de la **********, de los preceptos legales y reglamentarios cuya inconstitucionalidad se reclama en el presente juicio de amparo.


9. D.C.S. Ejecutivo de la CFCE se reclama:


a. El haber dado fe y cuenta de la votación del Pleno de la CFCE en la sesión de 3 de octubre en la que se emitió la Resolución.


b. La certificación y consentimiento de la Resolución, no obstante su deber de guardar la Constitución establecido en el artículo 128 constitucional.


  1. La omisión de correr traslado a la ********** con copias del expediente ********** e **********, limitando con ello su derecho humano de defensa y violentando su debida y plena audiencia.


d. Proyectar o presentar los dictámenes, a través de sus direcciones operativas (Dirección General de Asuntos Jurídicos), de la Resolución que el Pleno de la CFCE emitió, lo cual puso en manos del órgano investigador, acusador e instructor del procedimiento, la función de llevar a cabo parte de la función jurisdiccional que realmente le corresponde al Pleno.


e. El haber dado fe y cuenta de la votación del Pleno de la CFCE en la sesión de 11 de septiembre de 2013 en que se emitió...

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