Proyecto de decreto que reforma el párrafo segundo de la fracción VIII del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos., de 28 de Noviembre de 2013

Iniciativas

Del Sen. Jesús Casillas Romero, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, la que contiene proyecto de decreto que reforma el párrafo segundo de la fracción VIII del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

SE TURNÓ A LAS COMISIONES UNIDAS DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, DE SEGURIDAD SOCIAL Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS, PRIMERA.

Ver Sinopsis Español:

Propone reformar el párrafo segundo de la fracción VIII del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer claramente que todos los empleados públicos, incluyendo a los de las entidades federativas deben tener garantizado su derecho al salario y a la seguridad social.

Por lo anterior, la iniciativa establece a nivel constitucional que las relaciones de trabajo entre los municipios y sus trabajadores, se regirán por las leyes que expidan las legislaturas de los estados con base en lo dispuesto en el Artículo 123 de esta Constitución, y sus disposiciones reglamentarias. Estas disposiciones deberán asegurar la protección al salario y a la seguridad social para los trabajadores, independientemente de su estabilidad en el empleo, temporalidad y clasificación por naturaleza de nombramiento y función a la que pertenezcan.

Sen. Jesús
Casillas Romero

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA EL PÁRRAFO SEGUNDO DE LA FRACCIÓN VIII DEL ARTÍCULO 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

El suscrito, senadorJESÚS CASILLAS ROMERO, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4, 8, fracción I y 164 del Reglamento del Senado de la República, someto a la consideración de esta honorable Cámara de Senadores,Iniciativa con proyecto de Decreto que reforma el párrafo segundo de la fracción VIII del artículo 115 de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad a la siguiente:

EXPOSICION DE MOTIVOS

La seguridad social, es conceptualizada por algunos tratadistas, en esencia, como el instrumento jurídico y económico que establece el Estado para abolir la necesidad y garantizar a todo ciudadano el ingreso para vivir y a la salud, por medio de prestaciones para las que contribuyen los patrones, los trabajadores y el Estado, o alguno de ellos como subsidios, pensiones y atención facultativa y de servicios sociales.

En nuestro país, la Seguridad Social es definida en base a su propósito, conforme el artículo 2 de la Ley del Seguro Social, como la que tiene por finalidad garantizar el derecho humano a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios necesarios para el bienestar individual y colectivo.

Olímpico objetivo, por ello de ese tamaño su importancia, puesto que su incidencia en el bienestar de la población en general y de ciertos segmentos en particular, constituye una de las principales herramientas en el combate a la pobreza y un instrumento para la promoción del bienestar humano y el consenso social, que favorece la paz social y es indispensable para lograrla. Esto a su vez propicia el crecimiento equitativo, la estabilidad social y el desempeño económico, así reconocido...

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