Semana y jornada reducidas - 2 casos prácticos
Autor | José Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin |
Páginas | 1251-1256 |
PLANTEAMIENTO
Determinación del salario base de cotización para los trabajadores que laboran semana reducida.
DATOS
Generales
Actividad de la empresa | Zapatería |
Prestaciones que otorga la empresa | Mínimas de ley |
Salario mínimo general del área geográfica "A"(México, DF) para 2014 (supuesto) | $67.35 |
Del trabajador
Fecha de ingreso | 4 de febrero de 2014 |
Días laborados en la semana | 3 días |
Sueldo diario | $80.00 |
Factores aplicables
Factor de prestaciones mínimas de ley para el primer año de laboresAguinaldo 15 días ¸ 365 =(+) Prima vacacional [(6 días x 25%) ¸ 365](=) Factor mínimo de integración | 0.04110.00410.0452 |
Factor proporcional del séptimo día (1 ¸ 6) (un día de descanso por cada seis de trabajo. Artículo 69 de la LFT) | 0.1666 |
DESARROLLO
1o. Cálculo de la parte proporcional del séptimo día correspondiente a cada día trabajado.
Salario por día trabajado | $80.00 | |
(x) | Factor proporcional del séptimo día | 0.1666 |
(=) | Importe salarial proporcional del séptimo día | $13.33 |
2o. Cálculo de la proporción de prestaciones mínimas de ley correspondientes a cada día laborado.
Salario por día trabajado | $80.00 | |
(x) | Factor proporcional de las prestacionesmínimas de ley | 0.0452 |
(=) | Importe proporcional de prestacionesmínimas de ley por cada día trabajado | $3.62 |
3o. Cálculo del salario diario integrado percibido por el trabajador que deberá ser comparado con el salario mínimo base de cotización.
Salario por día trabajado | $80.00 | |
(+) | Importe salarial proporcional del séptimo día | 13.33 |
(+) | Importe proporcional de prestaciones mínimasde ley por cada día trabajado | 3.62 |
(=) | Importe total de percepciones por día trabajado | $96.95 |
(x) | Días trabajados en la semana | 3 |
(=) | Importe total de la percepción semanal | 290.85 |
(÷) | Total de días de la semana | 7 |
(=) | Salario diario integrado percibido porel trabajador | $41.55 |
4o. Cálculo del salario base de cotización con semana reducida, estableciendo la comparación del salario diario integrado percibido por el trabajador, contra el salario mínimo de la región.
Salario diario integrado percibido por el trabajador con semana reducida | Menor que | Salario mínimo de la región1 | = | Salario base de cotización con semana reducida2 |
$41.55 | < | $67.35 | $67.35 |
Notas: 1. De conformidad con el artículo 62, fracción II, del RACERF, el salario integrado obtenido conforme al procedimiento establecido para jornada reducida, deberá compararse con el salario mínimo de la región correspondiente; si en dicha comparación resultara inferior el salario base de cotización, éste se deberá ajustar al mínimo de la región. 2. De acuerdo con el artículo sexto transitorio del Decreto publicado en el DOF el 21 de diciembre de 1995, de iniciarse una nueva relación laboral a partir de la vigencia de la nueva ley, aun en el supuesto de que el salario percibido sea inferior al mínimo, se cotizará en los términos de la ley, esto es, con salario mínimo general del área geográfica, como lo dispone el artículo 62 del RACERF.
COMENTARIOS
Se muestra el procedimiento a seguir para determinar el salario base de cotización de aquellos trabajadores que prestan sus servicios a un patrón en semana reducida.
Toda vez que el procedimiento para determinar el salario base de cotización en semana reducida, previsto en el artículo 62, fracción II, del RACERF, ya incluye la parte proporcional del séptimo día y de las prestaciones, se considera que...
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