De la Seguridad Pública

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas1283-1284

Atribuciones de la Administración Pública Federal en materia de Seguridad Pública

ARTÍCULO 122

Corresponde a la Administración Pública Federal en materia de Seguridad Pública:

I. Capacitar al personal de las diferentes instancias policiales para atender a las víctimas en un primer contacto;

II. Tomar medidas y realizar las acciones necesarias, en coordinación con las demás autoridades, para alcanzar los objetivos previstos en la presente Ley;

III. Organizar, dirigiry administrar un servicio para la atención a las víctimas y celebrar acuerdos de colaboración con otras instituciones del sector público y privado para el mejor cumplimiento de esta atribución;

IV. Diseñar la política integral para la prevención de delitos y violaciones a derechos humanos, en los ámbitos público y privado;

V. Proponer al Ejecutivo Federal las medidas que garanticen la congruencia de la política criminal en favor de las víctimas, entre las dependencias de la Administración Pública Federal;

VI. Implementar programas de prevención y erradicación de la violencia, especialmente la ejercida contra niñas, niños, jóvenes, mujeres, indígenas, adultos mayores, dentro y fuera del seno familiar;

VII. Ejecutar y dar seguimiento a las acciones del Programa, que le correspondan;

VIII. Formular acciones y programas orientados a fomentar la cultura del respeto a los derechos humanos de las víctimas;

IX. Elaborar y difundir estudios multidisciplinarios y estadísticas sobre el fenómeno victimológico;

X. Efectuar, en coordinación con la Procuraduría General de la República, estudios sobre los actos delictivos no denunciados e incorporar esta variable en el diseño de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR