Sección de Avisos

196 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 28 de Octubre de 2016

SECCIÓN DE AVISOS

INMOBILIARIA CENTRO INSURGENTES, S.A. DE C.V.

En términos del Artículo Décimo de los Estatutos Sociales de "INMOBILIARIA CENTRO INSURGENTES", S.A. DE C.V., y de conformidad a la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas celebrada el pasado 14 de Octubre del año dos mil dieciséis en SEGUNDA CONVOCATORIA, se acordó aumentar el capital social en su parte variable en la cantidad de $13,363,200.00 (Trece millones trescientos sesenta y tres mil doscientos pesos 00/100 M.N.), a fin de hacer frente a los adeudos que se tienen registrados en la contabilidad de la sociedad, por lo que, toda vez que usted no asistió a la misma, se le notifica a la Sra. ILIANA MARISA LOBERA NÁJERA por este medio que tiene derecho a suscribir la cantidad de $6,681,600.00 (Seis millones seiscientos ochenta y un mil seiscientos pesos 00/100 M.N.) y cuenta con un plazo de QUINCE DIAS HABILES, para acudir al domicilio social ubicado en Miguel Angel de Quevedo No. 1093, Interior 104, Col. Atlántida, Delegación Coyoacán, C.P. 04370, en la Ciudad de México, en un horario entre las 9:00 am y las 5:00 p.m. de lunes a viernes, a pagar y suscribir el aumento decretado en la parte proporcional que le corresponde, en cheque de caja a nombre de INMOBILIARIA CENTRO INSURGENTES, S.A. DE C.V.

Ciudad de México a 17 de octubre de 2016.

Atentamente (FIRMAS)

Elsa Patricia Sánchez Arroyo José Emiliano Sainz Lobera Comisario Delegado de la Asamblea

"IMAGINA UN MUNDO", SOCIEDAD CIVIL.

Balance Final de Liquidación: al 06 de junio del año 2016, Ciudad de México, Distrito Federal. ACTIVO PASIVO

Bancos 0 Cuentas por Pagar 0

Cuentas por Cobrar 0 TOTAL PASIVO 0

Activo Fijo Neto 0 CAPITAL CONTABLE

Capital Social 50,000.00

TOTAL ACTIVO 0 Reserva Legal 0

Resultados Acumulados de Ejercicios Anteriores 0

TOTAL CAPITAL CONTABLE 0

TOTAL PASIVO Y CAPITAL 0

(Firma) ____________________________________ C.P. ROSA MARÍA GUERRA PIZANO

LIQUIDADOR

INMOBILIARIA WRL, S.A. DE C.V.

Balance General de Liquidación al 31 de agosto de 2016

Mediante Asamblea General Extraordinaria la Sociedad "INMOBILIARIA WRL, S.A. DE C.V., acordó la disolución anticipada de la Sociedad, por lo que se da a conocer el Balance Final de Liquidación.

ACTIVO PASIVO CIRCULANTE CIRCULANTE Deudores Diversos 700,000.00 TOTAL DE PASIVO

CIRCULANTE

SUMA ACTIVO CIRCULANTE

0.00

Resultado de Ejercicio 0.00 FIJO SUMA ACTIVO FIJO 0.00 SUMA CAPITAL

CONTABLE

700,000.00

0.00

700,000.00 CAPITAL CONTABLE

Capital Social 700,000.00 Resultado de Ejercicios

Anteriores

700,000.00

TOTAL ACTIVO 700,000.00 TOTAL PASIVO Y

CAPITAL CONTABLE

Ciudad de México, a 31 de agosto de 2016

(Firma)

ROBERTO ELEAZAR ROJAS ARGÜELLES LIQUIDADOR

198 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 28 de Octubre de 2016

E D I C T O S

" INDEPENDENCIA JUDICIAL, VALOR INSTITUCIONALY RESPETO A LA AUTONOMÍA"

E D I C T O S

JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL

ACTORA: GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MEXICO DEMANDADA: MARIA DE LOURDES GONZALEZ NEYRA, JUICIO. EXTINCION DE DOMINIO

SRIA "B"

EXPEDIENTE: 738/2016

En los autos del juicio antes indicado y en cumplimiento a lo ordenado en proveído de dieciséis de agosto del año dos mil dieciséis, la C. Juez Quinto de lo Civil de la Ciudad de México, en su parte conducente ordeno: "Por recibido el escrito signado por el Licenciado José Luis Hernández Martínez, Agente del Ministerio Público Responsable de la Agencia Especializada en el Procedimiento de Extinción de Dominio de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México, en Representación del Gobierno de la Ciudad de México; En consecuencia, fórmese expediente y regístrese en el Libro de Gobierno bajo el número 738/2016, y guárdense los anexos en el seguro de Juzgado. Se tiene por reconocida la personalidad del ocursante de mérito, en términos de la copia certificada del acuerdo A/002/11 suscrito por el entonces Procurador General de Justicia de la Ciudad de México, así como con una constancia de especialización en Materia de Extinción de Dominio que en copia certificada se acompaña, de los que se advierte la calidad con la que se ostenta y que se ordena agregar a los autos para que surtan los efectos legales correspondientes. Visto el contenido del escrito de cuenta, mediante el cual ejercita ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO en contra de MARÍA DE LOURDES GONZÁLEZ NEYRA EN SU CALIDAD DE PARTE AFECTADA; y como propietaria DEL INMUEBLE UBICADO EN CALLE SINALOA, MANZANA 207, LOTE 1, COLONIA SANTIAGO ACAHUALTEPEC, DELEGACIÓN IZTAPALAPA, CIUDAD DE MÉXICO, IDENTIFICADO DE ACUERDO CON EL FOLIO REAL NUMERO 801949, AUXILIAR 1, ASIENTO NO.1, EN EL CUAL CONSTA INSCRITO EL INMUEBLE SANTIAGO ACAHUALTEPEC, MANZANA 207, LOTE 1, ZONA 2, SINALOA, COLONIA SANTIAGO ACAHUALTEPEC, DELEGACIÓN IZTAPALAPA, CON SUPERFICIE DE 124 METROS CUADRADOS. Señalando el Ministerio Público en esencia que se trata del mismo bien, con independencia de las variantes. Acción que se ejercita en base en las actuaciones ministeriales que se contienen en el Expediente Administrativo FEED/T1/042/15-05, así como en las copias certificadas deducidas de la Averiguación Previa FAS/T2/1313/14-11 DO 1; y en las razones y consideraciones legales que se expresan en el mismo documento; por lo que de conformidad con el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1, 2,3, fracción II, 4, 5, fracción I, 11, fracciones I, II, III, IV y V, 14, 32, 34, 35, 38, 41 último párrafo y 47 de la Ley de Extinción de Dominio para la Ciudad de México; 1, 2, 3, 20, 24, 25, 30, 35 y 38 del, Reglamento de la Ley de Extinción de Dominio de esta Ciudad; 1, 6, 10, 12, 13, 18, 19, 747, 750, 751, 752, 763, 764, 772, 774, 785, 790, 791, 794, 828, fracción IV, 830 y demás aplicables del Código Civil vigente para esta ciudad; 1, 2, 29, 44, 55, 95, 112, 122, fracción II, 143, 255, 256, 257, 258, 278, 285, 286, 289, 291, 292, 294, 295, 296, 298, 308, 310, 311, 312, 327, 334, 335, 336, 346, 373, 379, 380, 402, 403 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles vigente para esta ciudad, ambos de aplicación supletoria en términos del artículo , fracciones III y IV de la ley de Extinción de Dominio para esta ciudad y 22, fracción IX del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia igualmente de esta ciudad. SE ADMITE A TRÁMITE la demanda propuesta en la VÍA ESPECIAL DE EXTINCIÓN DE DOMINIO que se plantea; por tanto, de conformidad con el artículo 35 en relación con el diverso 40 de la Ley de Extinción de Dominio, publíquese por medio de Edictos el presente proveído tres veces, de tres en tres días, debiendo mediar entre cada publicación dos días hábiles en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, en el Boletín Judicial del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, así como en el periódico "El SOL DE MÉXICO" llamando a las personas que se consideren afectadas, terceros, víctimas u ofendidos para que comparezcan a este procedimiento en el término de DIEZ DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente de la última publicación a manifestar lo que a su interés convenga, quedando los edictos respectivos a partir de esta fecha, a disposición de la Agente del Ministerio Público ocursante, para su debida tramitación y exhibición oportuna de las correspondientes publicaciones. Asimismo, con las copias simples que se acompañan del escrito de cuenta y demás anexos exhibidos, por medio de notificación personal, emplácese a MARÍA DE LOURDES GONZÁLEZ NEYRA EN SU CALIDAD DE PARTE AFECTADA; quien puede ser emplazado en CALLE SASATRAS, MANZANA 241, LOTE 22, COLONIA MIGUEL DE LA MADRID, DELEGACIÓN IZTAPALAPA, C.P. 09698 EN ESTA CIUDAD DE MÉXICO., para que dentro del término de DIEZ DÍAS HÁBILES comparezca por escrito a manifestar lo que a su derecho convenga, así como para ofrecer las pruebas que lo justifiquen; con el apercibimiento que de no comparecer al presente procedimiento sin justa causa y de no ofrecer pruebas dentro del término otorgado, se declarará precluído su derecho para tales efectos.- - - - - -

- Por lo que respecta a los medios de convicción que se ofrecen en su apartado de pruebas, de conformidad con la fracción III, párrafo tercero, del artículo 41 de la Ley de Extinción de Dominio de la Ciudad de México, se provee: Se admiten los medios probatorios ofrecidos por la actora, como son: La DOCUMENTAL PÚBLICA consistente en las copias certificadas deducidas de la Averiguación Previa FAS/T2/1313/14-11 DO 1; La DOCUMENTAL PÚBLICA consistente en las copias fotostáticas certificadas de las diligencias practicadas por el Agente del Ministerio Público Especializado en el Procedimiento de Extinción de Dominio en el Expediente Administrativo FAS/T1/042/15-05.- Se admite: LA CONFESIONAL A CARGO DE MARÍA DE LOURDES GONZÁLEZ NEYRA EN SU CALIDAD DE PARTE AFECTADA; como propietario del bien materia de extinción, UBICADO EN CALLE SINALOA, MANZANA 207, LOTE 1, COLONIA SANTIAGO ACAHUALTEPEC , DELEGACIÓN IZTAPALAPA, CIUDAD DE MEXICO, IDENTIFICADO DE ACUERDO CON EL FOLIO REAL NUMERO 801949, AUXILIAR 1, ASIENTO NO.1, EN EL CUAL CONSTA INSCRITO EL INMUEBLE SANTIAGO ACAHUALTEPEC, MANZANA 207, LOTE 1, ZONA 2, SINALOA, COLONIA SANTIAGO ACAHUALTEPEC, DELEGACION IZTAPALAPA, CON SUPERFICIE DE 124 METROS CUADRADOS., al tenor de las posiciones que le sean formuladas y que previamente sean calificadas de legales: por lo cual se deberá elaborar cédula de notificación y tunar a la Secretaria Actuaria adscrita a este Juzgado a fin de que sea citada en el domicilio ubicado en CALLE SASATRAS, MANZANA 241, LOTE 22, COLONIA MIGUEL DE LA MADRID, DELEGACIÓN IZTAPALAPA, C.P. 09698 EN ESTA CIUDAD DE MÉXICO.,- RATIFICACIÓN DE LAS DECLARACIONES DE LOS POLICÍAS PREVENTIVOS BALTAZAR FRÍAS MORALES, MAYRA NOEMÍ CRUZ CABRERA, MARISOL CRUZ LÓPEZ Y SERGIO EFRAÍN ROSAS GARCÍA, contenida en la averiguación previa referida, a quienes se les deberá citar en CALLE LIVERPOOL, NUMERO 123, COLONIA JUAREZ...

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