El SAT da a conocer nuevas facilidades para ingresar al régimen de incorporación fiscal

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El pasado 9 de febrero, el SAT dio a conocer en su página de Internet www.sat.gob.mx el comunicado de prensa 15/2014, en el que precisa las siguientes facilidades para el régimen de incorporación fiscal:

1. Las personas físicas que realicen actividades empresariales y que además obtengan ingresos por salarios o por intereses, pueden tributar en el régimen de incorporación fiscal, siempre que los ingresos no excedan de dos millones de pesos.

2. Los contribuyentes del régimen de incorporación fiscal que lleguen a emitir facturas en las que se desglose el IVA o del IEPS, no perderán el beneficio de acreditar el 100% de estos impuestos, previsto en el decreto publicado el 26 de diciembre de 2013.

3. En estos casos, sólo podrán acreditar el IVA o el IEPS en la proporción que represente el valor de las actividades en que se hubiera efectuado el traslado expreso, del valor total de sus actividades del bimestre respectivo.

4. Los contribuyentes del...

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