El repudio y la cesión de derechos hereditarios (formalidad y efectos)

AutorTarcisio D. Sánchez Ulloa
CargoTitular de la Notaría 159 de la Ciudad de México
Páginas26-27
26 abogacía Septiembre 2022
[ El notario responde ]
El repudio y la cesión
de derechos hereditarios
(formalidad y efectos)
Tarcisio D. Sánchez Ulloa
El repudio
Este acto equivale a no admitir
la transmisión de los respecti-
vos derechos a los benecia-
rios y, por lo tanto, su efecto es
que los mismos nunca formen
parte de su patrimonio. Los
motivos para repudiar son de
distinta índole; sin embargo,
en la mayoría de los casos
se busca que esos derechos
pasen a los sustitutos ya sea
porque los beneciarios desig-
nados inicialmente no tengan
interés en recibirlos, o porque,
precisamente, su interés sea
que los sustitutos adquieran la
herencia.
En un trámite sucesorio lo común es que
los herederos busquen recibir la heren-
cia y hacerse de los bienes que les corres-
pondan; no obstante, podemos encontrar
otro tipo de actos que busquen satisfa-
cer otras necesidades de los beneciarios,
como el repudio y la cesión de derechos
hereditarios.
Fotografía: Freepik

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