Reporte anual para empresas maquiladoras y Pitex. Guía para su presentación

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El último día de mayo, las empresas maquiladoras y las empresas con programas de importación temporal para producir artículos de exportación (Pitex) deberán presentar el Reporte anual de operaciones de comercio exterior, que forma parte del anexo 1 de las Reglas de carácter general en materia de comercio exterior (RCGMCE) para 2005-2006 y que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 6 de abril de 2005.

En esta ocasión, se analizan los preceptos legales que regulan la obligación de presentar el reporte anual, se indica cuál es el formato autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de Economía (SE), las autoridades ante las que se debe presentar dicho reporte y qué consecuencias legales se enfrentan si no se presenta el mismo, a fin de que las empresas con programas de exportación debidamente autorizados por parte de la SE cumplan con sus obligaciones oportunamente.

Base legal que obliga a presentar el reporte anual

El artículo 21 del decreto Pitex establece que la empresa que tenga autorizado un programa deberá presentar anualmente ante la SE y la SHCP, un informe de las operaciones de comercio exterior realizadas al amparo del mismo, a más tardar el último día hábil de mayo conforme al formato que mediante reglas de carácter general dé a conocer la SHCP.

El artículo 15 del Decreto para el fomento y operación de la industria maquiladora de exportación (decreto de maquila), establece que el titular de un programa de maquila debidamente autorizado por la SE deberá presentar un informe anual ante la SHCP y la SE, de las operaciones de comercio exterior realizadas al amparo del mismo, a más tardar el último día hábil de mayo conforme al formato que mediante reglas de carácter general dé a conocer la SHCP.

Debe señalarse que aunque el Decreto para el establecimiento de empresas de comercio exterior (Ecex), el Decreto para el fomento y operación de las empresas altamente exportadoras (Altex) y el Decreto para el establecimiento de programas de promoción sectorial (Prosec), prevén la obligación de presentar el reporte anual de operaciones de comercio exterior, sólo nos abocaremos al análisis de los reportes de las empresas Pitex o maquiladoras, que son las de mayor incidencia en la presentación de estos reportes.

Por su parte, la Ley Aduanera (LA) dispone que las empresas maquiladoras y las empresas con programas de exportación autorizados por la SE deben presentar el informe anual de las mercancías importadas temporalmente, de las mercancías que retornen, la proporción que representen las mercancías que retornen respecto de las...

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