Reglas Generales de Comercio Exterior

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AI margen un sello con el Escudo Nacional" que dice: Estados Unidos Me-xicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.

Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023

El Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en los artículos 1 o., 2o., fracción VII y 144 de la Ley Aduanera; 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación; 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, y 8 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, y

Considerando

Que de conformidad con el artículo 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación, las resoluciones que establecen disposiciones de carácter general se publicarán anualmente, agrupándolas de manera que faciliten su conocimiento por parte de los contribuyentes.

Que en esta Resolución se agrupan aquellas disposiciones de carácter general aplicables al comercio exterior y aduanal que, parafines de identificación, se denominan Reglas Generales de Comercio Exterior.

Que es necesario expedir las disposiciones generales que permitan facilitar el cumplimiento de las obligaciones de forma oportuna y adecuada, establecidas en la Ley Aduanera y demás ordenamientos aplicables en materia de comercio exterior y aduanal, por lo cual el Servicio de Administración Tributaria resuelve expedir las siguientes:

REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2023.

Contenido

Glosario.

TÍTULO 1. Disposiciones Generales y Actos Previos al Despacho.

CAPÍTULO 1.1. Disposiciones Generales.

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CAPÍTULO 1.2. Presentación de Promociones, Declaraciones, Avisos y Formatos.

CAPÍTULO 1.3. Padrones de Importadores y Exportadores.

CAPÍTULO 1.4. Agentes y Apoderados Aduanales.

CAPÍTULO 1.5. Valor en Aduana de las Mercancías.

CAPÍTULO 1.6. Determinación, Pago, Diferimiento y Compensación de Contribuciones y Garantías.

CAPÍTULO 1.7. Medios de Seguridad.

CAPÍTULO 1.8. Prevalidación Electrónica.

CAPÍTULO 1.9. Transmisión Electrónica de Información.

CAPÍTULO 1.10. Despacho Directo y Representante Legal.

CAPÍTULO 1.11. Consejo de Clasificación Arancelaria.

CAPÍTULO 1.12. Agencia Aduanal.

TÍTULO 2. Entrada, Salida y Control de Mercancías.

CAPÍTULO 2.1. Disposiciones Generales.

CAPÍTULO 2.2. Depósito ante la Aduana.

CAPÍTULO 2.3. Recintos Fiscalizados, Fiscalizados Estratégicos y Maniobras en el Recinto Fiscal.

CAPÍTULO 2.4. Control de las Mercancías por la Aduana.

CAPÍTULO 2.5. Regularización de Mercancías de Procedencia Extranjera.

TÍTULO 3. Despacho de Mercancías.

CAPÍTULO 3.1. Disposiciones Generales.

CAPÍTULO 3.2. Pasajeros.

CAPÍTULO 3.3. Mercancías Exentas.

CAPÍTULO 3.4. Franja o Región Fronteriza.

CAPÍTULO 3.5. Vehículos.

CAPÍTULO 3.6. Cuadernos ATA.

CAPÍTULO 3.7. Procedimientos Administrativos Simplificados.

TÍTULO 4. Regímenes Aduaneros.

CAPÍTULO 4.1. Definitivos de Importación y Exportación.

CAPÍTULO 4.2. Temporal de Importación para Retornar al Extranjero en el Mismo Estado.

CAPÍTULO 4.3. Temporal de Importación para Elaboración, Transformación o Reparación.

CAPÍTULO 4.4. Temporal de Exportación.

CAPÍTULO 4.5. Depósito Fiscal.

CAPÍTULO 4.6. Tránsito de Mercancías.

CAPÍTULO 4.7. Elaboración, Transformación o Reparación en Recinto Fiscalizado.

CAPÍTULO 4.8. Recinto Fiscalizado Estratégico.

TÍTULO 5. Demás Contribuciones.

CAPÍTULO 5.1. Derecho de Trámite Aduanero.

CAPÍTULO 5.2. Impuesto al Valor Agregado.

CAPÍTULO 5.3. Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

CAPÍTULO 5.4. Impuesto sobre Automóviles Nuevos.

CAPÍTULO 5.5. Impuesto sobre la Renta.

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TÍTULO 6. Actos Posteriores al Despacho.

CAPÍTULO 6.1. Rectificación de Pedimentos.

CAPÍTULO 6.2. Declaraciones Complementarias.

CAPÍTULO 6.3. Procedimientos de Verificación de Origen.

TÍTULO 7. Esquema Integral de Certificación.

CAPÍTULO 7.1. Disposiciones Generales.

CAPÍTULO 7.2. Obligaciones, Requerimientos, Renovación y Cancelación en el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas.

CAPÍTULO 7.3. Beneficios del Registro en el Esquema de Certificación de Empresas.

CAPÍTULO 7.4. Garantía del Interés Fiscal en el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas.

CAPÍTULO 7.5. Registro del Despacho de Mercancías de las Empresas.

Transitorios.

Anexos.

Glosario

Para una mejor comprensión de lo establecido en la presente Resolución y sus Anexos, se compila el siguiente glosario de acrónimos y definiciones: I. ACRÓNIMOS DE AUTORIDADES:

1. ANAM. Agencia Nacional de Aduanas de México, sita en Paseo de la Reforma número 10, planta baja, Colonia Tabacalera, Alcaldía Cuauhté-moc, Código Postal 06030, Ciudad de México.

a) DGOA. Dirección General de Operación Aduanera de la ANAM.

b) DGIA. Dirección General de Investigación Aduanera de la ANAM.

c) DGJA. Dirección General Jurídica de Aduanas de la ANAM.

d) DGMEIA. Dirección General de Modernización, Equipamiento e Infraestructura Aduanera de la ANAM.

e) DGR. Dirección General de Recaudación de la ANAM.

2. AGACE. Administración General de Auditoría de Comercio Exterior.

a) ACAJACE. Administración Central de Apoyo Jurídico de Auditoría de Comercio Exterior de la AGACE.

b) ACPPCE. Administración Central de Planeación y Programación de Comercio Exterior de la AGACE.

c) ADACE. Administración Desconcentrada de la AGACE.

3. AGAFF. Administración General de Auditoría Fiscal Federal.

a) ADAFF. Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal Federal.

4. AGCTI. Administración General de Comunicaciones y Tecnologías de la Información.

5. AGJ. Administración General Jurídica.

a) ACNCE. Administración Central de Normatividad en Comercio Exterior de la AGJ.

b) ADJ. Administración Desconcentrada Jurídica de la AGJ.

6. AGSC. Administración General de Servicios al Contribuyente.

a) ADSC. Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente de la AGSC.

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II. ACRONIMOS:

1. AAEJ. Acuerdo para el Fortalecimiento de la Asociación Económica entre los Estados Unidos Mexicanos y el Japón.

2. ACC. Acuerdo de Continuidad Comercial entre los Estados Unidos Mexicanos y el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

3. ACE No.66. Acuerdo de Complementación Económica No. 66 celebrado entre los Estados Unidos Mexicanos y el Estado Plurinacional de Bolivià.

4. AELC. Asociación Europea de Libre Comercio.

5. Al CP. Acuerdo de Integración Comercial entre los Estados Unidos Mexicanos y la República del Perú.

6. ALADI. Asociación Latinoamericana de Integración.

7. BANJERCITO. Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S.N.C.

8. CAAT. Código Alfanumérico Armonizado del Transportista (del Registro de Empresas Porteadoras).

9. CBR (Customs and Border Protection, por sus siglas en inglés), Agen-ciadeAduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidosde América.

10. CFDI. Comprobante Fiscal Digital por Internet.

11. CFF. Código Fiscal de la Federación.

12. CITES. (Convention on International Trade in Endangered Species of Wild Fauna and Flora, por sus siglas en inglés) Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres.

13. COFEPRIS. Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.

14. CPF. Código Penal Federal.

15.C-TPAT. (Customs-TradePartnershipAgainstTerrorism, porsussiglas en inglés). Programa "Alianza Aduana-Comunidad Comercial contra el Terrorismo", otorgado por CBR

16. CURP. Clave Única de Registro de Población.

17. DOF. Diario Oficial de la Federación.

18. DODA. Documento de Operación para Despacho Aduanero.

19. DTA. Derecho de trámite aduanero.

20. ECEX. Empresas de Comercio Exterior (autorizadas por la SE, en los términos del Decreto para el establecimiento de empresas de comercio exterior, publicado en el DOF el 11 de...

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