Reglas para la fijación de la competencia

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ARTICULO 20. La competencia del Comité y de la Comisión se determinará por materia, cuantía y territorio que establezca el Reglamento.

ARTICULO 21. El Comité conocerá y resolverá las Quejas Médicas y/o Solicitudes de Reembolso que excedan de mil quinientas veces el salario mínimo general vigente para el Distrito Federal.

(R) ARTICULO 22. La Comisión conocerá y resolverá la Solicitud de Reembolso que no exceda de mil quinientas veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, salvo que conjuntamente...

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