Reglas de carácter general en materia de comercio exterior para 2011. Se publican sus anexos

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En el DOF del 3 de agosto, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer los " Anexos Glosario, 2, 4, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 19, 21, 23, 24, 25, 26, 28 y 29 de las Reglas de carácter general en materia de comercio exterior para 2011, publicadas el 29 de julio de 2011".

Asimismo, en el DOF de fechas 4 y 9 de agosto, publicó los " Anexos 13, 22 y 27" y el "Anexo 1" , respectivamente.

Los anexos dados a conocer son los siguientes:

Anexo Descripción
Glosario De definiciones y acrónimos de las Reglas de carácter general en materia de comercio exterior para 2011.
Anexo 1 Declaraciones, avisos, formatos e instructivos de llenado y trámite.
Anexo 2 Multas y cantidades actualizadas que establece la Ley Aduanera, vigentes a partir del 1o. de enero de 2011.
Anexo 4 Horario de las aduanas.
Anexo 7 Fracciones arancelarias que identifican los insumos y diversas mercancías relacionadas con el sector agropecuario a que se refiere la regla 1.3.1., fracción XI.
Anexo 8 Fracciones arancelarias que identifican los bienes de capital a que se refiere la regla 1.3.1., fracción XII.
Anexo 9 Fracciones arancelarias que se autorizan a importar de conformidad con el artículo 61, fracción XIV de la ley.
Anexo 10 Sectores y fracciones arancelarias.
Anexo 11 Rutas fiscales autorizadas para efectuar el tránsito internacional de mercancías conforme a la regla 4.6.15.
Anexo 12 Mercancías de las fracciones de la TIGIE que procede su exportación temporal.
Anexo 13 Almacenes generales de depósito autorizados para prestar los servicios de depósito fiscal y almacenes generales de depósito autorizados para colocar marbetes o precintos.
Anexo 14 Aduanas y sus secciones aduaneras en las que se activará una sola vez el mecanismo de selección automatizado conforme la regla 3.1.17.
Anexo 15 Distancias y plazos máximos de traslado en días naturales para arribo de tránsitos.
Anexo 16 Aduanas autorizadas para tramitar el despacho aduanero de mercancías que inicien el tránsito internacional en la frontera norte y lo terminen en la frontera sur del país o viceversa.
Anexo 17 Mercancías por las que no procederá el tránsito internacional por territorio nacional.
Anexo 19 Datos que alteran la información estadística.
Anexo 21 Aduanas autorizadas para tramitar el despacho aduanero de determinado tipo de mercancías.
Anexo 22 Instructivo para el
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