Reglamento de Salud Pública del Municipio de Tzintzuntzan, Michoacán

EstadoMichoacán
MunicipioTzintzuntzan
Director: Arturo Hernández Tovar
PERIODICO OFICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACAN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el sólo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
FUNDADO EN 1867
TOMO CXXXIV Morelia, Mich., Martes 31 de Agosto del 2004 NUM. 32
Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
Para consulta en Internet: www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficial/index.htm. y/o www.congresomich.gob.mx
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TZINTZUNTZAN, MICH.
REGLAMENTO DE SALUD PUBLICA MUNICIPAL
HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL
DE TZINTZUNTZAN, MICHOACÁN DE OCAMPO
LII SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO
2002 -2004
Siendo las 18:00 horas de la tarde del día 28 de Julio del
2004, reunidos en la sala de Cabildo para celebrar la presente
sesión ordinaria, El C. Ing. Ricardo Estrada Huipe,
Presidente Municipal; el C. Juan Morales Ramos, Síndico
Municipal; los CC. Regidores: Sr. Ismael Guzmán Corral,
de la Comisión de Planeación, Programación y Desarrollo,
el Sr. Romelio Corona Juárez, de la Comisión de Desarrollo
Urbano y Obras Públicas; el Sr. Salvador Santiago Alvarez,
de la Comisión de Asuntos Agropecuarios y Pesca; el Sr.
Román Hipólito Sandoval, de las Comisiones de Educación,
Cultura y Turismo; y de la Comisión de la Mujer, la
Juventud y el Deporte; la Sra. Cristina Chávez Ceras, de la
Comisión de Salud y Asistencia Social; el Sr. Juan Aparicio
Peña, de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial; el
Sr. Diego Barriga Barriga, Regidor de Ecología Suplente;
así como el Mtro. Eusebio Sandoval Seras, en calidad de
Secretario del Ayuntamiento. Aprobándose a continuación
por unanimidad y para su desarrollo la siguiente orden del
día: 1) ...; 2) ...; 3) ...; 4) Aprobación del Reglamento de
Salud Pública; 5) ...; 6) ...; 7) ...; 8) ...; 9) ...; 10) ...; 11) ...; 12)
...; 13)... 1) En el punto numero uno, ...........................................
.....................................................................................................
.....................................................................................................
4) Aprobación del Reglamento de Salud Pública. El
Presidente Mpal. solicita la aprobación del Reglamento de
Salud Pública Municipal , el cual contempla los artículos
que normarán el funcionamiento de la vida municipal en
este rubro, leído y analizado, el H. Cabildo lo aprueba por
unanimidad en lo general y en lo particular, autorizando a la
vez, su publicación en el Periódico Oficial del Estado..........
......................................................................................................
.......................................................................................................
.....................................................................................................
..........Sin más asuntos que tratar, se levanta la presente
sesión, siendo las 21:35 horas de fecha antes señalada y
firman los que en ella intervinieron para cumplimiento de
acuerdos. Doy fe. Secretario del Ayuntamiento, Mtro.
Eusebio Sandoval Seras. (Firmados).
El Suscrito Mtro. Eusebio Sandoval Seras, Secretario del H.
Ayuntamiento Constitucional de Tzintzuntzan, Mich., por
medio de la presente
C E R T I F I C A
Que la presente copia fue tomada fielmente del original del
libro de actas de Cabildo que obra en poder de esta
Secretaría. Doy fe. Secretario del Ayuntamiento.
Tzintzuntzan, Mich., Agosto 25 de 2004.
ATENTAMENTE
"SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN"
C. MTRO. EUSEBIO SANDOVAL SERAS
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO
(Firmado)
PERIODICO OFICIAL
PAGINA 2
Martes 31 de Agosto del 2004.
Artículo 2.- El derecho a la protección de salud, comprende
dos grandes ramas: Salubridad General y Salubridad Local.
Artículo 3.- Cuando se refiere a salubridad general, se habla
de toda estructura para la atención médica en cualquiera
de sus áreas. Y cuando nos referimos a Salubridad Local,
se habla del Saneamiento Básico en todo centro de actividad
o prestación de un servicio a la población abierta, entendida
ésta; por aquellas actividades, productos y servicios que
por su naturaleza se clasifican como de bajo riesgo, razón
por la cual, la regulación, control y vigilancia sanitaria
competen a las autoridades municipales de Salud.
Artículo 4.- Corresponde al Municipio en materia de
Salubridad Local:
I. Ejercer control sanitario de:
a) Mercados y Centros de Abasto;
b) Construcciones;
c) Cementerios;
d) Limpieza pública;
e) Rastros;
f) Agua y alcantarillado;
g) Establos, granjas avícolas, porcícolas,
apiarios y establecimientos similares;
h) Transporte Estatal y Municipal; y,
i) Gasolineras;
II. Vigilar, en la esfera de su competencia el
cumplimiento de la Ley de Salud del Estado de
Michoacán, este Reglamento y demás disposiciones
legales;
III. Actuar como autoridad sanitaria en los términos de
la Ley Estatal de Salud;
IV. Las demás que establezcan la Ley de Salud del
Estado de Michoacán, este Reglamento y otras
disposiciones legales;
V. Para los efectos de este Reglamento se entiende
que el Ayuntamiento es la máxima autoridad sanitaria
en el ámbito territorial de su competencia;
VI. La ejecución y aplicación de este Reglamento
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
RICARDO ESTRADA HUIPE, Presidente Municipal de
Tzintzuntzan, Michoacán de Ocampo en el ejercicio de las
facultades que al Municipio a mi cargo confieren los
Artículos 111, 112, 113, 123 inciso C fracción IV de la
así como los artículos 1º, 2º, 11, 12, 32 inciso A fracción
XIII, 49 fracción V, de la Ley Orgánica Municipal del Estado
de Michoacán de Ocampo; y
CONSIDERANDO
Que con fecha 28 de Julio del año 2004 dos mil cuatro, el
Honorable Cabildo del Municipio de Tzintzuntzan,
Michoacán, ha tenido a bien aprobar la expedición del
presente Reglamento de Salud Pública del Municipio de
Tzintzuntzan, Michoacán.
Que dentro de las acciones prioritarias de esta
administración municipal incluyente, democrática y de
cambio, se encuentra el expedir todo tipo de ordenamiento
jurídico que permita el progreso integral de nuestro
Municipio, apegados siempre a la participación y a las
nuevas exigencias sociales.
Que el Reglamento de Salud Pública del Municipio de
Tzintzuntzan, Michoacán toma de base las necesidades
que en esta área de salud requiere el Municipio y desde
luego la aprobación de este ordenamiento en sesión
ordinaria del día 28 de Julio de la presente anualidad.
Este Reglamento debe buscar el mejoramiento y la pronta
respuesta a favor de la ciudadanía de los servicios de salud,
con el compromiso de esta administración municipal, de
buscar la simplificación administrativa de los trámites y
satisfacer así al ciudadano en la aplicación del ordenamiento.
REGLAMENTO DE SALUD PÚBLICA DEL MUNICIPIO
DE TZINTZUNTZAN, MICHOACÁN.
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1.- El presente Reglamento, tiene por objeto dar a
conocer a los ciudadanos del Municipio de Tzintzuntzan,
las acciones que, conforme a la Ley de Salud del Estado
corresponde realizar al Municipio en materia de salud, así
como las obligaciones que a este respecto corresponden a
sus ciudadanos.
Las disposiciones de este Reglamento son de observancia
general en el territorio del Municipio de Tzintzuntzan y son
de orden público e interés social.

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