Reglamento del Instituto Estatal del Transporte de Campeche
REGLAMENTO DEL INSTITUTO ESTATAL DEL TRANSPORTE DE CAMPECHE
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en la Segunda Sección del Periódico Oficial del Estado de Tlaxcala, el lunes 15 de septiembre de 2008.
C.P. JORGE CARLOS HURTADO VALDEZ, Gobernador Constitucional del Estado de Campeche, en ejercicio de la facultad que me confiere la fracción XIX del artículo 71 de la Constitución Política del Estado de Campeche, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 59 y 73 de la misma Constitución; 3º, 6º, 8º, 9º, fracción I, 17, 36 y 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, y el artículo Transitorio Tercero de la Ley de Transporte del Estado de Campeche, he tenido a bien expedir el siguiente:
REGLAMENTO DEL INSTITUTO ESTATAL DEL TRANSPORTE DE CAMPECHE
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Comités: Los Comités Consultivos Municipales del Transporte;
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Consejo: El Consejo Estatal del Transporte;
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Director: El Director General del Instituto;
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Instituto: El Instituto Estatal del Transporte del Estado de Campeche;
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Reglamento: El Reglamento de la Ley de Transporte del Estado de Campeche;
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Transporte: El servicio de transporte de pasajeros y carga, en las diversas modalidades y tipos que previenen la Ley y el Reglamento; y
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Unidad: Cada una de las unidades administrativas del Instituto.
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Una Subdirección de Planeación;
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Una Subdirección Jurídica;
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Una Subdirección de Registro Público del Transporte;
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Una Subdirección de Certificación;
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Una Subdirección de Inspección; y
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Una Subdirección Administrativa.
Del Consejo
En caso de empate el presidente tendrá voto de calidad.
Los invitados sólo tendrán derecho a voz y participarán exclusivamente en la parte de la sesión en la que se dé tratamiento al asunto o asuntos antes referido.
Del Director
De las Atribuciones Genéricas de los Titulares de las Unidades
Corresponde de manera genérica a los Subdirectores las siguientes atribuciones:
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Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desempeño de las funciones encomendadas a la unidad a su cargo, procurando su eficiencia, productividad y constante mejoramiento;
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Acordar con el Director el despacho de los asuntos, de la unidad a su cargo, que requieran de su intervención;
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Formular los programas, proyectos, estudios, dictámenes e informes que les sean requeridos por el Director y que les correspondan a las unidades a su cargo, en razón de sus funciones;
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Coordinar sus actividades con los titulares de las demás unidades para el mejor desempeño de sus funciones;
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Someter a la consideración del Director las propuestas de modificaciones jurídicas o administrativas que tiendan a lograr el mejor funcionamiento de la unidad a su cargo;
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Participar, en el ámbito de su competencia, en la elaboración de proyectos de reglamentos, manuales administrativos y cualquier otro ordenamiento que regule la organización y el funcionamiento del instituto;
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Desempeñar las comisiones que les encomiende el Director y mantenerlo informado del desarrollo de la misma;
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Proponer y opinar en la suscripción de convenios, contratos y demás actos jurídicos que celebre el Instituto, en razón de sus atribuciones;
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Suscribir los documento relativos al ejercicio de sus funciones y aquellos que les sean señalados por delegación o los que le correspondan por suplencia;
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Participar...
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