Reglamento del instituto de administración y avalúos de bienes nacionales

Número de expediente09/0032/071016
Fecha de registro07 Octubre 2016
EmisorSFP - Secretaría de la Función Pública

ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en los artículos 14, 18 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, he tenido a bien expedir el siguiente

DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE ADMINISTRACIÓN Y AVALÚOS DE BIENES NACIONALES

ARTÍCULO ÚNICO. Se reforman los artículos 1, 2, fracciones V y X; 3, fracciones IV, V, VII, X, XII y XXIV; 6, fracciones VII, XIII y XXXII; 9, fracciones I, XIV y XV; 11, fracción V y 19, y se adicionan los artículos 3, con las fracciones XXVIII, XXIX y XXX, pasando la actual XXVIII a ser XXXI; 6, con las fracciones XXXIII, XXXIV, XXXV y XXXVI, pasando la actual XXXIII a ser XXXVII, y 9, con las fracciones XVI y XVII del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, para quedar como sigue:

ARTÍCULO 1.- El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, encargado de ejercer las atribuciones previstas para dicha Dependencia en la Ley General de Bienes Nacionales, así como aquellas que otros ordenamientos le confieran expresamente a dicho Instituto.

ARTÍCULO 2.-

I. a IV. …

V. Inmuebles federales compartidos: Los inmuebles federales competencia de la Secretaría ocupados por instituciones públicas de los ámbitos federal, estatal o municipal;

VI. a IX. …

X. Secretaría: La Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

ARTÍCULO 3.-

I. a III. …

IV. Prestar los servicios valuatorios que soliciten las dependencias, la Procuraduría General de la República, las unidades administrativas de la Presidencia de la República, las entidades, así como las demás instituciones públicas, personas físicas o morales nacionales o extranjeras que requieran servicios valuatorios regulados por el Instituto;

V. Expedir las metodologías, criterios y procedimientos de carácter técnico conforme a los cuales este Instituto, las instituciones de crédito y los especialistas en materia de valuación con cédula profesional expedida por autoridad competente, llevarán a cabo los avalúos que soliciten las dependencias y entidades, en los casos previstos por los artículos 143 y 144 de la Ley, así como aquéllos conforme a los cuales el propio Instituto practicará los servicios valuatorios;

VI. …

VII. Practicar los servicios valuatorios a fin de determinar los valores mínimos de los desechos de bienes muebles que generen las dependencias y entidades;

VIII. a IX. …

X. Resolver los asuntos relativos a los destinos, declaratorias de sujeción al régimen de dominio público de la Federación, desincorporación de dicho régimen y autorización para enajenar inmuebles federales, así como respecto de la desincorporación de ese régimen de inmuebles pertenecientes a organismos descentralizados, y de la reversión de inmuebles federales enajenados a título gratuito. Asimismo, emitir los acuerdos y declaratorias correspondientes;

XI

XII. Otorgar concesiones y, en su caso, permisos o autorizaciones para el uso y aprovechamiento de los inmuebles federales competencia de la Secretaría, así como declarar la procedencia de su extinción, salvo en los casos en que las disposiciones jurídicas aplicables dispongan que ello corresponde a otros órganos públicos;

XIII. a XXIII

XXIV. Interpretar para efectos administrativos la Ley General de Bienes Nacionales y demás disposiciones jurídicas aplicables en las materias a que se refiere dicha Ley;

XXV a XXVII

XXVIII. Nombrar y habilitar a los Notarios del Patrimonio Inmobiliario Federal; hacer pública la lista de los mismos; autorizar y revisar sus protocolos especiales relativos al patrimonio inmobiliario federal; habilitar a los notarios públicos, de conformidad con la Ley General de Bienes Nacionales, así como proponer al titular de la Secretaría las...

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